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Guía para Micro Entidades que apliquen la NIIF para las PYMES

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UNA GUÍA PARA MICRO ENTIDADES QUE APLIQUEN LA <strong>NIIF</strong> PARA LAS <strong>PYMES</strong> (2009)G269G270entidad espera pagar como consecuencia de los derechos no usados <strong>que</strong> tiene acumu<strong>la</strong>dos al final delperiodo sobre el <strong>que</strong> se informa. La entidad presentará este importe como un pasivo corriente en <strong>la</strong> fecha depresentación.Una entidad reconocerá el costo de otras ausencias remuneradas (no acumu<strong>la</strong>tivas) cuando éstas seproduzcan. La entidad medirá el costo de <strong>la</strong>s ausencias remuneradas no acumu<strong>la</strong>tivas por el importe nodescontado de los sueldos y sa<strong>la</strong>rios pagados o por pagar correspondientes al periodo de <strong>la</strong> ausencia.Una entidad reconocerá el costo esperado de <strong>la</strong> participación en ganancias y pagos por incentivos solocuando:(a) como resultado de sucesos pasados, <strong>la</strong> entidad tiene:(i) una obligación legal actual; o(ii) una obligación <strong>que</strong> surge de acciones pasadas de <strong>la</strong> entidad (por ejemplo, historia derealización de pagos) <strong>que</strong> ha creado una expectativa válida en terceros de <strong>que</strong> <strong>la</strong> entidadrealizará dichos pagos (esto significa <strong>que</strong> <strong>la</strong> entidad no tiene otra alternativa realistasino <strong>la</strong> de realizar los pagos); y(b) pueda realizarse una estimación fiable de <strong>la</strong> obligación.P<strong>la</strong>nes de beneficios post-empleoG271G272G273Los beneficios post-empleo son beneficios a los empleados (distintos de los beneficios por terminación) <strong>que</strong>se pagan después de <strong>la</strong> finalización del empleo, por ejemplo beneficios por retiro, tales como pensiones. Losacuerdos por los cuales una entidad proporciona beneficios posteriores al periodo de empleo son p<strong>la</strong>nes debeneficios post-empleo. En algunos casos, estos acuerdos son impuestos por ley y no por un acto de <strong>la</strong>entidad.Si una entidad tiene un p<strong>la</strong>n de beneficios post-empleo según el cual <strong>la</strong> entidad:(a) paga aportaciones fijas a una entidad se<strong>para</strong>da (por ejemplo, un fondo, un fondo de grupo, o unp<strong>la</strong>n de pensiones gubernamental) <strong>para</strong> los empleados o paga primas de seguros <strong>para</strong> financiar unp<strong>la</strong>n de beneficios post-empleo; y(b) no tiene obligación legal ni obligación <strong>que</strong> surja de una práctica pasada de realizar pagos <strong>para</strong>pagar aportaciones adicionales o <strong>para</strong> realizar pagos de beneficios directos a los empleados si elfondo no mantiene suficientes activos <strong>para</strong> pagar (o si el asegurador no paga) todos los beneficiosa los empleados re<strong>la</strong>tivos al servicio del empleado en el periodo corriente y en los anteriores,entonces <strong>la</strong> obligación de <strong>la</strong> entidad de financiar los beneficios post-empleo <strong>que</strong> recibirán los empleados selimita al importe de aportaciones de <strong>la</strong> entidad al p<strong>la</strong>n de beneficios post-empleo y <strong>la</strong> entidad contabiliza elp<strong>la</strong>n de beneficios post-empleo de acuerdo con el párrafo G273.Una entidad reconocerá <strong>la</strong> aportación por pagar <strong>para</strong> un periodo:(a) como un pasivo, después de deducir cualquier importe ya pagado. Si los pagos de <strong>la</strong> aportaciónsuperan <strong>la</strong> aportación debida por el servicio antes de <strong>la</strong> fecha de presentación, una entidadreconocerá el exceso como un activo; y(b) como un gasto, a menos <strong>que</strong> otra sección de esta Guía requiera <strong>que</strong> el costo se reconozca comoparte del costo de un activo tales como inventarios o propiedades, p<strong>la</strong>nta y equipo.Otros beneficios a <strong>la</strong>rgo p<strong>la</strong>zo <strong>para</strong> los empleadosG274G275Otros beneficios a <strong>la</strong>rgo p<strong>la</strong>zo <strong>para</strong> los empleados son beneficios <strong>para</strong> los empleados (distintos de losbeneficios post-empleo y beneficios por terminación) <strong>que</strong> no son totalmente pagaderos dentro de los docemeses después del final del periodo en el <strong>que</strong> los empleados prestaron el servicio re<strong>la</strong>cionado, por ejemplo,beneficios de servicios a <strong>la</strong>rgo p<strong>la</strong>zo, ausencia remuneradas a <strong>la</strong>rgo p<strong>la</strong>zo tales como servicios de <strong>la</strong>rgaduración, licencias sabáticas, premios por pagar a los doce meses o más después del final del periodo en el<strong>que</strong> los empleados prestaron el servicio re<strong>la</strong>cionado.Una entidad reconocerá un pasivo por otros beneficios a <strong>la</strong>rgo p<strong>la</strong>zo y los medirá por el total neto de lossiguientes importes:(a) el valor presente de <strong>la</strong> obligación por beneficios en <strong>la</strong> fecha de presentación; menos© IFRS Foundation 69

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