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ley federal de presupuesto y responsabilidad hacendaria - Normateca

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Cámara <strong>de</strong> Diputados <strong>de</strong>l H. Congreso <strong>de</strong> la UniónSecretaría GeneralSecretaría <strong>de</strong> Servicios ParlamentariosCentro <strong>de</strong> Documentación, Información y AnálisisLEY FEDERAL DE PRESUPUESTO Y RESPONSABILIDAD HACENDARIAÚltima Reforma DOF 01-10-2007I. La previsión <strong>de</strong> sus ingresos, incluyendo en su caso el en<strong>de</strong>udamiento neto, los subsidios y lastransferencias, la disponibilidad inicial y la disponibilidad final;II. La previsión <strong>de</strong>l gasto corriente, la inversión física, la inversión financiera y otras erogaciones <strong>de</strong>capital;III. Las operaciones ajenas, yIV. En su caso, los enteros a la Tesorería <strong>de</strong> la Fe<strong>de</strong>ración.Las entida<strong>de</strong>s se agruparán en el Presupuesto <strong>de</strong> Egresos en dos categorías: entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> controldirecto y entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> control indirecto.Los flujos <strong>de</strong> efectivo <strong>de</strong> las entida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> control presupuestario indirecto se integrarán en los tomos<strong>de</strong>l proyecto <strong>de</strong> Presupuesto <strong>de</strong> Egresos.Las entida<strong>de</strong>s procurarán generar ingresos suficientes para cubrir su costo <strong>de</strong> operación, susobligaciones legales y fiscales y, <strong>de</strong>pendiendo <strong>de</strong> naturaleza y objeto, un aprovechamiento para la Naciónpor el patrimonio invertido.La Secretaría <strong>de</strong>terminará el cálculo <strong>de</strong>l aprovechamiento con base en las disposiciones legalesaplicables. El Ejecutivo <strong>de</strong>terminará anualmente su reinversión en las entida<strong>de</strong>s como aportaciónpatrimonial o su entero al erario <strong>fe<strong>de</strong>ral</strong>.Artículo 27.- Los anteproyectos <strong>de</strong>berán sujetarse a la estructura programática aprobada por laSecretaría, la cual contendrá como mínimo:I. Las categorías, que compren<strong>de</strong>rán la función, la subfunción, el programa, la actividad institucional,el proyecto y la entidad fe<strong>de</strong>rativa, yII. Los elementos, que compren<strong>de</strong>rán la misión, los objetivos, las metas con base en indicadores <strong>de</strong><strong>de</strong>sempeño y la unidad responsable, en congruencia con el Plan Nacional <strong>de</strong> Desarrollo y con losprogramas sectoriales.La estructura programática facilitará la vinculación <strong>de</strong> la programación <strong>de</strong> los ejecutores con el PlanNacional <strong>de</strong> Desarrollo y los programas, y <strong>de</strong>berá incluir indicadores <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempeño con suscorrespondientes metas anuales. Deberán diferenciarse los indicadores y metas <strong>de</strong> la <strong>de</strong>pen<strong>de</strong>ncia oentidad <strong>de</strong> los indicadores y metas <strong>de</strong> sus unida<strong>de</strong>s responsables. Dichos indicadores <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempeñocorrespon<strong>de</strong>rán a un índice, medida, cociente o fórmula que permita establecer un parámetro <strong>de</strong>medición <strong>de</strong> lo que se preten<strong>de</strong> lograr en un año expresado en términos <strong>de</strong> cobertura, eficiencia, impactoeconómico y social, calidad y equidad. Estos indicadores serán la base para el funcionamiento <strong>de</strong>lSistema <strong>de</strong> Evaluación <strong>de</strong>l Desempeño.Los entes públicos y los Po<strong>de</strong>res Legislativo y Judicial incluirán los indicadores <strong>de</strong> <strong>de</strong>sempeño ymetas que faciliten el examen <strong>de</strong> sus proyectos <strong>de</strong> <strong>presupuesto</strong> <strong>de</strong> egresos.La estructura programática <strong>de</strong>berá ser sencilla y facilitar el examen <strong>de</strong>l Presupuesto y sólo sufrirámodificaciones cuando éstas tengan el objetivo <strong>de</strong> fortalecer dichos principios, en los términos <strong>de</strong> lasdisposiciones aplicables.Artículo 28.- El proyecto <strong>de</strong> Presupuesto <strong>de</strong> Egresos se presentará y aprobará, cuando menos,conforme a las siguientes clasificaciones:19 <strong>de</strong> 61

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