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Informe anual

Informe anual - Bankinter

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1.6. Competencias<br />

La Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo tiene, entre otras, las siguientes<br />

competencias, de acuerdo con la Ley, con los Estatutos Sociales y con el Reglamento del<br />

Consejo de Administración:<br />

1. Informar en la Junta General, a través de su Presidente, sobre el estado del control de<br />

la Sociedad y las actividades de la Comisión durante el ejercicio y sobre las cuestiones<br />

que en aquélla planteen los accionistas en materias de la competencia de la Comisión.<br />

2. Proponer al Consejo de Administración, para su sometimiento a la Junta General, el<br />

nombramiento, reelección o sustitución de los auditores de cuentas externos, así como<br />

las condiciones de su contratación, el alcance de su mandato profesional, la<br />

supervisión de las actividades ajenas a la propia auditoría de cuentas y la garantía de<br />

la independencia del auditor externo.<br />

3. Proponer al Consejo de Administración la aprobación del <strong>Informe</strong> Anual de la<br />

Comisión de Auditoría y Cumplimiento Normativo.<br />

4. Supervisar la eficacia del control interno, los servicios de auditoría interna de la<br />

Sociedad y los sistemas de control de riesgos y velar por la independencia y eficacia de<br />

dicha función.<br />

5. Conocer y supervisar el proceso de elaboración y la integridad de la información<br />

financiera y los sistemas de control interno de la Sociedad.<br />

6. Impulsar y revisar periódicamente el funcionamiento de sistemas de control interno<br />

adecuados que garanticen la gestión adecuada de los riesgos de la Sociedad.<br />

7. Velar por la independencia del auditor externo y recibir de éste información sobre<br />

aquellas cuestiones que puedan poner en riesgo la independencia de los mismos y<br />

cualesquiera otras relacionadas con el proceso de desarrollo de la auditoría de cuentas,<br />

así como aquéllas otras comunicaciones previstas en la legislación de auditoría de<br />

cuentas y en las normas técnicas de auditoría. En todo caso, deberán recibir<br />

<strong>anual</strong>mente de los auditores de cuentas la confirmación escrita de su independencia<br />

frente a la entidad o entidades vinculadas a ésta directa o indirectamente, así como la<br />

información de los servicios adicionales de cualquier clase prestados a estas entidades<br />

por los citados auditores o sociedades, o por las personas o entidades vinculados a<br />

éstos de acuerdo a lo dispuesto en la legislación de auditoría de cuentas.<br />

7.bis Emitir <strong>anual</strong>mente, con carácter previo a la emisión del informe de auditoría de<br />

cuentas, un informe en el que se expresará una opinión sobre la independencia de los<br />

auditores de cuentas o sociedades de auditoría. Este informe deberá pronunciarse, en<br />

todo caso, sobre la prestación de los servicios adicionales a que hace referencia el<br />

apartado anterior.<br />

8. Servir de canal de comunicación entre el Consejo de Administración y los auditores<br />

externos e internos, evaluar los resultados de los informes de auditoría y el<br />

cumplimiento de las observaciones y conclusiones formuladas, así como discutir con<br />

los auditores de cuentas las debilidades significativas del sistema de control interno<br />

detectadas en el desarrollo de la auditoría.<br />

9. Supervisar el cumplimiento del contrato de auditoría, procurando que la opinión sobre<br />

las cuentas <strong>anual</strong>es y los contenidos principales del informe de auditoría sean<br />

elaborados de forma precisa y transparente.<br />

10. Examinar en caso de renuncia del auditor externo las circunstancias que la hubieran<br />

motivado.<br />

11. Favorecer que el auditor del grupo asuma la responsabilidad de las auditorías de las<br />

empresas que lo integren.<br />

12. Informar al Consejo con carácter previo a la adopción de éste de las correspondientes<br />

decisiones de constitución de sociedades, empresas, asociaciones, fundaciones y<br />

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