17.01.2015 Views

Periodico Oficial Num. 23 Extraordinario, 31 Diciembre 2009 ...

Periodico Oficial Num. 23 Extraordinario, 31 Diciembre 2009 ...

Periodico Oficial Num. 23 Extraordinario, 31 Diciembre 2009 ...

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

<strong>Diciembre</strong> <strong>31</strong> de <strong>2009</strong><br />

PERIODICO OFICIAL (Segunda Sección) Pág. 33<br />

Alumbrado Público, el dictamen correspondiente en<br />

donde señale la viabilidad de las instalaciones eléctricas.<br />

Cuando el dictamen sea favorable, los beneficiarios<br />

deberán de hacer el pago siguiente:<br />

a) Por cada permiso de uso de suelo para giros<br />

autorizados para elaboración y venta de alimentos,<br />

se pagará una cuota de $9.00 diarios.<br />

b) Por cada permiso de uso de suelo para los<br />

demás giros, se pagará una cuota de $7.50 diarios.<br />

ARTÍCULO 46.- Los obligados al pago de los<br />

aprovechamientos a que se refiere el Artículo anterior,<br />

podrán obtener los siguientes descuentos:<br />

I. Cuando efectúen el pago por adelantado en<br />

forma anual antes del <strong>31</strong> de marzo de 2010, obtendrán<br />

un descuento por el equivalente al 30% de la<br />

cuota que les corresponda.<br />

II. Cuando hagan el pago por mensualidad anticipada,<br />

dentro de los primeros 5 días de calendario<br />

del mes de que se trate, obtendrán un descuento<br />

del 20% de la cuota que les corresponda.<br />

III. Los usuarios con credencial del Instituto<br />

Nacional de las Personas Adultas Mayores, pensionados,<br />

jubilados y personas con discapacidad,<br />

podrán gozar de un descuento del 30% durante todo<br />

el ejercicio fiscal, para que este último descuento<br />

pueda ser aplicado las personas beneficiadas deberán<br />

estar inscritas en el padrón que al efecto llevará<br />

la Secretaría de Finanzas Públicas Municipales.<br />

ARTÍCULO 47.- La cuota de ingreso a los siguientes<br />

parques públicos: Parque Miguel Hidalgo,<br />

Parque México Natural, Morelos, Ma. Dolores<br />

Escobedo "La Pona", Santa Anita, Lic. Benito<br />

Juárez, Industrial y Luis Donaldo Colosio será de:<br />

a) Niños hasta 12 años $ 1.00<br />

b) Adultos 3.00<br />

No se pagará la cuota anterior los días miércoles<br />

y demás fechas que autorice la Secretaría de<br />

Finanzas Públicas Municipales por actos o actividades<br />

especiales.<br />

Los adultos mayores y personas con discapacidad<br />

acompañados de un adulto, no pagarán<br />

los aprovechamientos a que se refiere este Artículo.<br />

ARTÍCULO 48.- Las cuotas de recuperación que<br />

cobre la Dirección de Servicio Deportivo de la Secretaría<br />

de Desarrollo Social, serán las siguientes:<br />

I. Inscripción por participante, al Programa "Vacaciones<br />

en tu Parque" $ 100.00.<br />

1. En el caso de hermanos, se aplicará una<br />

cuota especial a partir del segundo menor de $50.00<br />

por cada uno.<br />

2. El costo para los hijos de servidores públicos<br />

municipales será de $75.00 por cada uno.<br />

II. Por el uso de las Instalaciones Deportivas Municipales:<br />

1. Campos de fútbol empastados, autorización<br />

de uso por partido de 1 hora con 30 minutos:<br />

$455.00<br />

Cuando las instalaciones se encuentren dentro<br />

de un parque público, por el que se requiera cuota<br />

de admisión, la cuota anterior considerará incluido<br />

el acceso de los jugadores de los 2 equipos, entrenadores<br />

y árbitros.<br />

2. Campos de fútbol con pasto artificial,<br />

autorización de uso por 1 hora: $ 150.00<br />

3. Albercas Municipales:<br />

a) Inscripción 60.00<br />

b) Cuota mensual. (Con derecho a<br />

dos horas por semana) 100.00<br />

En los casos en que las instalaciones deportivas<br />

municipales sean utilizadas para eventos y<br />

actividades de la Dirección de Servicio Deportivo,<br />

los participantes quedarán exentos de pago, previa<br />

autorización de la Secretaría de Finanzas Públicas<br />

Municipales.<br />

En el caso de la Alberca Municipal, se otorgará<br />

un 20% de descuento a los usuarios con credencial<br />

del Instituto Nacional de las Personas Adultas<br />

Mayores, pensionados, jubilados y discapacitados,<br />

previa inscripción al Padrón que para el efecto<br />

implemente la Secretaría de Finanzas Públicas<br />

Municipales.<br />

4. Actividades en los Centros Deportivos Municipales:<br />

a) Membresía familiar (con derecho<br />

a 2 disciplinas por persona) $100.00<br />

b) Membresía individual (con derecho<br />

a 2 disciplinas por persona) 80.00<br />

c) Renta de cancha de Squash (por<br />

hora) 30.00<br />

5. Por renovación de licencias, exámenes técnicos<br />

y médicos efectuados por la comisión de box,<br />

lucha y kick boxing $ 100.00.<br />

En lo relativo, se podrán otorgar becas hasta<br />

del 100% de acuerdo al estudio socioeconómico<br />

que realice la Secretaría de Desarrollo Social con<br />

la autorización que al efecto otorgue la Secretaría<br />

de Finanzas Públicas Municipales.<br />

ARTÍCULO 49.- Por los servicios asistenciales<br />

que preste el Comité Municipal para el Desarrollo<br />

Integral de la Familia, se cobrarán las siguientes<br />

cuotas de recuperación:<br />

I. Servicios prestados por la Dirección de Desarrollo<br />

Familiar y Comunitario<br />

a) Centros de Desarrollo Infantil (Cendis) y Estancia<br />

Integradora<br />

- Inscripción Anual $ 220.00<br />

- Costo de la mensualidad por el<br />

período comprendido del mes de enero<br />

a junio del 2010 150.00<br />

- Costo de la mensualidad por el<br />

período comprendido del mes de julio<br />

a diciembre del 2010 170.00

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!