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PLAN MAESTRO BAHIA TURQUESA - sinat - Semarnat

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<strong>PLAN</strong> <strong>MAESTRO</strong> <strong>BAHIA</strong> <strong>TURQUESA</strong><br />

RESUMEN EJECUTIVO<br />

Que con fecha 20 de Abril de 2011, la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente, gira la<br />

Orden de Inspección número PFPA/29.3/2C.27.2/0062-11, dirigida a Inmobiliaria Punta<br />

Tormentos S.A. de C.V. a través de su representante legal de las obras y actividades del<br />

proyecto denominado “VIALIDADES INTERNAS DEL <strong>PLAN</strong> <strong>MAESTRO</strong> <strong>BAHIA</strong><br />

<strong>TURQUESA</strong>”, ubicado a la altura del kilómetro 11 + 445 antigua carretera costera sur, isla de<br />

Cozumel, municipio de Cozumel, estado de Quintana Roo. La orden de inspeccion antes<br />

referida tuvo por objeto verificar que la empresa Inmobiliaria Punta Tormentos S.A. de C.V.<br />

cuente con la autorización en materia de impacto ambiental vigente, otorgada por autoridad<br />

federal normativo competente para la realización de las obras y actividades del proyecto antes<br />

referido, y en su caso, se verificará el cumplimiento de las disposiciones, términos y<br />

condicionantes previstas en la autorización en materia de impacto ambiental correspondiente.<br />

Que con fecha 25 y 27 del mes de Julio de 2011, la Procuraduría de Protección al Ambiente,<br />

expidio la orden de verificación y acta de verificación PFPA/29.3/2C.27.5/0013/-11<br />

respectivamente. En el acta de verificación se circunstanciaron diversos hechos y omisiones<br />

probablemente constitutivos de infracciones a la normatividad ambiental.<br />

Que con fecha 15 del mes de Julio de 2011, la Procuraduría Federal de Protección al<br />

Ambiente, expidió dentro del expediente número PFPA/29.3/2C.27.2/0059-11, la resolución<br />

número 140/2011, en materia Forestal, en el cual se establecen las siguientes medidas<br />

correctivas:<br />

UNO.-deberá abstenerse de continuar con cualquier trabajo o actividad que implica el cambio<br />

de uso de suelo en terrenos forestales…sin que previamente cuente con el cambio de uso de<br />

suelo en terrenos forestales, que emite la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales.<br />

Plazo de cumplimiento: inmediato a la notificación de la presente resolcución.<br />

DOS.- La restauración del sitio donde se llevó a cabo las actividades de remoción o<br />

eliminación de vegetación de selva baja subcaucifolia…Plazo de cumplimiento: 90 días<br />

hábiles contados a partir del día hábil siguiente a aquel en que surta efectos la notificación del<br />

presene acuerdo.<br />

TRES.- En el caso de tener interés en la continuidad y permanencia de los trabajos y<br />

actividades realizados en el lugar donde se desarrolla el proyecto…deberá sujetarlas al<br />

procedimiento de autorización de cambio de uso de suelo en terrenos forestales, a fin de tener<br />

dicha autorización…la medida DOS quedará suspendida y, en su caso no será ejecutada, en<br />

cuanto la inspeccionada, obtenga su autorización de cambio de uso de suelo en terrenos<br />

forestales…<br />

CUATRO.- En el caso de que se otorgue la autorización de cambio del uso de suelo en<br />

terrenos forestales, señalado en la medida número TRES, la medida de restauración marcada<br />

en el número DOS, se conmutará por una medida de reforestación que será de la siguiente<br />

forma:<br />

a) Deberá elaborar un programa de reforestación ambiental aplicable a la<br />

recuperación, rehabilitación o restauración de áreas forestales o preferentemente<br />

forestales para una superficie no menor de 15,701.00 metros cuadrados así como<br />

Inmobiliaria Punta Tormentos S.A. de C.V. Página 2

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