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En la LOSE, el Estado se reserva la actividad degeneración hidroeléctrica en las cuencas de los ríosCaroní, Paragua y Caura, 10 que representan a la fecha laprincipal oferta de energía y potencia en Venezuela.Estarán exentos de separar la actividad de generaciónaquellos generadores cuyas centrales tengan unacapacidad de hasta 80 MW, hasta tanto la CNEEestablezca otro valor.La autogeneración debe solicitar autorización para operara la CNEE a partir de una capacidad instalada de 2MW,con el fin de garantizar el cumplimiento de las normastécnicas de instalación y operación, y se encuentra exentade cumplir con las regulaciones previstas en la LOSE,con la única excepción de existir casos de emergencias,donde deberán prestar el servicio de energía eléctricaprevia solicitud de la CNG, el cual le será remunerado.- Cumplir las limitaciones de cobertura de mercadoestablecidas por la CNEE 11 para las empresas congeneración termoeléctrica.TransmisiónLa actividad de transmisión es regulada, debe ejercersede manera exclusiva y se encuentra sujeta a concesiónotorgada por el MEM, de conformidad a lo establecido enla LOSE. La concesión se requerirá para cada nuevalínea de transmisión, para la ampliación y modificaciónde las instalaciones de transmisión existentes y para laconexión al Sistema Eléctrico Nacional de instalacionesde transmisión de sistemas independientes. En los casosde nuevas instalaciones las concesiones se otorgaran encoordinación con la CNEE y de acuerdo con lo pautadoen el Plan de Desarrollo del Servicio Eléctrico Nacional 12y estará abierta a todos los inversionistas.Los generadores tienen, entre otras, las siguientesobligaciones:Esta actividad se ejercerá cumpliendo con las siguientesdisposiciones establecidas en la LOSE:- Declarar y poner a disposición del CNG la totalidadde la potencia y energía de sus instalaciones y permitirsu verificación,- Acatar las instrucciones del CNG,- Informar al CNG las condiciones generales y técnicasde las contrataciones suscritas con otras empresasque ejerzan la actividad de generación, distribución,comercialización o con grandes usuarios, y registrarlos contratos ante la CNEE, y- Suministrar al CNG la información necesaria pararealizar la gestión del Sistema Eléctrico Nacional ydel Mercado Mayorista de Electricidad,- La actividad de transmisión podrá ser ejercida pormás de una empresa, pero será considerada comoun servicio único a nivel nacional, coordinado por elCNG,- Acatar las instrucciones del CNG en cuanto a laoperación de sus instalaciones y la programación desu mantenimiento,- No podrá ser intermediario en las transacciones delMME,- Independencia de los Agentes participantes del SEN,- Permitir el libre acceso a la capacidad de transportede sus redes a otros agentes del servicio eléctrico,que cumplan con las exigencias establecidas en laLOSE.12Análisis del Sector Eléctrico en Venezuela10. Dado el extenso período requerido para recuperar las inversiones en generación hidráulica y la competitividad de tecnologías alternativas con base engas natural, así como los enormes recursos gasíferos con los que cuenta Venezuela, es poco probable que algún actor privado hubiese acometido estasinversiones.11. Hasta tanto la CNEE no establezca los limites la LOSE, en su Artículo 120, establece lo siguiente: “…Veinticinco por ciento (25%) de la capacidad instaladade generación total nacional disponible, en el caso de empresas propietarias de instalaciones de generación termoeléctrica…”.12. El MEM, con el apoyo de la CNEE y del CNGSE, formulará el Plan de Desarrollo del Servicio Eléctrico Nacional, el cual tendrá carácter indicativo…LOSE, Artículo 13.

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