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Transportes Angel S.A DE C.V. efectuará el pago de los servicios una vez la mercaderia se<br />

encuentre en el a Aduana la Ermita, bajo el siguiente criterio:<br />

Comentario: Siempre que los servicios de transporte, se efectúen en el exterior y los bienes que<br />

sean transportados tengan destino final el territorio salvadoreño, estamos en presencia de<br />

servicios utilizados en el país, conforme al Art 16 De La Ley Del Impuesto Sobre la renta,<br />

independientemente si la empresa de transporte terrestre arriba con los bienes hasta la aduana<br />

salvadoreña o desembarca en una aduana extranjera desde donde serán conducidos hasta<br />

nuestro país.<br />

En virtud de lo anterior transportes el Chapín es una empresa no domiciliada, aunque el servicio<br />

que preste se agote en el exterior la Aduana Guatemalteca, pero el destino de los bienes será el<br />

territorio salvadoreño por lo tanto se le debe de retener el 5% a la Empresa de Transporte El<br />

Chapín S.A en base al Art 158 del Código Tributario literal a).<br />

Por lo que Transportes Angel S.A DE C.V emitira pago por $ 190.00. y en base a las<br />

regulaciones del codifgo tributario se le efectua la retencion y se le emite la<br />

correspondiente constancia al No Domicilado<br />

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