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ley orgánica del poder judicial del estado de zacatecas - Finanzas

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Artículo 16. Atribuciones <strong>de</strong> los Presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> SalaCorrespon<strong>de</strong> a los Presi<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong> las Salas:I. Presidir las sesiones y los acuerdos, dirigir los <strong>de</strong>bates, mantener el or<strong>de</strong>ndurante los mismos y someter a votación las resoluciones;II. Mediante proveídos o acuerdos, tramitar los asuntos <strong>de</strong> la competencia <strong>de</strong> laSala respectiva;III. Autorizar la correspon<strong>de</strong>ncia <strong>de</strong> la Sala;IV. Procurar el buen funcionamiento <strong>de</strong> la Sala; yV. Las <strong>de</strong>más faculta<strong>de</strong>s que esta <strong>ley</strong>, su reglamento, el Pleno o la Presi<strong>de</strong>ncia leconfieran.Artículo 17. Resoluciones <strong>de</strong> las SalasLas resoluciones que se dicten en las Salas se aprobarán por unanimidad omayoría <strong>de</strong> votos, pero en caso <strong>de</strong> que un magistrado no esté <strong>de</strong> acuerdo con elresultado, tendrá opción a formular voto razonado sobre su posición, más no anegarse o abstenerse <strong>de</strong> votar.(ADICIONADO, P.O. 5 DE NOVIEMBRE DE 2008)Las audiencias que celebren las Salas Penales, en materia penal adversarial oral,serán presididas por el Magistrado Ponente, in<strong>de</strong>pendientemente <strong>de</strong> quien funjacomo Presi<strong>de</strong>nte <strong>de</strong> Sala y <strong>de</strong>berán aplicarse, en lo conducente, las reglasestablecidas para la audiencia <strong>de</strong> juicio oral.Artículo 18. Competencia <strong>de</strong> las Salas CivilesLas Salas Civiles conocerán:I. De los recursos <strong>de</strong> apelación que se interpongan contra las resolucionesdictadas por los jueces <strong>de</strong> Primera Instancia y Municipales, en los asuntos civiles,familiares y mercantiles;II. Del recurso <strong>de</strong> queja que se haga valer en asuntos civiles, familiares ymercantiles, contra resoluciones <strong>de</strong> los jueces <strong>de</strong> Primera Instancia y Municipales;III. De los impedimentos, excusas y recusaciones <strong>de</strong> sus miembros;IV. De los impedimentos, excusas y recusaciones <strong>de</strong> los jueces <strong>de</strong> PrimeraInstancia y Municipales en los asuntos <strong>de</strong> or<strong>de</strong>n civil, familiar y mercantil;17

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