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CORDOBA<br />
Fuente: Prensa Con Opinión<br />
Cuentas cerradas: los casos Brinkmann y Morteros<br />
La preocupación generada por el<br />
cierre de cuentas por parte del Banco<br />
Nación a entidades mutuales en<br />
las últimas semanas, ha generado<br />
una serie de acciones encaradas por<br />
las organizaciones.<br />
Ante este escenario, resulta oportuno<br />
traer al presente lo sucedido<br />
en agosto de 2016, cuando la Jueza<br />
de Primera instancia de Morteros,<br />
otorgó medidas cautelares a la Mutual<br />
de la Asociación Deportiva 9<br />
de Julio de esa ciudad, y a la Mutual<br />
Centro de Brinkmann.<br />
Los abogados que hicieron las presentaciones,<br />
Fernando Baudino y<br />
Carlos Zabala, explicaron a este<br />
medio, las medidas adoptadas inmediatamente<br />
a la notificación de<br />
cierre que el Banco Nación les enviara<br />
a las dos entidades.<br />
Los letrados plantearon el amparo<br />
por vía de demandas ordinarias<br />
(una por cada entidad) ante la Justicia<br />
Provincial, alegando básicamente<br />
una violación a la ley 24240<br />
de Defensa al Consumidor y a los<br />
artículos 9 y 10 del Código Civil y<br />
Comercial. El planteo presume una<br />
conducta abusiva por parte de la<br />
entidad crediticia al aplicar el artículo<br />
1404 del cuerpo legal.<br />
Uno de los abogados patrocinantes,<br />
Carlos Zabala, admitió que la<br />
cuestión de competencia de jurisdicción<br />
fue planteada por el Banco,<br />
y entiende que “si tomamos como<br />
argumento la Ley de Defensa al<br />
Consumidor, debemos tramitarlo<br />
por la Justicia Ordinaria de la Provincia<br />
de Córdoba, porque el ámbito<br />
queda a opción del consumidor”.<br />
Además agregó que “si bien<br />
el banco ejerce lo dispuesto por el<br />
1404 del Código Civil, no es menos<br />
cierto que los artículos 9 y 10 dejan<br />
en claro que ningún procedimiento<br />
de este cuerpo legal debe ser<br />
abusivo, cosa que nosotros consideramos<br />
que así se actuó con estas<br />
dos instituciones. En este momento<br />
estamos en etapa probatoria,<br />
pero aún no se acreditó ninguna<br />
causa que justifique la medida;<br />
no hay cheques<br />
sin fondos, no<br />
hay devolución<br />
de valores ni excesos<br />
en el pago<br />
en descubierto”.<br />
El profesional<br />
considera necesario<br />
poner el tema<br />
en debate, porque<br />
“hay una clara<br />
contradicción:<br />
por un lado el<br />
Estado impulsa<br />
la bancarización<br />
de las actividades<br />
comerciales, pero a la vez, es el<br />
mismo Estado el que, a través del<br />
Banco Nación en este caso, manda<br />
a cerrar las cuentas”.<br />
Por su parte, Fernando Baudino,<br />
añade que “tramitar una demanda,<br />
nos da mucho más tiempo para reunir<br />
elementos que el que hubiésemos<br />
tenido si sólo presentamos<br />
el amparo”. De hecho, las dos mutuales<br />
en cuestión, continúan operando<br />
con sus cuentas desde que<br />
se dictó la medida de no innovar<br />
por parte del Tribunal de Morteros.<br />
Baudino asegura que las entidades<br />
que representa, “son muy cuidadosas<br />
en todos sus actos, y además<br />
tienen una marcada presencia social.<br />
La UIF no desconoce que son<br />
mutuales que cumplen con todas<br />
las normas, y por eso sorprende<br />
que se tomen estas medidas”.<br />
Baudino considera que no se trata<br />
de decisiones tomadas por sucursales<br />
bancarias locales, sino por el<br />
contrario: “Esto les genera un problema<br />
a los gerentes, porque las<br />
mutuales son rentables para los<br />
bancos. Por ejemplo, la Mutual del<br />
Club 9 de Julio, efectúa depósitos<br />
de un volumen considerable, y si<br />
se cierra la cuenta, es dinero que el<br />
banco deja percibir para su negocio<br />
financiero”.<br />
De la visión del abogado, se infiere<br />
que no se trata de una responsabilidad<br />
de la sucursal, algo que promueve<br />
dudas en algunos dirigentes<br />
mutualistas. Al respecto se accedió<br />
a una fuente calificada de la Casa<br />
Central del Banco Nación en Córdoba,<br />
quien aseguró que ningún<br />
gerente local ni zonal, tiene autonomía<br />
para aplicar este tipo de decisiones.<br />
Aclaró que sólo pueden<br />
hacerlo cuando reciben una Circular<br />
interna que proviene de la casa<br />
matriz; y como toda comunicación<br />
de este tipo, no es de acceso público.<br />
El consultado también agregó<br />
que, la mayor de las veces, la casa<br />
matriz de un banco, emite circulares<br />
a partir de directivas del Banco<br />
Central, que bien podría ser este –el<br />
cierre de cuentas de mutuales- uno<br />
de los casos.<br />
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Mutualismo Hoy <strong>264</strong>