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Manual sobre Sismo Resistencia - Camacol

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MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL<br />

COMISIÓN ASESORA PERMANENTE PARA EL RÉGIMEN DE CONSTRUCCIONES SISMO RESISTENTES<br />

(Creada por medio de la Ley 400 de 1997)<br />

<strong>Manual</strong> <strong>sobre</strong> <strong>Sismo</strong> <strong>Resistencia</strong><br />

Antecedentes de la legislación colombiana<br />

<strong>sobre</strong> sismo resistencia<br />

¿Qué es una normativa sismo resistente?<br />

Las normas sismo resistentes presentan requisitos mínimos que, en alguna<br />

medida, garantizan que se cumpla el fin primordial de salvaguardar las vidas<br />

humanas ante la ocurrencia de un sismo fuerte. No obstante, la defensa de la<br />

propiedad es un resultado indirecto de la aplicación de los normas, pues al<br />

defender las vidas humanas, se obtiene una protección de la propiedad, como un<br />

subproducto de la defensa de la vida.<br />

¿Cuándo se adoptó en Colombia una normativa sismo resistente<br />

por primera vez?<br />

A raíz de la ocurrencia del sismo de Popayán el Congreso de la República expidió<br />

la Ley 11 de 1983, por medio de la cual se determinaban las pautas bajo las<br />

cuales debía llevarse a cabo la reconstrucción de esta ciudad y las otras zonas<br />

afectadas por el sismo. Dentro de uno de los artículos de esta Ley se autorizaba al<br />

Gobierno Nacional para emitir una reglamentación de construcción anti sísmica y<br />

además lo facultaba para hacerla extensiva al resto del país. Con base en la<br />

discusión pública y en la aceptación dada por la Sociedad Colombiana de<br />

Ingenieros del borrador elaborado por la Asociación Colombiana de Ingeniería<br />

Sísmica, AIS, el Ministro de Obras Públicas y Transporte recomendó al Presidente<br />

de la República la expedición de un Decreto, autorizado por la facultades<br />

extraordinarias que le confería la Ley 11 de 1983, por medio del cual se adoptó<br />

para uso obligatorio en todo el territorio nacional la primera normativa sismo<br />

resistente nacional por medio del Decreto 1400 de Junio 7 de 1984, "Código<br />

Colombiano de Construcciones <strong>Sismo</strong> Resistentes".<br />

¿Cuáles eran las deficiencias más notables en la práctica<br />

constructiva nacional antes de la adopción del la primera<br />

legislación <strong>sobre</strong> sismo resistencia colombiana en 1984?<br />

Las deficiencias más notables se pueden resumir en:<br />

• Daño grave y colapso concentrado especialmente en edificios de cinco pisos o<br />

menos. No sobra recordar que hasta finales de la década de 1970 existía la<br />

creencia errada generalizada dentro de los ingenieros nacionales que los<br />

edificios de baja altura no requerían diseño sismo resistente.<br />

Secretaría de la Comisión:<br />

Asociación Colombiana de Ingeniería Sísmica<br />

Carrera 20 N° 84-14 Oficina 502 • Bogotá, D. C., COLOMBIA • Teléfono: 530-0826 • Fax: 530-0827<br />

Hoja N° 18

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