Manual sobre Sismo Resistencia - Camacol
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MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL<br />
COMISIÓN ASESORA PERMANENTE PARA EL RÉGIMEN DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES<br />
(Creada por medio de la Ley 400 de 1997)<br />
<strong>Manual</strong> <strong>sobre</strong> <strong>Sismo</strong> <strong>Resistencia</strong><br />
Antecedentes de la legislación colombiana<br />
<strong>sobre</strong> sismo resistencia<br />
¿Qué es una normativa sismo resistente?<br />
Las normas sismo resistentes presentan requisitos mínimos que, en alguna<br />
medida, garantizan que se cumpla el fin primordial de salvaguardar las vidas<br />
humanas ante la ocurrencia de un sismo fuerte. No obstante, la defensa de la<br />
propiedad es un resultado indirecto de la aplicación de los normas, pues al<br />
defender las vidas humanas, se obtiene una protección de la propiedad, como un<br />
subproducto de la defensa de la vida.<br />
¿Cuándo se adoptó en Colombia una normativa sismo resistente<br />
por primera vez?<br />
A raíz de la ocurrencia del sismo de Popayán el Congreso de la República expidió<br />
la Ley 11 de 1983, por medio de la cual se determinaban las pautas bajo las<br />
cuales debía llevarse a cabo la reconstrucción de esta ciudad y las otras zonas<br />
afectadas por el sismo. Dentro de uno de los artículos de esta Ley se autorizaba al<br />
Gobierno Nacional para emitir una reglamentación de construcción anti sísmica y<br />
además lo facultaba para hacerla extensiva al resto del país. Con base en la<br />
discusión pública y en la aceptación dada por la Sociedad Colombiana de<br />
Ingenieros del borrador elaborado por la Asociación Colombiana de Ingeniería<br />
Sísmica, AIS, el Ministro de Obras Públicas y Transporte recomendó al Presidente<br />
de la República la expedición de un Decreto, autorizado por la facultades<br />
extraordinarias que le confería la Ley 11 de 1983, por medio del cual se adoptó<br />
para uso obligatorio en todo el territorio nacional la primera normativa sismo<br />
resistente nacional por medio del Decreto 1400 de Junio 7 de 1984, "Código<br />
Colombiano de Construcciones <strong>Sismo</strong> Resistentes".<br />
¿Cuáles eran las deficiencias más notables en la práctica<br />
constructiva nacional antes de la adopción del la primera<br />
legislación <strong>sobre</strong> sismo resistencia colombiana en 1984?<br />
Las deficiencias más notables se pueden resumir en:<br />
• Daño grave y colapso concentrado especialmente en edificios de cinco pisos o<br />
menos. No sobra recordar que hasta finales de la década de 1970 existía la<br />
creencia errada generalizada dentro de los ingenieros nacionales que los<br />
edificios de baja altura no requerían diseño sismo resistente.<br />
Secretaría de la Comisión:<br />
Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica<br />
Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827<br />
Hoja N° 18