Revista Ámbito Cívico Militar - Edición 56 Actualizado
Revista especializada en doctrina militar, histórica y sociocultural para la Unión Cívico-Militar y Defensa Integral de la Nación del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. La edición N° 56 resalta las actividades del 14 Aniversario del CEOFANB, trae una novedosa sección llamada Léxico Cívico-Militar donde se indica las diferencias entre las palabras Liberador, Libertario y Libertador. Ademas puedes leer nuestro nuevo artículo "Aproximación Teórica hacia la Venezuela Potencia".
Revista especializada en doctrina militar, histórica y sociocultural para la Unión Cívico-Militar y Defensa Integral de la Nación del Comando Estratégico Operacional de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana. La edición N° 56 resalta las actividades del 14 Aniversario del CEOFANB, trae una novedosa sección llamada Léxico Cívico-Militar donde se indica las diferencias entre las palabras Liberador, Libertario y Libertador. Ademas puedes leer nuestro nuevo artículo "Aproximación Teórica hacia la Venezuela Potencia".
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Reino Unido. A juicio del autor, el interés de los grupos
económicos en financiar esta temática, fue sin duda alguna,
el de «incentivar» a los miembros de la CISISE, para auto
atribuirse poderes supranacionales que incursionaron peligrosamente
en contra de principios internacionales e intereses
nacionales mundialmente reconocidos, tales como:
la Independencia, la soberanía, la libertad y la libre autodeterminación,
dejando abierta una puerta para las intervenciones
militares de bandera «humanitaria» bajo una mordaz
doctrina que apuntaba con urgencia a la necesidad de
acceder a los recursos vitales que requieren las potencias
hegemónicas. Esta irónica resolución legitimadora de la intervención,
fue introducida cinco años después ante la ONU,
durante su Cumbre Mundial de 2005, a objeto de legitimar
esta contradictoria «Responsabilidad de Proteger, Reaccionar
y Reconstruir». 2
Si bien es cierto que Kofi Annan, hizo un elocuente llamamiento
a la comunidad internacional en los años 1999 y
2000, para que procuraran alcanzar un consenso sobre si:
«la intervención humanitaria es, en realidad, un ataque inaceptable
a la soberanía», estuvo haciéndose reiteradamente
la pregunta: «¿Cómo deberíamos responder
a situaciones como las de Rwanda o Srebrenica
y las violaciones graves y sistemáticas
de los derechos humanos
que trasgreden todos los principios
de nuestra humanidad común?».
En mi opinión, si se tuviera
la capacidad de contestar esa
pregunta, en función de la
experiencia que nos da el
hecho de vivir la dinámica
de los acontecimientos
que se suscitan en la República
Bolivariana de
Venezuela, entonces
se le contestaría a
la ONU y al sentido
Rwanda
común de la comunidad
internacional,
con otra pregunta:
Les preguntaríamos
con la auctoritas que otorga la
moral: ¿están ustedes seguros de que lo que perciben sus
sentidos, a través de los medios audiovisuales y escritos u
otra forma de comunicación… es la verdad? ¿Están ustedes
seguros de que las dificultades que se presentan en X o Y
Estado-Nación del planeta, son producto de, como ustedes
llaman, «una infracción del orden internacional»? ¿Están ustedes
seguros de que tales situaciones que causan sufrimiento
en seres humanos, de X o Y Estado-Nación del planeta,
NO vienen promovidas por otros actores internacionales
como justificativo de intervención?
Porque, si eso no es así, estaríamos anulando todo el camino
recorrido para alcanzar la paz y la estabilidad internacionales;
convirtiéndonos en instrumentos de nuestra propia
destrucción y pasaríamos a la historia como los cómplices o
los ignorantes que no tuvieron la capacidad de garantizar un
mundo mejor. Pues bien, en esta investigación, se ha podido
comprobar que las Doctrinas y Resoluciones Legitimadoras
de la Intervención han ido introduciéndose sistemáticamente
en el sistema internacional como se evidencia en este
caso, cuando la Asamblea General de la ONU incorporó: «La
Responsabilidad de Proteger» en un Documento Final de la
Cumbre Mundial de 2005, en cuyos dos párrafos se habla
de «Un concepto más amplio de la libertad: Desarrollo,
Seguridad y Derechos Humanos para todos» y en donde el
para aquel entonces Secretario General Kofi Annan, basó su
enfoque en dos informes:
El primero, que se refiere a «un mundo más seguro»: que
abre las puertas para entrar en el peligroso terreno de la
responsabilidad compartida del Grupo de Alto Nivel sobre
las amenazas, los desafíos y el cambio del 1° de diciembre
de 2004; que además se refiere a una «obligación de
proteger» que dentro del marco de reforma de la ONU, recomienda
la adopción de una «norma» de la «responsabilidad
de proteger», recogiendo así el concepto elaborado por la
Comisión Internacional sobre Intervención y Soberanía de
los Estados (CIISE).Un segundo informe,
que se sustenta en «La responsabilidad
de proteger» de la
misma CIISE; que fue iniciado,
convocado y patrocinado por el
gobierno de Canadá, para dar
una respuesta a las preocupaciones
del Secretario General
en encontrar una vía
de socorro a poblaciones
en estado de emergencia
humanitaria, que sirvió
de punto de partida en
los debates sobre su incorporación
en la ONU.
Una «responsabilidad
de proteger» que ya estaba
yaciente en cierto círculo
de diplomáticos de la ONU
encabezados por Kofi Annan,
quien, ya comenzando el milenio, declaraba:
«La intervención humanitaria es una cuestión delicada,
plagada de dificultades políticas y sin soluciones fáciles. Pero
sin duda no hay ningún principio jurídico ni siquiera la soberanía
que pueda invocarse para proteger a los autores de crímenes
de lesa humanidad. En los lugares en que se cometen
esos crímenes y se han agotado los intentos por ponerles fin
por medios pacíficos, el Consejo de Seguridad tiene el deber
Srebrenica
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