Edicion 02 de julio de 2021
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14 Viernes 2 de julio de 2021
CLASIFICADOS
Diario Co Latino
CARLOS RODOLFO ME-
YER GARCÍA
situadas en la casa número
18 avenida norte entre 25 y
23 calle Oriente de la Ciudad
de San Salvador, al publico
hace saber:
Que en las diligencias de
aceptación de la herencia
testamentaria de la causante
REINA LUISA AMAYA LOVO
por resolución de las nueve
horas del día diez de Junio
de dos mil veintiuno.- Se
ha tenido por aceptada
la herencia testamentaria
dejada por dicha causante,
de parte de la señora ANA
MARÍA MARIBEL AMAYA
DE RAMOS, como cesionaria
de los derechos que
correspondieron al señor
FRANCISCO WENCESLAO
LAGOS AMAYA.
Habiéndose conferido la administración
y representación
interina de la sucesión lo que
se hace de conocimiento público
y de la señora KAROL
ASTRID LAGOS AMAYA.
Librado en San Salvador,
a los once días del mes de
Junio de dos mil veintiuno.
DR. CARLOS RODOLFO
MEYER GARCIA
ABOGADO
2a. Publicación
(1-2-3 Julio/2021)
CARLOS RODOLFO ME-
YER GARCIA, Notario, de
este domicilio, al Publico:
hace saber que por resolución
dictada por el suscrito a
las nueve horas del día 27 de
mayo de 2021 se ha tenido
por aceptada expresamente
la Herencia Testamentaria
que dejo la señora CLE-
MENTINA LANDAVERDE
DE BENGOA, según Testamento
publico otorgado por la
causante a las 15 horas y 30
minutos del día 14 de marzo
Notario JORGE ALONSO
BELTRAN; así como también
escritura pública de cesión
de derechos Hereditarios
otorgada en la Ciudad de
San Francisco, estado de
California, Estados Unidos
de América, a las 10 horas
20 minutos del 26 de marzo
Notario JULIO CESAR MAR-
TINEZ REYES, Cónsul de El
Salvador con sede en dicha
ciudad, en virtud del cual las
señoras NOEMI BENGOA
LANDAVERDE CONOCIDA
COMO NOHEMI BENGOA,
JUANA LETICIA BENGOA,
cedieron sus derechos Hereditarios
a la señora RUTH
BENGOA LANDAVERDE, y
partida de defunción de ZOI-
LA DOLORES BENGOA DE
MELARA, quien falleció el 23
de marzo del 2017, expedida
la respectiva partida el 27 de
noviembre del 2018; quedando
a salvo los derechos
de sus presuntos herederos
con base al derecho de
representación, se declara
como heredera provisional
a la DOCTORA RUTH BEN-
GOA LANDAVERDE, por
si y como cesionaria de los
derechos hereditarios de las
señoras NOEMI BENGOA
LANDAVERDE CONOCIDA
COMO NOHEMI BENGOA,
JUANA LETICIA BENGOA,
habiéndosele conferido la calidad
de heredera provisional
y la administración en igual
sentido de la sucesión.
Lo que se hace de conocimientos
público: San
Salvador a los veintisiete días
del mes de mayo de dos mil
veintiuno.-
DR. CARLOS RODOLFO
MEYER GARCIA
ABOGADO
2a. Publicación
(1-2-3 Julio/2021)
CLAUDIA LISSETH LÓPEZ
GARCÍA, Notaria, del domicilio
de Colón, departamento de La
en Centro Comercial Li Roma,
segunda Avenida Sur, Local
Número Uno, Santa Tecla,
departamento de La Libertad,
al público, HACE SABER:
Que por Acta Notarial de las
nueve horas de este mismo
día, se ha tenido por aceptada
de inventario, de parte de la
señora MARÍA JULIA ME-
NÉNDEZ DE MORALES, la
herencia Testamentaria que
a su defunción ocurrida, a las
doce horas once minutos, del
día veintisiete de noviembre de
dos mil veinte, en Séptima Calle
Oriente, número Veinte, Colonia
Santa Mónica, Santa Tecla,
departamento de La Libertad,
dejó el causante ROBERTO
ATILIO MORALES, quien
era de noventa y cuatro años
de edad, pensionado, y cuyo
último domicilio fue Santa Tecla,
departamento de La Libertad,
en su calidad de HEREDERA
TESTAMENTARIA del causante,
habiéndosele conferido a la
aceptante la administración y
representación interina de la
Sucesión, con las facultades y
restricciones de los Curadores
de la herencia yacente. Se cita a
los que se crean con derecho a
la herencia para que se presenten
a deducirlos en el término
legal correspondiente. Librado
en Santa Tecla, departamento
de La Libertad, veintidós de
junio de dos mil veintiuno.
CLAUDIA LISSETH
LOPEZ GARCIA
NOTARIO
2a. Publicación
(1-2-3 Julio/2021)
No. de Expediente:
2021195971
No, de Presentación:
20210321853
EL INFRASCRITO REGIS-
TRADOR HACE SABER:
presentado MARÍA JESÚS
SERRANO DE SERRANO, en
su calidad de APODERADO de
EMPRENDEDOOR, SOCIE-
DAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando el
registro del NOMBRE COMER-
CIAL, consistente en: la palabra
Empren D Door y diseño, que
se traduce al idioma castellano
como Puerta al emprendedor.
Se concede exclusividad sobre
el signo distintivo en su conjunto,
ya que sobre el uso de los
elementos denominativos que
lo componen, individualmente
considerados no se concede
exclusividad, por ser términos
de uso común o necesarios
en el comercio. En base a lo
establecido en el Artículo 29
de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos, que servirá
para: IDENTIFICAR UNA
EMPRESA QUE SE DEDICA A
SERVICIOS DE PUBLICIDAD
EN LINEA.
La solicitud fue presentada el
día cuatro de junio del año dos
mil veintiuno.
REGISTRO DE LA PROPIE-
DAD INTELECTUAL, Departamento
de Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de junio
del año dos mil veintiuno.
Juan Carlos Aguilar
Samayoa
Registrador
2a. Publicación
(30 junio, 2-6 Julio/2021)
No. de Expediente:
2021195972
No. de Presentación:
20210321854
CLASE: 35.
EL INFRASCRITO REGISTRA-
DOR HACE SABER:
presentado MARÍA JESÚS
SERRANO DE SERRANO, en
su calidad de APODERADO de
EMPRENDEDOOR, SOCIE-
DAD ANÓNIMA DE CAPITAL
VARIABLE, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE
SERVICIOS, consistente en:
la palabra Empren D DOOR
y diseño, que se traduce al
idioma castellano como Puerta
al emprendedor. Se concede
exclusividad sobre el signo
distintivo en su conjunto, ya
que sobre el uso de los elementos
denominativos que lo
componen, individualmente
considerados no se concede
exclusividad, por ser términos
de uso común o necesarios
en el comercio. En base a lo
establecido en el Artículo 29
de la Ley de Marcas y otros
Signos Distintivos, que servirá
para: AMPARAR: SERVICIOS
DE PUBLICIDAD EN LINEA.
Clase: 35.
La solicitud fue presentada el
día cuatro de junio del año dos
mil veintiuno.
REGISTRO DE LA PROPIE-
DAD INTELECTUAL, Departamento
de Signos Distintivos.
San Salvador, nueve de junio
del año dos mil veintiuno.
Juan Carlos Aguilar
Samayoa
Registrador
2a. Publicación
(30 junio, 2-6 Julio/2021)
No. de Expediente:
2021195776
No. de Presentación:
20210321538
CLASE: 43.
EL INFRASCRITO REGISTRA-
DOR HACE SABER:
sentado
JOSÉ RAUL MARIA-
NO GUERRERO JIMENEZ, en
su calidad de APODERADO
de JOSÉ ERAZMO PEREZ
JIMENEZ, de nacionalidad
SALVADOREÑA, solicitando
el registro de la MARCA DE
SERVICIOS, consistente en:
las palabras RED CHILE
BURGER y diseño. Sobre
los elementos denominativos
RED CHILE BURGER, individualmente
considerados, no
se le concede exclusividad por
ser palabras de uso común o
necesarias en el comercio, se
aclara que obtiene su derecho
sobre todo su conjunto tal como
se ha presentado en el modelo
adherido a la solicitud, así como
de los colores que aparecen
en el mismo. Con base a lo
establecido en el Artículo 29 de
la Ley de Marcas y otros Signos
Distintivos, que servirá para:
AMPARAR: SERVICIOS DE
-
La solicitud fue presentada el
día treinta y uno de mayo del
año dos mil veintiuno.
REGISTRO DE LA PROPIE-
DAD INTELECTUAL, Departamento
de Signos Distintivos.
San Salvador, tres de junio del
año dos mil veintiuno.
David Antonio
Cuadra Gómez
Registrador
2a. Publicación
(30 junio, 2-5 Julio/2021)
ORACIÓN
AL DIVINO NIÑO
Confío en ti, Dios Padre,
Hijo y Espíritu Santo, mi
Señor, Jesús mi único
Salvador con todas las
fuerzas de mi alma te pido
me concedas las gracias
que tanto DESEO
Rece 9 Aves Marías durante
9 días, pida tres deseos,
2 de negocios y uno
imposible y al noveno día
publique esta oración, se
cumplirá aunque no lo crea,
observe
qué ocurrirá el cuarto día
de su publicación.
ANA LUCRECIA MELGAR
PINTO, Notario, del domicilio
de Zaragoza, con Despacho
Jurídico ubicado en Final Paseo
Escalón número cinco mil seiscientos
ochenta y dos, Colonia
Escalón, San Salvador, para los
efectos de Ley, HACE SABER:
Que de conformidad con la
"Ley del Ejercicio Notarial de la
Jurisdicción Voluntaria y Otras
Diligencias", en su Notaría se ha
pronunciado la resolución a las
nueve horas con treinta minutos
del día veintitrés de junio de dos
mil veintiuno, mediante la cual,
se ha tenido por ACEPTADA Y
CON BENEFICIO DE INVEN-
TARIO, la herencia intestada
que a su defunción ocurrida el
día seis de enero de dos mil
veintiuno, en el Municipio de
Mejicanos, Departamento de
San Salvador, dejó el señor
HECTOR JOSÉ MIRANDA
QUEZADA, quien a su defunción
era de sesenta y siete
años de edad, Licenciado en
Administración de Empresas,
de parte del señor ERICK
DANIEL PALACIOS MIRANDA,
de veinticinco años de edad,
estudiante, de este domicilio
de Mejicanos, Departamento
de San Salvador, en calidad
de sobrino sobreviviente del
causante y como cesionario
de los derechos que les correspondían
a los Señores: Sonia
Lorena Miranda Quesada,
conocida por Sonia Lorena
Miranda Quezada, ahora Sonia
Lorena Miranda Aparicio,
Mirna Josefina Miranda de
Chávez, Pedro Alberto Miranda
Quezada, Nelly Miranda
de González, Tulio Alfredo
Miranda Quezada, y Napoleón
Armando Miranda Quezada,
en su calidad de hermanos
de la causante, habiéndose
conferido la Administración y
Representación Interina de
la Sucesión, con todas las
facultades y restricciones de
los Curadores de la Herencia
Yacente. En consecuencia, por
este medio se cita a todos los
que se crean con derechos a la
referida herencia para que se
en el término de quince días,
contados desde el siguiente a la
última publicación del presente
edicto.- Librado en la ciudad de
San Salvador, a los veintitrés
días del mes de junio de dos
mil veintiuno.
ANA LUCRECIA
MELGAR PINTO
NOTARIO
1a. Publicación
(2-3-5 Julio/2021)
3a. Publicación
(28-30 Junio, 2 Julio/2021)
facebook.com/
diariocolatinoderl
y twiter: @DiarioColatino
ALCALDÍA MUNICIPAL
DE CALUCO
LP 01/2021 AM CALUCO
AVISO
El Banco de Fomento
Agropecuario, AVISA: que,
en su Agencia San Juan
Opico, se ha presentado
parte
interesada
manifestando que ha
Depósito a Plazo Fijo 409-
070-100425-0, constituido
el 14 de octubre de 2020,
a 360 días prorrogables,
lo que se hace del
conocimiento del público
para los efectos de
relacionado, conforme con
los Artículos 486 y 932 del
Código de Comercio.
En caso que después
de 30 días de la tercera
y última publicación del
presente aviso, el Banco,
no recibe oposición alguna
a este respecto, se hará la
arriba mencionado.
San Juan Opico,
02 de junio de 2021.
Alan Joel López Torres
Gerente Zonal
de Negocios de Agencia
San Juan Opico
2a. Publicación
(01-02-03-Julio/2021)
NOTIFICACIÓN DE ADJUDICACIÓN
DE PROYECTO
A través de la Unidad de Adquisiciones y Contrataciones Institucional
UACI, dando cumplimiento al Artículo 57, inciso segundo de la Ley
de Adquisiciones y contrataciones de la Administración Pública
(LACAP), comunica el resultado de la adjudicación de:
“SUMINISTRO DE FERTILIZANTES
PARA LOS AGRICULTORES
DE LA VILLA DE CALUCO”
ADJUDICA A:
ING. JORGE ALBERTO
AREVALO MEJIA
NELSON UVALDO CORNEJO SIBRIAN
“GOBERNANDO JUNTO AL PUEBLO”
CALUCO, 02 DE JULIO DE 2021