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mejor memoria demandante - Facultad de Derecho - Universidad de ...

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_____________________________________________________________________________________31 <strong>de</strong> agosto FAMA informó a BICA, en su condición <strong>de</strong> fiador solidario <strong>de</strong> losVen<strong>de</strong>dores, que la sentencia que lo obliga a un pago in<strong>de</strong>mnizatorio,y que esta ha sido <strong>de</strong>bidamente apelada.5 <strong>de</strong> setiembre BICA comunicó a FAMA que rechaza todos los términos <strong>de</strong> lacomunicación <strong>de</strong> FAMA <strong>de</strong>l 31 <strong>de</strong> agosto <strong>de</strong> 2007, y que niega laposibilidad <strong>de</strong> que la situación que se <strong>de</strong>scribió se encuentreamparada por la garantía <strong>de</strong>scrita en El Contrato.10 <strong>de</strong> septiembre FAMA advirtió a BICA que no le está requiriendo pago alguno envirtud <strong>de</strong> la garantía, sino que está cumpliendo en comunicarle loacontecido.18 <strong>de</strong> septiembre BICA ratificó a FAMA lo dispuesto en su comunicación <strong>de</strong>l 5 <strong>de</strong>setiembre <strong>de</strong> 2007 y terminó con el intercambio epistolar.20086 <strong>de</strong> mayo FAMA tomó conocimiento que la sentencia apelada fue confirmadaen segunda instancia, con la que se le obligó a DISA al pago <strong>de</strong> unain<strong>de</strong>mnización a favor <strong>de</strong>l ex trabajador.8 <strong>de</strong> mayo FAMA informó a BICA sobre el resultado <strong>de</strong>l juicio.14 <strong>de</strong> mayo BICA rechazó la comunicación anterior <strong>de</strong> FAMA. Según BICA,esta fue extemporánea y no cumplió con los términos <strong>de</strong>l Contratopara que la garantía sea requerida.20 <strong>de</strong> mayo FAMA <strong>de</strong>jó constancia a BICA <strong>de</strong> que se realizó el pagoin<strong>de</strong>mnizatorio <strong>de</strong> $M 266,349.20 y lo intimó formalmente a queBICA cumpla con resarcirlo en base a la garantía, bajoapercibimiento <strong>de</strong> iniciar el procedimiento arbitral en su contra, encaso se negara a ello.26 <strong>de</strong> mayo BICA rechazó la intimación <strong>de</strong> FAMA alegando que no seencontraba obligado al pago <strong>de</strong> lo exigido por FAMA y negó susometimiento al fuero arbitral. Así, dio por concluido el intercambioepistolar entre las partes.- 2 -

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