EL TERRITORIO
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LORENA CABNAL<br />
CONSULTA A LOS VECINOS EN MEDIO<br />
DE UN ESTADO DE SITIO<br />
El pueblo xinka de Xalapán, asesorada por ONG’s ambientalistas<br />
decidió realizar una consulta de vecinos,<br />
en vista de que no se tenía experiencia en la realización<br />
de la consulta previa, en el marco del Convenio 169 de<br />
la OIT; por su parte, las mujeres participaron a través<br />
de sus comunidades.<br />
La consulta a los vecinos es una posibilidad que tiene<br />
el pueblo para decidir sobre asuntos que son vinculantes<br />
para la vecindad y tiene un marco legal en la<br />
constitución de Guatemala que ampara dicho proceso.<br />
Decreto Número 12-2002 del Código Municipal:<br />
“Articulo 63.<br />
Consulta a los vecinos. Cuando<br />
la trascendencia de un asunto<br />
aconseje la conveniencia de<br />
consultar la opinión de los vecinos,<br />
el Concejo Municipal, con el voto<br />
de las dos terceras (2/3) partes<br />
del total de sus integrantes,<br />
podrá acordar que tal consulta<br />
se celebre tomando en cuenta<br />
las modalidades indicadas en los<br />
artículos siguientes” 7 .<br />
Si bien es cierto que es un mecanismo legal que<br />
tiene relevancia en procesos de consultas urbanas,<br />
no precisa exactamente la situación del ejercicio del<br />
derecho de un pueblo ancestral, desde su identidad<br />
histórica y territorial como el caso del pueblo xinka de<br />
Xalapán. Las mujeres planteamos que el casco urbano<br />
realizara su consulta de vecinos porque la problemática<br />
de la minería tenía competencia municipal, y que la<br />
Montaña realizara la Consulta libre Previa e informada,<br />
en el marco del Convenio 169. Sin embargo, nuestra<br />
propuesta fue desestimada.<br />
7 Lease http://leydeguatemala.com/codigo-municipal/consulta-a-los-vecinos/7884/<br />
Entre este proceso se encontraba la Consulta de Vecinos<br />
y lejos estaba la montaña de imaginar lo que<br />
estaba por venir. En el marco de su estrategia enmascarada<br />
de combate a la violencia con mano dura, y con<br />
el objetivo de garantizar a los inversionistas extranjeros<br />
la protección de sus bienes, el gobierno de Pérez Molina<br />
arremetió con una estrategia de remilitarización<br />
del territorio e impuso un estado de sitio, el primero<br />
de mayo del 2013.<br />
El estado de sitio 8 se impuso en el departamento de<br />
Jalapa, ante la resistencia del pueblo xinka de la montaña<br />
de Xalapán y Mataquescuintla, que en conjunto<br />
con la resistencia de San Rafael Las Flores en el departamento<br />
de Santa Rosa, protestara contra la empresa<br />
Minera San Rafael, filial de las empresas canadienses<br />
Tahoe Resources y Goldcorp, las cuales tienen vínculos<br />
empresariales 9 .<br />
Tahoe Resources, impulsando su único proyecto<br />
minero en Guatemala “El Escobal” (ubicado a 3 km<br />
de San Rafael Las flores), inició su fase de extracción<br />
a finales del 2013 y en la actualidad se encuentra en<br />
la fase de producción comercial, ya que su interés de<br />
potencial extractivo se centra en la inversión de más de<br />
US$500 millones en la extracción de plata, luego del<br />
hallazgo de un gran yacimiento estimado en más de<br />
315 millones de onzas del metal (8.9 millones de kilos).<br />
El ministro de Gobernación Mauricio López Bonilla<br />
de ese entonces anunció la estrategia 10 del gobierno<br />
para la implementación de estados de excepción, en<br />
las zonas de mayor incidencia de violencia en el país.<br />
Esta estrategia implicaba el uso de la criminalización,<br />
judicialización y estigmatización hacia los hombres y<br />
mujeres que protestaban ante la imposición de proyectos<br />
extractivos en sus territorios.<br />
8 El Informe preliminar sobre violaciones de Derechos Humanos en estado de Sitio<br />
en Jalapa y Santa Rosa, de mayo del 2013 asegura que “el decreto del estado de<br />
sitio forma parte de una política de remilitarización del gobierno de Otto Pérez<br />
Molina, como soporte de la concesión de licencias a megaproyectos extractivos<br />
enmarcados en un modelo de desarrollo inconsulto y destructivo” y que “y se<br />
evidencia que los destacamentos militares creados se ubican cercanos a las<br />
instalaciones de los megaproyectos”.<br />
9 Fue fundada en el 2010 por Kevin McArtthur, ahora expresidente de la Goldcorp.<br />
La Goldscorp en el mes de mayo del año 2010, vendió sus derechos de explotación<br />
de plata en el proyecto Escobal a la recién fundada Tahoe Resources.<br />
10 Según lo anunciado en un medio local; Emisoras Unidas 14 de abril 2013.<br />
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