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proyecto de consolidación y restauración del acueducto del ...

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SERVICIO DE ARQUITECTURA Y URBANISMO – DIPUTACIÓN DE TERUEL<br />

PROYECTO DE CONSOLIDACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL ACUEDUCTO DEL MOLINILLO DE ALCAÑIZ<br />

PLIEGO DE CONDICIONES<br />

_________________________________________________________________________________________________________<br />

subcontratar con terceros la realización <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminadas unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> obra, siempre que cumpla<br />

los siguientes requisitos:<br />

1º.- Que se dé conocimiento por escrito a la Diputación <strong>de</strong> Teruel <strong>de</strong>l subcontrato a<br />

celebrar, con indicación <strong>de</strong> las partes <strong>de</strong> obra a realizar y sus condiciones<br />

económicas, a fin <strong>de</strong> que aquella lo autorice previamente.<br />

2º.- Que las unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> obra que el adjudicatario contrate con terceros no exceda <strong>de</strong>l 50<br />

% <strong>de</strong>l presupuesto <strong>de</strong> adjudicación.<br />

Los subcontratistas, que <strong>de</strong>berán tener capacidad para contratar, quedarán obligados sólo<br />

frente al contratista principal, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad <strong>de</strong> la obra frente a la<br />

Administración, con arreglo al Pliego <strong>de</strong> Cláusulas Administrativas particulares y a los términos <strong>de</strong>l<br />

Contrato, como si él mismo la hubiese realizado.<br />

En cualquier caso se tendrá en cuenta el contenido <strong>de</strong> la Ley 32/2006, <strong>de</strong> 18 <strong>de</strong> octubre,<br />

reguladora <strong>de</strong> la Subcontratación en el Sector <strong>de</strong> la Construcción, <strong>de</strong>biendo inscribirse dichas<br />

subcontrataciones en el correspondiente Libro, habilitado al efecto.<br />

ARTICULO 15.<br />

CLASIFICACION, REPLANTEO, RITMO DE LAS OBRAS Y PENALIZACIONES<br />

A. Clasificación <strong>de</strong>l Contratista.<br />

Teniendo en cuenta las características <strong>de</strong> la obra, NO SE PRECISA clasificación <strong>de</strong>l<br />

contratista.<br />

B.- Accesos.<br />

En el caso en que fueran necesarios, el Constructor dispondrá por su cuenta los accesos<br />

a la obra y el cerramiento o vallado <strong>de</strong> ésta.<br />

La Dirección Facultativa podrá exigir su modificación o mejora si, a su juicio, no reúnen las<br />

<strong>de</strong>bidas condiciones <strong>de</strong> amplitud, seguridad ó idoneidad.<br />

C.- Comprobación <strong>de</strong> Replanteo.<br />

El Constructor iniciará las obras con la comprobación <strong>de</strong> replanteo <strong>de</strong> las mismas en el<br />

terreno, señalando las referencias principales que mantendrá como base <strong>de</strong> ulteriores replanteos<br />

parciales. Dichos trabajos se consi<strong>de</strong>rarán a cargo <strong>de</strong>l Contratista e incluido en su oferta.<br />

D.- Plazos <strong>de</strong> inicio y ejecución <strong>de</strong> las obras.<br />

El plazo máximo <strong>de</strong> ejecución <strong>de</strong> las obras será <strong>de</strong> 4 meses, (CUATRO MESES),<br />

contados <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> comprobación <strong>de</strong> replanteo, que <strong>de</strong>berá llevarse a cabo <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los<br />

20 días siguientes a la notificación <strong>de</strong> la adjudicación a su favor.<br />

De la comprobación <strong>de</strong> replanteo se levantará un acta por triplicado, firmada por el<br />

Arquitecto Director <strong>de</strong> las obras y el Contratista o su representante <strong>de</strong>bidamente autorizado.<br />

E.- Suspensión <strong>de</strong> las obras.<br />

Si la Diputación Provincial acordase la suspensión <strong>de</strong> las obras o ésta se produjese por<br />

iniciativa <strong>de</strong>l contratista como consecuencia <strong>de</strong>l impago <strong>de</strong> certificaciones por parte <strong>de</strong> la<br />

Propiedad <strong>de</strong> acuerdo con lo previsto en la Ley <strong>de</strong> Contratos <strong>de</strong>l Sector Público, se levantará un<br />

acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación <strong>de</strong> hecho en la<br />

ejecución <strong>de</strong> las obras.<br />

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