19.01.2016 Views

2fd4pglVG

2fd4pglVG

2fd4pglVG

SHOW MORE
SHOW LESS

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

H. Ayuntamiento de Puerto Vallarta, Jalisco, 2015-2018<br />

DISTRITO URBANO 10<br />

Artículo 79. Los programas de desarrollo urbano tendrán como propósito central establecer la política urbana a<br />

seguir en el estado, desarrollando en su contenido el componente sustantivo y normativo del sistema de<br />

planeación urbana estatal; esto es, el diagnóstico de la situación del nivel de planeación que le corresponda y<br />

la definición de los objetivos y metas que se pretenden alcanzar en el tiempo.<br />

Artículo 80. Los planes de referencia y los planes básicos de desarrollo urbano tendrán como propósito central<br />

desarrollar el componente estratégico del sistema de planeación urbana estatal; esto es, definir la estrategia de<br />

acción y de intervención gubernamental para cumplir con lo establecido por la política urbana en los programas<br />

de desarrollo urbano.<br />

Artículo 81. Los planes de referencia serán documentos de consulta obligada por los municipios en el proceso<br />

de formulación, aprobación, aplicación y cumplimiento de los planes básicos de desarrollo urbano. Respetando<br />

la autonomía municipal, estos documentos definirán lineamientos generales de ordenamiento territorial en la<br />

materia que corresponde a cada uno de los tres planes, para garantizar la congruencia, la integralidad, la<br />

sustentabilidad, la visión de largo plazo y la racionalidad de la política urbana estatal y municipal.<br />

Artículo 82. Los programas y planes de desarrollo urbano se elaborarán conforme las disposiciones del Código<br />

y serán publicados íntegramente, en un plazo de veinte días a partir de la fecha en que se autoricen, en los<br />

siguientes medios oficiales de divulgación:<br />

I. El programa estatal de desarrollo urbano, los planes regionales de integración urbana y los planes de<br />

ordenamiento territorial metropolitanos, se publicarán en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco";<br />

II. El programa municipal de desarrollo urbano, los planes de desarrollo urbano de los centros de población, los<br />

planes parciales de desarrollo urbano en las cuales participe el Municipio, se publicarán:<br />

a) En la Gaceta Oficial del Municipio o en el medio oficial de divulgación previsto por el reglamento<br />

aplicable y en caso de no existir éstos, en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco"; y<br />

b) En los lugares visibles de la cabecera municipal, lo cual debe certificar el servidor público encargado de<br />

la Secretaría del Ayuntamiento, así como los delegados y agentes municipales en su caso.<br />

Asimismo, se publicará en dos diarios de mayor circulación en las localidades comprendidas en el área de<br />

aplicación del plan o programa, una inserción donde se informe respecto a su aprobación y publicación en el<br />

medio oficial de divulgación correspondiente de acuerdo a las fracciones anteriores.<br />

Artículo 83. El Gobernador del Estado y los presidentes municipales, en sus respectivos ámbitos de<br />

competencia, solamente ordenarán la publicación e inscripción de un programa o plan, si previamente se<br />

aprobó con apego a las disposiciones del Código y si existe congruencia con los programas y planes de<br />

desarrollo urbano y de ordenamiento ecológico aplicables en el ámbito estatal, regional y municipal.<br />

Artículo 84. Los programas y planes previstos en el artículo 78 del Código:<br />

I. Entrarán en vigor a partir de su publicación en el medio oficial de divulgación que corresponda;<br />

II. Deberán ser inscritos dentro de los veinte días siguientes a la fecha de su publicación, en el Registro Público<br />

de la Propiedad y, una vez inscritos, comenzarán a surtir efectos contra terceros; y<br />

42 /PÁGINA<br />

18

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!