Equipamiento ClÃnico - argos
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cese o dimisión de los administradores,<br />
gerentes, directivos y liquidadores; la revocación<br />
o renuncia de poderes; la disolución<br />
de la sociedad y nombramiento de<br />
liquidadores y los asientos ordenados por<br />
la autoridad judicial o administrativa.<br />
Además, si el 16 de diciembre de 2008<br />
la sociedad no ha inscrito su adaptación<br />
en el registro mercantil, este organismo<br />
cancelará de oficio todos los asientos y la<br />
sociedad quedará disuelta. Por lo tanto,<br />
en ese caso, la sociedad quedaría inexistente<br />
de manera que todas las obligaciones<br />
y responsabilidades serían personales<br />
y exclusivas de los socios.<br />
Respecto a su inscripción en el registro<br />
de sociedades profesionales que cree el<br />
colegio veterinario pertinente, el plazo<br />
que tienen las sociedades ya constituidas<br />
para la inscripción será el de un año a<br />
contar desde la constitución o creación<br />
del registro correspondiente.<br />
Es necesario tener en cuenta que hay<br />
un plazo obligatorio de constitución de tal<br />
registro, hasta el día 16 de marzo de 2008.<br />
Aunque el colegio opte por agotar este<br />
plazo de tiempo, todas las sociedades<br />
estarán inscritas, como máximo, antes del<br />
16 de marzo de 2009. <br />
Elena Malmierca<br />
Veterinaria<br />
Imágenes archivo Argos<br />
por ejemplo) o si existen consejeros delegados<br />
o administradores solidarios o mancomunados,<br />
deberán ser necesariamente<br />
socios profesionales.<br />
Este porcentaje del 25% ha sido objeto de<br />
polémica ya que si, por una parte, supone<br />
efectivamente una barrera para el intrusismo,<br />
por otro lado, esta limitación restringe<br />
la libertad de empresa y la actuación<br />
empresarial sin suficiente justificación.<br />
¿Qué aspectos importantes cree que<br />
han quedado poco claros u olvidados<br />
en la nueva ley<br />
Uno de los aspectos problemáticos<br />
poco claros que presenta la ley es de<br />
orden fiscal, en relación con las reglas de<br />
participación en beneficios y pérdidas o<br />
de las transmisiones de acciones. Por otro<br />
lado, al ser obligatorio que estas sociedades<br />
profesionales tengan un objeto social<br />
exclusivo, pueden darse situaciones en<br />
que sea necesario realizar importantes<br />
reestructuraciones (compraventa de acciones<br />
o participaciones sociales, escisión<br />
total o parcial de rama de actividad, entre<br />
otras) que implican costes fiscales que la<br />
ley no contempla.<br />
Si el 16 de diciembre<br />
de 2008 la sociedad no<br />
ha inscrito su adaptación<br />
en el registro mercantil,<br />
este organismo cancelará<br />
de oficio todos los asientos<br />
y la sociedad quedará disuelta.<br />
Por último, la nueva ley obliga a los<br />
colegios veterinarios a que adapten sus<br />
estatutos a la incorporación de las sociedades<br />
profesionales, y la mayoría de estos<br />
colegios carecen de experiencia previa<br />
que les oriente a realizar esos cambios de<br />
la forma más adecuada.<br />
¿Qué ocurre en caso de que las sociedades<br />
actuales incumplan su adaptación<br />
como sociedad profesional<br />
Todas las sociedades que tienen por<br />
objeto social el ejercicio en común de una<br />
actividad profesional, y no están excluidas<br />
del ámbito de la ley, se encuentran obligadas<br />
a constituirse como sociedades profesionales.<br />
La ley, como he anticipado, establece,<br />
por un lado, la obligación de inscripción<br />
de las sociedades profesionales, en el<br />
registro mercantil y, por otro, en el registro<br />
de sociedades profesionales del colegio<br />
veterinario correspondiente.<br />
Respecto a su inscripción en el registro<br />
mercantil, las sociedades deberán adaptarse<br />
a las previsiones de la ley y solicitar su<br />
inscripción, o la de la adaptación en su<br />
caso, en el registro mercantil, antes del 16<br />
de junio de 2008. Transcurrido este plazo,<br />
no se inscribirá documento alguno salvo el<br />
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