EL TERRITORIO
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PARTICIPACIÓN DE LAS MUJERES EN PROCESOS DE CONSULTA EN <strong>EL</strong> MARCO DE LA<br />
DEFENSA DE LOS <strong>TERRITORIO</strong>S Y LA NATURALEZA EN AMÉRICA LATINA<br />
y la naturaleza como sujeta derechos, siendo éstos el<br />
espíritu de la Constitución ecuatoriana.<br />
Las concesiones otorgadas sin consulta son ilegales<br />
y anticonstitucionales<br />
El Frente sostiene que las concesiones mineras son ilegales<br />
y anticonstitucionales por haberse entregado sin<br />
consulta, por lo cual, -discrepando un tanto de la posición<br />
de otras organizaciones- se oponen a la exigencia<br />
hoy en día de consulta para esos títulos, pues ya no es<br />
oportuno porque se está frente a un derecho que ya<br />
fue vulnerado. Por esta razón exigen que las concesiones<br />
sean revertidas, en obediencia al Mandato Minero<br />
de 2008 15 . Bajo esta certeza, el Frente ha luchado desde<br />
su conformación en el 2008, contra las actividades<br />
mineras en sus territorios, denunciando las malas<br />
prácticas de las que se valen los funcionarios estatales<br />
para aparentar a toda costa que las comunidades han<br />
participado en la toma de decisiones.<br />
El Frente ha informado a las comunidades,<br />
ha construido liderazgos autónomos en<br />
las mujeres indígenas, y ha protagonizado<br />
movilizaciones para manifestar su<br />
oposición a la minería. En esta línea<br />
han organizado boicots pacíficos para<br />
impedir que se lleven a cabo las reuniones<br />
de socialización que el Ministerio de<br />
Ambiente hace pasar por Consultas.<br />
En este mismo sentido, Eva Grueso 16 , integrante de Kuagro<br />
Ri Changaina del Proceso de Comunidades Negras<br />
en Colombia (en delante PCN), nos cuenta que para su<br />
organización, , los títulos mineros concedidos en el norte<br />
del departamento del Cauca son anticonstitucionales,<br />
pues se han otorgado violando las disposiciones del<br />
Convenio 169, el cual hace parte del bloque de constitucionalidad<br />
del país, sustentándose en decretos (Decreto<br />
1023) y directivas presidenciales (Directiva Presidencial<br />
15 El Mandato Minero fue redactado por la Asamblea Constituyente de 2008. Esta<br />
afirman que las medidas llevabas a cabo sin consulta previa deben declararse nulas.<br />
001 de 2010) que comportan una visión limitada de la<br />
Consulta, entendiéndola como una reunión y no un proceso<br />
participativo.<br />
Corrupción y malas prácticas: una constante en<br />
la aplicación de la consulta<br />
Eva recuerda el proceso que se inició a finales de los<br />
90’s para la Construcción de la carretera Binacional<br />
Ecuador- Colombia, en el municipio de Tumaco, al sur<br />
de Colombia. Allí, el Consejo Comunitario 17 de Alto<br />
Mira y Frontera, quiso adelantar primero la titulación<br />
colectiva de su territorio para resguardarlo jurídicamente,<br />
para luego sí aceptar el inicio de la Consulta. Esta<br />
posición se radicalizó al constatar los nexos entre la<br />
construcción de la carretera y el asesinato de Francisco<br />
Hurtado, representante legal del Consejo en aquel entonces,<br />
quién junto a lwa comunidad lideró el proceso<br />
para la titulación colectiva 18 . Según las comunidades, el<br />
proceso sólo llegó a fase de pre-consulta, sin embargo,<br />
en 2002 19 el gobierno anunció que la carretera tenía<br />
vía libre, tras rectificarse los acuerdos con las comunidades<br />
negras y finalizar el proceso de Consulta.<br />
Las mujeres han denunciado las malas prácticas de<br />
los servidores públicos encargados de la aplicación de<br />
lo que ellos llaman Consulta, pues en estos procesos<br />
se involucran actos de corrupción, compra de líderes<br />
y engaño a las comunidades, sacando provecho de la<br />
falta de información (que el Estado mismo debe proporcionar).<br />
Yadeny comenta que las empresas prometen<br />
escuelas u hospitales a cambio de la aprobación<br />
de sus proyectos extractivos, un asunto de suma gravedad,<br />
pues la educación y la salud deben ser derechos<br />
fundamentales garantizados por el Estado. Las<br />
empresas:<br />
17 Forma organizativa de las comunidades negras estipulada en la Ley 70 de<br />
1993. Esta Ley declara los territorios colectivos de las comunidades afrodescendientes<br />
como inembargables, imprescriptibles e inalienables.<br />
18 Hurtado fue asesinado el 2 de febrero de 1998, fecha en que cumplía con el<br />
censo de las familias, último requisito para la titulación colectiva. Ver http://www.<br />
verdadabierta.com/victimas-seccion/los-resistentes/5370-tumaco-tiene-sitio-para-la-memoria<br />
19 Ver http://centrodenoticias-alcaldiadetumaco.blogspot.com.co/2015/03/se-dainicio-la-construccion-de-la-via.html<br />
16 En entrevista con FAU en 2015<br />
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