proyecto de consolidación y restauración del acueducto del ...
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SERVICIO DE ARQUITECTURA Y URBANISMO – DIPUTACIÓN DE TERUEL<br />
PROYECTO DE CONSOLIDACIÓN Y RESTAURACIÓN DEL ACUEDUCTO DEL MOLINILLO DE ALCAÑIZ<br />
PLIEGO DE CONDICIONES<br />
_________________________________________________________________________________________________________<br />
subcontratar con terceros la realización <strong>de</strong> <strong>de</strong>terminadas unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> obra, siempre que cumpla<br />
los siguientes requisitos:<br />
1º.- Que se dé conocimiento por escrito a la Diputación <strong>de</strong> Teruel <strong>de</strong>l subcontrato a<br />
celebrar, con indicación <strong>de</strong> las partes <strong>de</strong> obra a realizar y sus condiciones<br />
económicas, a fin <strong>de</strong> que aquella lo autorice previamente.<br />
2º.- Que las unida<strong>de</strong>s <strong>de</strong> obra que el adjudicatario contrate con terceros no exceda <strong>de</strong>l 50<br />
% <strong>de</strong>l presupuesto <strong>de</strong> adjudicación.<br />
Los subcontratistas, que <strong>de</strong>berán tener capacidad para contratar, quedarán obligados sólo<br />
frente al contratista principal, que asumirá, por tanto, la total responsabilidad <strong>de</strong> la obra frente a la<br />
Administración, con arreglo al Pliego <strong>de</strong> Cláusulas Administrativas particulares y a los términos <strong>de</strong>l<br />
Contrato, como si él mismo la hubiese realizado.<br />
En cualquier caso se tendrá en cuenta el contenido <strong>de</strong> la Ley 32/2006, <strong>de</strong> 18 <strong>de</strong> octubre,<br />
reguladora <strong>de</strong> la Subcontratación en el Sector <strong>de</strong> la Construcción, <strong>de</strong>biendo inscribirse dichas<br />
subcontrataciones en el correspondiente Libro, habilitado al efecto.<br />
ARTICULO 15.<br />
CLASIFICACION, REPLANTEO, RITMO DE LAS OBRAS Y PENALIZACIONES<br />
A. Clasificación <strong>de</strong>l Contratista.<br />
Teniendo en cuenta las características <strong>de</strong> la obra, NO SE PRECISA clasificación <strong>de</strong>l<br />
contratista.<br />
B.- Accesos.<br />
En el caso en que fueran necesarios, el Constructor dispondrá por su cuenta los accesos<br />
a la obra y el cerramiento o vallado <strong>de</strong> ésta.<br />
La Dirección Facultativa podrá exigir su modificación o mejora si, a su juicio, no reúnen las<br />
<strong>de</strong>bidas condiciones <strong>de</strong> amplitud, seguridad ó idoneidad.<br />
C.- Comprobación <strong>de</strong> Replanteo.<br />
El Constructor iniciará las obras con la comprobación <strong>de</strong> replanteo <strong>de</strong> las mismas en el<br />
terreno, señalando las referencias principales que mantendrá como base <strong>de</strong> ulteriores replanteos<br />
parciales. Dichos trabajos se consi<strong>de</strong>rarán a cargo <strong>de</strong>l Contratista e incluido en su oferta.<br />
D.- Plazos <strong>de</strong> inicio y ejecución <strong>de</strong> las obras.<br />
El plazo máximo <strong>de</strong> ejecución <strong>de</strong> las obras será <strong>de</strong> 4 meses, (CUATRO MESES),<br />
contados <strong>de</strong>s<strong>de</strong> la fecha <strong>de</strong> comprobación <strong>de</strong> replanteo, que <strong>de</strong>berá llevarse a cabo <strong>de</strong>ntro <strong>de</strong> los<br />
20 días siguientes a la notificación <strong>de</strong> la adjudicación a su favor.<br />
De la comprobación <strong>de</strong> replanteo se levantará un acta por triplicado, firmada por el<br />
Arquitecto Director <strong>de</strong> las obras y el Contratista o su representante <strong>de</strong>bidamente autorizado.<br />
E.- Suspensión <strong>de</strong> las obras.<br />
Si la Diputación Provincial acordase la suspensión <strong>de</strong> las obras o ésta se produjese por<br />
iniciativa <strong>de</strong>l contratista como consecuencia <strong>de</strong>l impago <strong>de</strong> certificaciones por parte <strong>de</strong> la<br />
Propiedad <strong>de</strong> acuerdo con lo previsto en la Ley <strong>de</strong> Contratos <strong>de</strong>l Sector Público, se levantará un<br />
acta en la que se consignarán las circunstancias que la han motivado y la situación <strong>de</strong> hecho en la<br />
ejecución <strong>de</strong> las obras.<br />
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