Manual del Supervisor
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licencia por paternidad con remuneración, por ocho días más y cuando la<br />
hija o hijo haya nacido con una enfermedad, degenerativa, terminal o<br />
irreversible, o con un grado de discapacidad severa, el padre podrá tener<br />
una licencia con remuneración por veinte y cinco días, hecho que se<br />
justificará con la presentación de un certificado médico otorgado por un<br />
facultativo <strong>del</strong> IESS, y a falta de éste, por otro profesional.<br />
Los casos de calamidad doméstica como enfermedad de los integrantes<br />
de su núcleo familiar, accidentes o similares, que tengan el carácter de<br />
imprevistos, deberán reportarse de inmediato a la Línea de Supervisión<br />
respectiva, la cual procederá a notificar a Recursos Humanos para que<br />
califique la calamidad y se autorizará la ausencia remunerada previo visto<br />
bueno de la Gerencia Nacional de Recursos Humanos.<br />
Los permisos remunerados que se precisan en esta norma, no son<br />
trasladables ni acumulables.<br />
DEL TRASLADO DE COLABORADORES<br />
La Línea de Supervisión, sin disminuir la categoría ni la remuneración <strong>del</strong><br />
Colaborador, podrá asignarle diferentes tareas a las que venía<br />
desarrollando si aquello debe efectuarse en razón de capacitación,<br />
modificación de sistemas, automatización de procedimientos, migraciones<br />
tecnológicas, etc., sin que aquello pueda asimilarse ni al cambio de<br />
ocupación ni al despido intempestivo.<br />
REGIMEN DISCIPLINARIO<br />
Las Líneas de Supervisión podrán sancionar las acciones de sus<br />
Colaboradores de acuerdo tres tipos de faltas definidas en el reglamento<br />
interno y son:<br />
1) Preventivas: Las Faltas Preventivas tienen por objeto informar al<br />
Colaborador que la exteriorización de determinada conducta suya<br />
transgrede valores y/o costumbres de la Empresa, materializándose en una<br />
amonestación escrita.<br />
2) Moderadas: Las Faltas Moderadas, encuadradas en determinados<br />
numerales <strong>del</strong> art. 23 <strong>del</strong> Reglamento Interno; se sancionarán con una<br />
multa, misma que en ningún caso superará el 10% de la remuneración<br />
mensual que recibe el Colaborador.<br />
3) Graves: Las Faltas Graves resultan tan lesivas que permiten al empleador<br />
promover la acción de Visto Bueno directamente, sin miramientos; dicha