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Edicion 09 de mayo de 2022

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2 Lunes 9 de mayo de 2022

Nacionales

Diario Co Latino

Magistrado Olivo propone que TSE asigne

y distribuya las franjas publicitarias

Alma Vilches

@AlmaCoLatino

Para garantizar elecciones

modernas,

eficaces y transparentes

en 2024, el magistrado

del Tribunal Supremo

Electoral (TSE), Julio

Olivo, consideró necesaria

una serie de reformas electorales,

entre ellas, el control

de la propaganda y respeto

al principio de equidad

en materia electoral, para lo

cual, plantea que sea el Tribunal

quien asigne y distribuya

las franjas publicitarias.

A criterio del magistrado Olivo,

esto significa robustecer

la autonomía de la autoridad

electoral, asignándole la función

de distribución equitativa

de las franjas o espacios

de publicidad en los diferentes

medios de comunicación,

con el fin de evitar que los

candidatos y candidatas, dependiendo

del financiamiento

público o privado disponible,

decidan a libre voluntad

en donde publicitarse, tal

como sucede en Costa Rica,

México, Colombia, Argentina,

entre otros.

“Con ello se resolverían

algunas asimetrías en la contienda,

ya que cada minuto o

espacio en medios de comunicación,

lo regularía la autoridad

electoral, en este caso,

el Tribunal Supremo Electoral,

así se daría cumplimiento

al principio de equidad en

materia electoral, que es dar

a todos los contendientes la

misma oportunidad o el mismo

derecho de realizar campaña

electoral, en los mismos

plazos y por la mismas tarifas”,

explicó, el magistrado.

Otra de las reformas es el

incremento del monto de las

sanciones pecuniarias, es decir,

ampliar los montos de

las sanciones apegadas a las

nuevas realidades, a fin de

Una de las propuestas es que el TSE asigne y distribuya las franjas publicitarias, a fin de tener el control de

la propaganda y respeto al principio de equidad entre los partidos en contienda. Foto Diario Co Latino/Archivo.

que sirvan de elemento desmotivador

para quienes pretendan

vulnerar la ley electoral. La propuesta

es que la menor sanción

en el caso de infracción por

propaganda anticipada ascienda

a $5,000 y la máxima hasta

de $50,000.

En la actualidad, la sanción

máxima establecida en forma de

multas con base al artículo 245

del Código Electoral (CE), asciende

a la cantidad de 50,000

colones o su equivalente en dólares,

que no son suficiente paliativo

para frenar una campaña

electoral anticipada.

Según el magistrado del TSE,

es importante aplicar diversificación

de las sanciones a imponer,

dado que algunos prefieren

pagar la multa y continuar haciendo

campaña ilegal, se plantea

la incorporación de sanciones

tales como “no inscripción

del postulante o inhabilitación

del aspirante”

Cuando las personas naturales

y jurídicas nominadas en el

artículo 175 del CE, reincidan

en su conducta de hacer campaña

electoral anticipada, o fuera

del período señalado en el artículo

81 de la Constitución se

aplicará la sanción de inhabilitarlo

como aspirante o candidato,

tomando en consideración

“Las asimetrías

generan en materia

de campaña

electoral, privilegios

para unos en

detrimento de

otros”.

que ya existe una sanción previa

por campaña anticipada.

“El irrespeto a la letra y espíritu

del artículo 81 de la Constitución

y el CE, están provocando

efectos nocivos para la democracia

electoral en el país, al

brindar oportunidades o beneficios

distintos a los diferentes

candidatos, ya sea debido a los

procedimientos engorrosos establecidos

en el Código, a las sanciones

blandas que lejos de desalentar

las infracciones, las incentivan,

y por la ausencia de

un mayor protagonismo de la

autoridad electoral en la resolución

de este problema”, externó

el funcionario.

Asimismo, indicó que es necesario

regular las donaciones

privadas, forma y montos a través

del bitcoin, debido a que es

un activo de curso legal con valor

liberatorio y puede ser utilizado

por los salvadoreños para

financiar las campañas políticas

de candidatos partidarios y

no partidarios, inyectando capitales

nacionales y foráneos mediante

esta criptomoneda, la

cual puede provocar desigualdades

o asimetrías entre los partidos

políticos y candidatos en

contienda. De aceptarse las donaciones

en bitcoin, deberá encontrarse

la forma de determinar

quiénes son los donantes

privados de cada partido o candidatura,

para lo cual es importante

determinar la trazabilidad

de las operaciones financieras,

la posibilidad de establecer

un límite mínimo y máximo de

esta clase de donaciones. Será necesario

regular la forma más

precisa y el procedimiento

para la presentación ante la

autoridad electoral, de los informes

financieros o el reporte

de sus fuentes de financiamiento

privado, tanto en dólares

como el bitcoin.

Debido a la sentencia de

la Sala de lo Constitucional

98-2015, de 23 de octubre de

2020, que autorizó la postulación

de candidaturas no

partidarias para integrar concejos

municipales, es necesario

regular la forma en que

las candidaturas individuales

pueden presentarse para

ocupar los cargos existentes,

la propuesta es que si se postulan

candidatos individuales

para cada cargo sin conformar

una planilla, es recomendable

proponer que en la

medida de lo posible, formen

parte de una misma planilla.

Otra de las propuestas

presentadas por Olivo es la

regulación de elementos para

garantizar el sufragio pasivo

y activo desde el exterior, por

lo cual es necesario la definición

del Documento Único

de Identidad, determinar

si será un voto postal; por

internet desde casa, presencial

con máquina pos; o voto

mixto, que incluye postal y

electrónico.

Julio Olivo, magistrado del TSE, considera necesaria una serie de reformas

electorales, para garantizar elecciones modernas, eficaces y transparentes

en 2024. Foto Diario Co Latino/Cortesía.

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