Edicion 09 de mayo de 2022
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2 Lunes 9 de mayo de 2022
Nacionales
Diario Co Latino
Magistrado Olivo propone que TSE asigne
y distribuya las franjas publicitarias
Alma Vilches
@AlmaCoLatino
Para garantizar elecciones
modernas,
eficaces y transparentes
en 2024, el magistrado
del Tribunal Supremo
Electoral (TSE), Julio
Olivo, consideró necesaria
una serie de reformas electorales,
entre ellas, el control
de la propaganda y respeto
al principio de equidad
en materia electoral, para lo
cual, plantea que sea el Tribunal
quien asigne y distribuya
las franjas publicitarias.
A criterio del magistrado Olivo,
esto significa robustecer
la autonomía de la autoridad
electoral, asignándole la función
de distribución equitativa
de las franjas o espacios
de publicidad en los diferentes
medios de comunicación,
con el fin de evitar que los
candidatos y candidatas, dependiendo
del financiamiento
público o privado disponible,
decidan a libre voluntad
en donde publicitarse, tal
como sucede en Costa Rica,
México, Colombia, Argentina,
entre otros.
“Con ello se resolverían
algunas asimetrías en la contienda,
ya que cada minuto o
espacio en medios de comunicación,
lo regularía la autoridad
electoral, en este caso,
el Tribunal Supremo Electoral,
así se daría cumplimiento
al principio de equidad en
materia electoral, que es dar
a todos los contendientes la
misma oportunidad o el mismo
derecho de realizar campaña
electoral, en los mismos
plazos y por la mismas tarifas”,
explicó, el magistrado.
Otra de las reformas es el
incremento del monto de las
sanciones pecuniarias, es decir,
ampliar los montos de
las sanciones apegadas a las
nuevas realidades, a fin de
Una de las propuestas es que el TSE asigne y distribuya las franjas publicitarias, a fin de tener el control de
la propaganda y respeto al principio de equidad entre los partidos en contienda. Foto Diario Co Latino/Archivo.
que sirvan de elemento desmotivador
para quienes pretendan
vulnerar la ley electoral. La propuesta
es que la menor sanción
en el caso de infracción por
propaganda anticipada ascienda
a $5,000 y la máxima hasta
de $50,000.
En la actualidad, la sanción
máxima establecida en forma de
multas con base al artículo 245
del Código Electoral (CE), asciende
a la cantidad de 50,000
colones o su equivalente en dólares,
que no son suficiente paliativo
para frenar una campaña
electoral anticipada.
Según el magistrado del TSE,
es importante aplicar diversificación
de las sanciones a imponer,
dado que algunos prefieren
pagar la multa y continuar haciendo
campaña ilegal, se plantea
la incorporación de sanciones
tales como “no inscripción
del postulante o inhabilitación
del aspirante”
Cuando las personas naturales
y jurídicas nominadas en el
artículo 175 del CE, reincidan
en su conducta de hacer campaña
electoral anticipada, o fuera
del período señalado en el artículo
81 de la Constitución se
aplicará la sanción de inhabilitarlo
como aspirante o candidato,
tomando en consideración
“Las asimetrías
generan en materia
de campaña
electoral, privilegios
para unos en
detrimento de
otros”.
que ya existe una sanción previa
por campaña anticipada.
“El irrespeto a la letra y espíritu
del artículo 81 de la Constitución
y el CE, están provocando
efectos nocivos para la democracia
electoral en el país, al
brindar oportunidades o beneficios
distintos a los diferentes
candidatos, ya sea debido a los
procedimientos engorrosos establecidos
en el Código, a las sanciones
blandas que lejos de desalentar
las infracciones, las incentivan,
y por la ausencia de
un mayor protagonismo de la
autoridad electoral en la resolución
de este problema”, externó
el funcionario.
Asimismo, indicó que es necesario
regular las donaciones
privadas, forma y montos a través
del bitcoin, debido a que es
un activo de curso legal con valor
liberatorio y puede ser utilizado
por los salvadoreños para
financiar las campañas políticas
de candidatos partidarios y
no partidarios, inyectando capitales
nacionales y foráneos mediante
esta criptomoneda, la
cual puede provocar desigualdades
o asimetrías entre los partidos
políticos y candidatos en
contienda. De aceptarse las donaciones
en bitcoin, deberá encontrarse
la forma de determinar
quiénes son los donantes
privados de cada partido o candidatura,
para lo cual es importante
determinar la trazabilidad
de las operaciones financieras,
la posibilidad de establecer
un límite mínimo y máximo de
esta clase de donaciones. Será necesario
regular la forma más
precisa y el procedimiento
para la presentación ante la
autoridad electoral, de los informes
financieros o el reporte
de sus fuentes de financiamiento
privado, tanto en dólares
como el bitcoin.
Debido a la sentencia de
la Sala de lo Constitucional
98-2015, de 23 de octubre de
2020, que autorizó la postulación
de candidaturas no
partidarias para integrar concejos
municipales, es necesario
regular la forma en que
las candidaturas individuales
pueden presentarse para
ocupar los cargos existentes,
la propuesta es que si se postulan
candidatos individuales
para cada cargo sin conformar
una planilla, es recomendable
proponer que en la
medida de lo posible, formen
parte de una misma planilla.
Otra de las propuestas
presentadas por Olivo es la
regulación de elementos para
garantizar el sufragio pasivo
y activo desde el exterior, por
lo cual es necesario la definición
del Documento Único
de Identidad, determinar
si será un voto postal; por
internet desde casa, presencial
con máquina pos; o voto
mixto, que incluye postal y
electrónico.
Julio Olivo, magistrado del TSE, considera necesaria una serie de reformas
electorales, para garantizar elecciones modernas, eficaces y transparentes
en 2024. Foto Diario Co Latino/Cortesía.