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EJEMPLO DE MASTER FILE - CISS

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<strong>EJEMPLO</strong> <strong>DE</strong> <strong>MASTER</strong> <strong>FILE</strong>


2.2. DOCUMENTACION <strong>DE</strong> GRUPO CON MATRIZ<br />

RESI<strong>DE</strong>NTE EN ESPAÑA<br />

Ejemplo 1: Breve exposición del caso<br />

Grupo empresarial español con presencia en varios países. Se dedica a la<br />

fabricación y distribución de productos metalúrgicos para almacenistas o<br />

fabricantes independientes. Normalmente adquiere todos sus productos de<br />

proveedores terceros, nacionales o extranjeros. En España, vende a sus clientes a<br />

través de su red comercial propia y en el extranjero sólo vende a sus filiales, que<br />

se dedican exclusivamente a la distribución, las cuales se encargan de desarrollar<br />

el negocio en su respectivo territorio.<br />

Posible formato y contenido del Masterfile<br />

A continuación, se desarrolla un posible contenido de Masferfile adaptado a las<br />

circunstancias del ejemplo.<br />

1. INTRODUCCIÓN<br />

La introducción ha de contener cualquier información que suponga la<br />

presentación del trabajo y, en particular, ha de contener el alcance, y el periodo que<br />

comprende junto con la estructura del Informe.<br />

Alcance del trabajo realizado<br />

“Este trabajo tiene por objeto documentar la política de precios de transferencia<br />

seguida en la venta de productos por parte de las compañías de<br />

transformación/fabricación del Grupo a distribuidores vinculados así como cualquier<br />

otra operación vinculada realizada entre compañías del Grupo para el año fiscal<br />

cerrado a 31 de diciembre de 2008.”<br />

“El objetivo de la presente documentación es satisfacer los requisitos en materia<br />

de precios de transferencia recogidos en la Ley del Impuesto sobre Sociedades<br />

(artículo 16, RDL 4 / 2006, Ley del Impuesto sobre Sociedades-LIS)1, en su versión<br />

modificada por la Ley 36/2006 sobre Medidas para prevenir el fraude fiscal, así<br />

como los recogidos en el RD 1793/2008, de 3 de noviembre, por el que se modifica el<br />

Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el real decreto 1777/2004,<br />

de 30 de julio.”<br />

Estructura del presente informe<br />

A raíz de las recomendaciones del Consejo Europeo de la Unión Europea sobre<br />

documentación de precios de transferencia, la normativa española para el desarrollo<br />

de la documentación de los precios de transferencia requiere la preparación de dicha<br />

1 Los requisitos de documentación de precios de transferencia se han desarrollado por el RD 1793/2008 de fecha<br />

de 3 de noviembre.


documentación en dos niveles diferentes: la información sobre el Grupo y la<br />

información sobre los obligados tributarios.<br />

“La información sobre el Grupo (Masterfile) incluye los siguientes puntos:<br />

o Información general relevante sobre el Grupo: breve historia del mismo,<br />

unidades de negocio, productos, estructura jurídica y de organización,<br />

caracterización general de las entidades en el seno del Grupo, la<br />

identificación de las entidades que realicen actividades en beneficio de<br />

otras compañías, descripción general de funciones.<br />

o El análisis de la industria: visión general de la industria metalúrgica, con<br />

la descripción de la situación económica y otras circunstancias que<br />

puedan afectar al mercado y el negocio del obligado tributario.<br />

o Análisis funcional de las entidades con detalles sobre las actividades<br />

llevadas a cabo, las funciones desempeñadas, los activos empleados y los<br />

riesgos asumidos.<br />

o Descripción de la política de precios de transferencia.<br />

o Descripción de la titularidad de los intangibles<br />

o Identificación de los acuerdos de reparto de costes o contratos de<br />

prestación de servicios.<br />

o APA o procedimientos amistosos en curso o que se encuentran en vigor.<br />

La información incluida en la sección relacionada con cada filial incluye lo<br />

siguiente (información del obligado tributario):<br />

o Descripción detallada de las transacciones vinculadas llevadas a cabo<br />

por la entidad en el año fiscal 2008, con detalles sobre el tipo de<br />

operación, compañía vinculada involucrada, y el importe anual.<br />

o Análisis de comparabilidad de cada transacción identificada, incluyendo<br />

la justificación de la metodología seleccionada, la aplicación de la<br />

metodología, y los resultados del principio de plena competencia<br />

obtenidos.”<br />

<strong>MASTER</strong><strong>FILE</strong><br />

1. <strong>DE</strong>SCRIPCIÓN GENERAL <strong>DE</strong>L GRUPO<br />

1.1 Breve historia del Grupo y de su evolución<br />

En este apartado, se puede describir la evolución del grupo; cuándo fue fundado,<br />

cuándo se inició su expansión y hacia dónde hasta la fecha actual. Hay que destacar<br />

cualquier modificación acontecida en el ejercicio.<br />

Al final, puede incluirse un organigrama y un mapa de localización de todas las<br />

compañías del Grupo. En el organigrama, se indicará la participación accionarial así<br />

como, en su caso, se identificarán los accionistas del Grupo.<br />

1.2 Estructura legal


El siguiente gráfico muestra la estructura legal del Grupo a fecha 31 de<br />

diciembre de 2008:<br />

B<br />

(100%)<br />

P. BAJOS<br />

A<br />

ESPAÑA<br />

H<br />

(100%)<br />

BELGICA<br />

I<br />

(100%)<br />

C<br />

(100%)<br />

FRANCIA<br />

LUXEMBURGO<br />

1.3 Actividades del Grupo<br />

D<br />

(100%)<br />

R. UNIDO<br />

Estructura legal del Grupo<br />

K<br />

(100%)<br />

ESPAÑA<br />

100%<br />

SERVICIOS<br />

TRAMSFORMACION/<br />

DISTRIBUCIÓN<br />

En este apartado, hay que indicar las actividades que llevan a cabo las entidades<br />

del Grupo en general; en qué consisten y cómo están organizadas. El siguiente párrafo<br />

recoge un ejemplo de este punto:<br />

“El Grupo ofrece todo tipo de productos metalúrgicos en inventario permanente.<br />

Además ofrece a sus clientes, a través de las instalaciones de sus Centros de<br />

Servicios,”<br />

- Un completo centro de servicio con instalaciones de alta calidad de corte, tanto<br />

para barras como para tubos.<br />

- Una sección de acabado de superficie con afilado, satinado, pulido, manipulación y<br />

revestimiento de plástico para hojas en todos los tamaños.<br />

Esto permite la posibilidad de ofrecer productos personalizados para satisfacer las<br />

necesidades específicas de los clientes en diferentes sectores. “<br />

F<br />

(100%)<br />

ARGENTINA<br />

(Grupo Familiar)<br />

G. F.<br />

100% 100%<br />

A E<br />

E<br />

U.S.A.<br />

100%<br />

G<br />

(70%)<br />

CANADÁ


1.4 Estructura operativa del Grupo<br />

Teniendo en cuenta la estructura operativa del Grupo, las distintas compañías se<br />

clasifican considerando sus actividades. Una clasificación podría ser:<br />

Entidades de transformación<br />

“Las actividades de transformación que lleva a cabo el Grupo son,<br />

principalmente, realizadas por las compañías A y E:<br />

Ambas realizan las mismas actividades de corte, manipulación y acabado de los<br />

productos adquiridos a terceros para adaptarlos a los requerimientos de los clientes.<br />

Estas entidades mantienen las principales instalaciones y almacenes para cubrir<br />

las necesidades de abastecimiento propias y del resto de filiales del Grupo,<br />

centralizando las previsiones de compra para las entidades del Grupo. A abastece al<br />

mercado español directamente y a las filiales europeas y E abastece el mercado de<br />

Estados Unidos, su mercado de exportación y a las filiales americanas.”<br />

Entidades de distribución<br />

“La mayoría de las entidades del Grupo se dedican a las actividades de distribución.<br />

Las entidades de distribución de los Grupos venden productos que adquieren de las<br />

entidades A o E principalmente en sus respectivos mercados locales. En ocasiones,<br />

pueden adquirir productos muy específicos a terceros que son sustancialmente<br />

distintos a los adquiridos a A o E<br />

Cada entidad de distribución tiene unas instalaciones de almacenaje limitadas ya<br />

que no cuentan con importantes stocks. Estas entidades venden los productos a sus<br />

clientes en función de las peticiones realizadas por ellos. Las entidades de<br />

distribución disponen de una oficina, un almacén así como personal comercial y<br />

administrativo.<br />

Las entidades distribuidoras del Grupo son las siguientes:<br />

B: Países Bajos<br />

C: Francia<br />

D: Reino Unido<br />

F: Argentina<br />

G: Canadá<br />

H: Bélgica<br />

I: Luxemburgo<br />

1.4.3 Otras entidades<br />

“Hay algunas entidades en el Grupo que desarrollan otras actividades. Estas son:<br />

La entidad A es la compañía que asume la dirección estratégica del Grupo. Es<br />

además la entidad que posee los intangibles del Grupo, en especial, las marcas.


La entidad K es una empresa dedicada a la prestación de servicios de gestión<br />

para otras entidades del Grupo, en especial para las entidades europeas, cuya<br />

estructura de personal es escasa.”<br />

2. ANÁLISIS <strong>DE</strong> LA INDUSTRIA<br />

Aunque el análisis de la industria no es un requisito específico del contenido de la<br />

Masterfile, proporciona una visión general de las características específicas del<br />

negocio del Grupo, así como información muy útil para explicar circunstancias que<br />

deben tenerse en cuenta para el análisis de comparabilidad como se indica en las<br />

Directrices de la OC<strong>DE</strong> (p. 1.30 a 1.35), en especial las características del mercado<br />

geográfico, el nivel de competencia en ese mercado, las posiciones competitivas de<br />

compradores y vendedores, la disponibilidad de bienes o servicios sustitutivos, el<br />

nivel de la oferta y la demanda en el mercado, la naturaleza y extensión de las<br />

regulaciones gubernamentales y las estrategias que son tenidas en cuenta por el<br />

Grupo.<br />

Por consiguiente, se aconseja incluirlo en la documentación aunque, en función de<br />

las circunstancias, puede incluirse en el Masterfile o en la información relativa al<br />

obligado tributario.<br />

Esta sección puede incluir cualquier tipo de información que se considere<br />

relevante. En este caso, se ha optado por explicar las características de la industria y la<br />

tipología de los productos.<br />

2.1 Características de la industria<br />

En este apartado, hay que describir las características del sector, en este caso, el<br />

metalúrgico, sus principales variables macroeconómicas en el mundo o en el territorio<br />

donde el Grupo tiene presencia referido al ejercicio que se documenta.<br />

Pueden mencionarse asimismo los hitos principales que se hayan producido en el<br />

ejercicio: evolución de la oferta y demanda, evolución de los precios, incidencia en el<br />

sector de la evolución económica.<br />

Finalmente es conveniente identificar los principales grupos del sector, o de las<br />

características de los competidores en general o cualquier otra información que se<br />

considere pertinente.<br />

2.2 Tipos de productos comercializados por el Grupo.<br />

Definir el catálogo de productos comercializados, sus características distintivas, o<br />

sus peculiaridades.<br />

Indicar si hay alguna clasificación de productos que pueda tener relevancia en el<br />

resultado de la empresa, así productos de precio estable o productos con precios más<br />

variables; productos de alta rotación versus baja rotación, etc.


Mencionar cualquier circunstancia relevante en este sentido, tanto las que<br />

normalmente acontecen como cualquier otra puntual que haya sucedido.<br />

3. <strong>DE</strong>SCRIPCIÓN GENERAL <strong>DE</strong> LAS FUNCIONES Y RIESGOS<br />

Un componente crítico en un análisis de precios de transferencia es el análisis<br />

funcional. De acuerdo con las Directrices de la OC<strong>DE</strong>:<br />

“…para determinar si son comparables entre sí operaciones vinculadas y no<br />

vinculadas o entidades asociadas e independientes, es necesario comparar las<br />

funciones asumidas por las partes. Esta comparación se basa en un análisis<br />

funcional que pretende identificar y comparar actividades y responsabilidades,<br />

significativas desde un punto de vista económico, que son o van a ser asumidas<br />

por la empresa independiente y por la asociada” (par. 1.20 Directrices de la<br />

OC<strong>DE</strong>).<br />

Esta sección proporciona una descripción general de las funciones de las<br />

empresas del Grupo, así como los riesgos asumidos y los activos utilizados por ellos<br />

de acuerdo a la caracterización de las diferentes entidades.<br />

Como se verá en el capítulo siguiente, en este apartado, puede darse una visión<br />

conjunta de las funciones y riesgos de las diferentes entidades o, por el contrario,<br />

puede llevarse a cabo un análisis funcional detallado, en cuyo caso no sería necesario<br />

reiterarlo a nivel de obligado tributario.<br />

3.1 Funciones<br />

Adquisiciones:<br />

Explicar cómo están organizadas las adquisiciones; quién lleva a cabo las<br />

funciones de planificación y compra; características de los proveedores.<br />

“A y E llevan a cabo las funciones de planificación y compra para todo el Grupo.<br />

En este sentido, son las que negocian las condiciones – precio y cantidad – de los<br />

productos, asegurándose de la obtención de los mismos al mejor precio posible,<br />

siendo responsables de los volúmenes que se comprometen a adquirir procurando<br />

asegurar un adecuado aprovisionamiento de material y evitando stocks excesivos. Los<br />

proveedores son entidades independientes tanto nacionales como del sudeste asiático,<br />

principalmente.<br />

Los distribuidores del Grupo se abastecen normalmente de las compañías A y E,<br />

en función de su localización geográfica, aunque también pueden ser suministrados<br />

por terceros debido a necesidades de stock o de la demanda de un producto<br />

específico por parte de un cliente. Los precios con los proveedores locales se pactan<br />

caso por caso y, en general, no suelen exceder del 2% de los aprovisionamientos<br />

totales.”<br />

Transformación


Definir las actividades de transformación, cuál es su proceso; en qué consisten,<br />

etc.<br />

Determinar si una actividad es de valor añadido sustancial, o no.<br />

Indicar si hay activos intangibles vinculados a esta actividad.<br />

“Las actividades de transformación que realizan las entidades A y E son de<br />

escaso valor añadido, consistiendo fundamentalmente en actividades de corte, pulidos<br />

y acabados, no requiriendo intangibles de producción de valor sustancial”<br />

Logística y almacenaje<br />

En grupos que realizan funciones de distribución, la logística y el almacenaje<br />

pueden suponer una función relevante puesto que pueden llevar asociados riesgos<br />

significativos. En este sentido, un párrafo del siguiente tenor puede explicar cómo el<br />

Grupo tiene organizada esta actividad:<br />

“Las actividades de logística y almacenaje son asumidas principalmente por las<br />

compañías de transformación, que son las que cuentan con las mayores instalaciones<br />

de almacenaje del Grupo.<br />

Ya que la alta volatilidad del precio de las materias primas puede afectar<br />

significativamente la valoración de los stocks, A y E controlan y administran los<br />

stocks del Grupo con la intención de mantener un volumen reducido de stock en las<br />

entidades distribuidoras. Estas son tareas claves en el negocio del Grupo cuyos<br />

resultados dependen significativamente de una buena gestión de los inventarios que<br />

permitan reducir al mínimo cualquier riesgo asociado con la volatilidad de precios<br />

de los productos.<br />

Por otra parte, los distribuidores del Grupo poseen stocks e instalaciones<br />

limitadas. Los distribuidores del Grupo venden los productos al cliente final en la<br />

correspondiente región del cliente que hace la demanda. Algunos pedidos son<br />

servidos directamente por A y E que asumen la responsabilidad de la entrega de la<br />

mercancía en los almacenes del cliente.<br />

Los costes asociados al transporte de ventas son de cuenta la entidad que realiza<br />

la venta. “<br />

Control de calidad<br />

“El control de calidad se lleva a cabo por A y E en sus plantas de producción<br />

o transformación. Estas empresas realizan pruebas de calidad en el momento de<br />

recepción de los productos y en el momento de su envío, tanto de las medidas<br />

(normalizadas o adaptadas a las necesidades del cliente) como de las pruebas para<br />

corroborar su correcto acabado de hojas, láminas, tiras, tubos, etc.<br />

Los distribuidores del Grupo participan en menor grado en el control de<br />

calidad, pero se responsabilizan de comprobar que las mercancías que reciben no<br />

hayan sufrido daños y puedan entregarse a los clientes. En caso de apreciar defectos,<br />

han de comunicarlo a las entidades suministradoras.”


Investigación y Desarrollo<br />

Hay que definir si esta actividad es o no relevante para el Grupo. En el caso que<br />

sea relevante, identificar quién la lleva a cabo y cómo está organizada esta actividad.<br />

“Las actividades de I+D no son relevantes para el negocio que realiza el Grupo.<br />

No se realizó ninguna inversión significativa en I+D en el ejercicio 2008”<br />

Distribución / Comercialización<br />

“La distribución de productos es limitada a una zona geográfica por las<br />

necesidades logísticas y de transporte ya que los productos deben ser entregados a<br />

los clientes en un breve espacio de tiempo.<br />

Las entidades vendedoras son responsables de preparar los envíos para su<br />

correcta recepción. Los materiales de embalaje se adquieren localmente a terceros<br />

proveedores.”<br />

Los distribuidores del Grupo tienen oficinas locales con personal comercial y de<br />

apoyo administrativo.”<br />

Marketing<br />

En este apartado, hay que definir cuál es la estrategia de marketing del Grupo,<br />

quién elabora las campañas de marketing, quién asume los costes asociados a los<br />

catálogos, especificaciones técnicas, folletos de publicidad y en general, los materiales<br />

de promoción, para los productos que se comercializan por las diferentes compañías<br />

del Grupo.<br />

“La actividad de marketing y promoción se lleva a cabo centralizadamente por<br />

parte de A, la cual aprueba los presupuestos de las campañas globales de publicidad.<br />

Estas campañas se encargan a empresas de ventas. La publicidad y los costes de las<br />

mismas se refacturan a las diferentes entidades del Grupo en función de sus ventas.<br />

Las compañías locales son las encargadas de realizar las correspondientes<br />

traducciones y de proveerse localmente de los materiales que necesitan, asumiendo<br />

los costes respectivos.”<br />

3.1.8 Administración e IT<br />

Este apartado describe cuáles son las funciones de naturaleza administrativa e<br />

informática y quién las lleva a cabo. Hay que tener en cuenta que los Grupos<br />

normalmente se pueden organizar de una forma más o menos centralizada y, en<br />

función de esta circunstancia, la prestación de servicios será más o menos intensa.<br />

“En el seno del Grupo, hay una compañía que se ha especializado en gestión<br />

administrativa y servicios de IT. Esta compañía presta sus servicios a las compañías<br />

del Grupo que no poseen su propio personal especializado; en especial a las<br />

compañías europeas. Las entidades situadas fuera de Europa no reciben servicios de


la entidad K, puesto que por una parte tienen su propio personal administrativo y,<br />

por otra, reciben asistencia de la entidad E en aquello que pueden necesitar.<br />

Esta actividad comprende entre otros, servicios administrativos generales,<br />

recursos humanos, servicios jurídicos y tributarios y, en general, todo tipo de apoyo y<br />

asistencia para el adecuado funcionamiento de las diferentes entidades del Grupo.”<br />

3.2 Riesgos<br />

En esta parte del documento, se identifican la tipología de riesgos a que están<br />

sometidas las diferentes entidades del Grupo, así como su respectiva relevancia en la<br />

cadena de valor.<br />

Normalmente, la entidad que asume el riesgo es aquella que, con sus medios<br />

personales y materiales, así como su capacidad financiera, está en condiciones de<br />

dirigir y controlar por sí o por terceros, la correspondiente función.<br />

Riesgo de producto<br />

El riesgo vinculado al producto es aquel que se deriva del aumento de precio, de<br />

su volatilidad o de la insuficiencia de oferta en el mercado.<br />

“Los productos que comercializa el Grupo están afectados por la alta volatilidad<br />

de los precios de sus componentes. Por esta razón, los suministradores no suelen fijar<br />

un precio fijo en contratos a largo plazo. Suelen usar un precio que fluctúa en función<br />

de los precios de las materias primas en cada momento.<br />

En este caso, el riesgo derivado del producto es asumido fundamentalmente por<br />

las entidades A y E como centralizadoras de las adquisiciones para el Grupo y puede<br />

ser significativo debido a las oscilaciones del precio.”<br />

Riesgo de inventario


Ejemplo Supuestos para PYMES


Ejemplo 1<br />

La sociedad española A no tiene la consideración de empresa de reducida dimensión.<br />

Su capital pertenece en un 75 por ciento a una sociedad alemana y en otro 25 por<br />

ciento a una accionista minoritario persona física y residente en España. Se plantea<br />

obtener un préstamo bién de su matriz alemana bien de su accionista minoritario, a<br />

cuyos efectos se plantea las diferencias en las obligaciones de documentación:<br />

Solución<br />

Operación suscrita<br />

con matriz<br />

Operación suscrita<br />

con socio minoritario<br />

Documentación del Grupo<br />

Datos de las participantes en las operaciones Sí<br />

Descripción de las operaciones vinculadas con la entidad española Sí<br />

Funciones, activos y riesgos de la operativa. Sí<br />

Intangibles utilizados y retribución Sí<br />

Criterios del Grupo en PT Sí<br />

Acuerdos de servicios o costes compartidos Sí<br />

APAs Sí<br />

Memoria del Grupo Sí<br />

Documentación de la Entidad<br />

Datos de la Entidad y resto de vinculadas (intervinientes si es Paraíso Fiscal) Sí Sí<br />

Análisis de Comparabilidad Sí<br />

Justificación del Método de Valoración y su resultado Sí<br />

Detalle de los acuerdos de reparto de costes Sí<br />

Otra información relevante Sí Sí<br />

Al tratarse de una operación en la que interviene una persona física, las obligaciones<br />

de documentación serían muy reducidas, limitándose prácticamente a la identificación<br />

de las partes, método de valoración utilizado y, en su caso, rango que resulta de dicho<br />

método. En la mayoría de los supuestos, dicha información estaría ya incluida en el<br />

contrato de préstamo.<br />

Ejemplo 2<br />

Una sociedad Px2, cuya una actividad consiste en la promoción inmobiliaria, tiene<br />

residencia fiscal en España, cuenta con un capital íntegramente suscrito por el<br />

matrimonio Pérez-Pérez, que ostenta una participación en la misma del 50 por ciento<br />

cada uno. Esta sociedad ha suscrito un préstamo con sus dos socios personas físicas<br />

por un importe de 1 millón de euros, vencimiento a 5 años y que devenga un tipo de<br />

interés de Euribor a un año incrementado en 1,5 por ciento. La sociedad ha realizado<br />

operaciones similares con entidades financieras.<br />

Solución:<br />

Al ser una de las partes intervinientes una persona física, y no existir grupo mercantil,<br />

las obligaciones de documentación son las que resultan del artículo 20, apartado 3,<br />

letra e) del RIS que incluye los datos de las entidades intervinientes, la identificación<br />

del método de valoración y los intervalos de valores derivados del mismo, así como<br />

cualquier otra información relevante:<br />

Documentación a elaborar<br />

por la sociedad A


Ejemplo 3<br />

Documentación del Grupo<br />

Datos de las participantes en las operaciones<br />

Descripción de las operaciones vinculadas con la entidad española<br />

Funciones, activos y riesgos de la operativa.<br />

Intangibles utilizados y retribución<br />

Criterios del Grupo en PT<br />

Acuerdos de servicios o costes compartidos<br />

APAs<br />

Memoria del Grupo<br />

Documentación de la Entidad<br />

Datos de la Entidad y resto de vinculadas (intervinientes si es Paraíso Fiscal) Sí<br />

Análisis de Comparabilidad<br />

Justificación del Método de Valoración y su resultado Sí<br />

Detalle de los acuerdos de reparto de costes<br />

Otra información relevante Sí<br />

La sociedad FICTICIA, S.A. con N.I.F. A-28641713 y domicilio fiscal en la Glorieta<br />

de Cádiz 1 (Madrid) tiene su sede en unas oficinas de 1.000 metros cuadrados<br />

propiedad de sus socio único Don Matías Hernández Fernández con N.I.F. 895732-J,<br />

cuyo domicilio fiscal está en la calle Suspiros de España número 33 (Barcelona).<br />

El precio acordado por el alquiler es de 9 euros el metro cuadrado al mes. De acuerdo<br />

con una oferta realizada por una Agencia de la Propiedad Inmobiliaria y la<br />

información obtenida de un portal de Internet dedicado al alquiler de inmuebles en el<br />

propio edificio de oficinas y un edificio muy próximo, existen dos locales “libres” de<br />

2.000 metros cuadrados y 150 metros cuadrados siendo el precio de los alquileres<br />

respectivamente de 8 y 13 euros el metro cuadrado al mes.<br />

Solución:<br />

De acuerdo con lo anterior la documentación que debería preparar la Sociedad<br />

teniendo en cuenta que una de las partes es persona física y que ninguno es residente<br />

en un paraíso fiscal es la siguiente:<br />

1. Nombre y apellidos o razón social o denominación completa, domicilio fiscal<br />

y número de identificación fiscal de las partes intervinientes.<br />

Arrendador: Don Matías Hernández Fernández con N.I.F. 895732-J, con domicilio<br />

fiscal en la calle Suspiros de España número 33 (Barcelona).<br />

Arrendatario: FICTICIA, S.A. N.I.F. A-28641713 y domicilio fiscal en la Glorieta de<br />

Cádiz 1 (Madrid)<br />

2. Naturaleza de la operación: Arrendamiento de oficina.<br />

3. Importe de la operación: 2.000 metros x 9 x 12 = 216.000 euros año.<br />

4. Cualquier otra información relevante: Aunque no resulta imprescindible<br />

resultaría interesante adjuntar copia del contrato y de la información obtenida<br />

tanto de la Agencia de la Propiedad Inmobiliaria como del Portal de Internet.


5. Identificación del método de valoración y el intervalo de valores derivado del<br />

mismo: El método utilizado es el precio libre comparable siendo el intervalo<br />

que resulta de los comparables identificados el siguiente:<br />

Precio 8 euros / mes 9 euros / mes 13 euros / mes<br />

Metros cuadrados 2.000 m 2 2.000 m 2 2.000 m 2<br />

Meses 12 12 12<br />

Renta/año 192.000 € 216.000 € 312.000 €


Ejemplo supuesto contable


En el siguiente cuadro se reflejan las obligaciones información y documentación<br />

contable y fiscal en los casos de operaciones vinculadas en las que una de las partes es<br />

una persona física, señalando la documentación exigible en el supuesto contemplado<br />

en el artículo 20.3, letra a) del RIS.<br />

Información y documentación<br />

contable<br />

Memoria<br />

Nota 23.<br />

Identificación de las personas físicas o jurídicas<br />

con las que se han realizado las operaciones,<br />

expresando la naturaleza de la relación con ellas.<br />

Detalle de la operación y su cuantificación:<br />

Política de precios seguida.<br />

Relación de la política de precios con las<br />

operaciones que la empresa utiliza en<br />

operaciones análogas realizadas con terceros<br />

no vinculados.<br />

Criterios y métodos seguidos en la<br />

determinación de la cuantificación de la<br />

operación, cuando no existan operaciones<br />

análogas realizadas con terceros.<br />

Beneficio o pérdida que la operación haya<br />

originado en la empresa.<br />

Descripción de las funciones y riesgos asumidos<br />

por cada parte vinculada respecto de cada<br />

operación.<br />

Importe de los saldos pendientes, tanto activos<br />

como pasivos, con expresión de su naturaleza.<br />

Correcciones valorativas por saldos de dudoso<br />

cobro o incobrables de partes vinculadas.<br />

Gastos reconocidos en el ejercicio como<br />

consecuencia de deudas incobrables con partes<br />

vinculadas.<br />

Documentación soporte<br />

Justificación de la información incluida en la<br />

Memoria. No definida por la norma contable.<br />

Información fiscal<br />

(Artículos 18; 19 y 20 RIS)<br />

Documentación del obligado tributario<br />

Identificación de las partes vinculadas que<br />

realizan la operación incluido su domicilio<br />

Cualquier otra información relevante de que haya<br />

dispuesto el obligado tributario para valorar la<br />

operación<br />

Identificación del método de valoración<br />

utilizado e intervalo de valores utilizado.<br />

Análisis de comparabilidad : Art 20.3.a) RIS<br />

Explicación sobre la selección del método de<br />

valoración elegido; razones de su elección y<br />

resultado de valores o intervalo de valores: Art<br />

20.3.a) RIS<br />

En caso de: Transmisión de negocios o valores o<br />

participaciones en entidades no cotizadas:<br />

Magnitudes.<br />

Ratios<br />

Tipos de interés de los descuentos de flujos<br />

Expectativas y demás valores utilizados<br />

En caso de: Transmisión de inmuebles u<br />

operaciones sobre intangibles:<br />

Selección del método de valoración<br />

Razones de utilización<br />

Forma de aplicación<br />

Valor o intervalo de valores utilizado<br />

En caso de: prestación de servicios profesionales<br />

del art 16.10, los requisitos establecidos<br />

Ejemplo:<br />

La sociedad A que se dedica a la construcción, promoción y venta de inmuebles, ha<br />

arrendado un local de negocio propiedad de la empresa y ha vendido otro a Dx,<br />

casado en segundas nupcias con la madre de uno de sus socios (PF). En ambos<br />

locales el arrendador ejerce la actividad de agente de la propiedad inmobiliaria.<br />

PF1 participa en el 30% del capital de la sociedad A, e interviene en la gestión y la<br />

definición de políticas de la misma.


Nota. Se parte de la premisa de que el socio PF1 tiene influencia significativa en A,<br />

por que el arrendamiento de los locales de negocio es calificable contable y<br />

fiscalmente como operación entre partes vinculadas.<br />

A continuación, se refleja la información y documentación contable y fiscal relativa a<br />

estas operaciones.<br />

Memoria A<br />

Nota 23.<br />

La sociedad ha realizado las operaciones con partes vinculadas que se describen a continuación:<br />

a) Operaciones con Dx:<br />

a.1) Alquiler de local de negocio.<br />

A ha arrendado Dx, persona vinculada a PF1, un local de negocio de su propiedad. PF1 es<br />

socio de A, y ostenta una participación en la misma del 30%.<br />

El precio del alquiler del local es de 300.000€ anuales. Por tratarse de Dx, se le ha aplicado un<br />

descuento del 20%. Sobre el precio que se aplica habitualmente en alquileres de locales<br />

similares en la zona.<br />

No existe saldo pendiente a final de año con Dx y tampoco existen otros saldos de dudoso<br />

cobro o incobrables por este concepto o por otros.<br />

a.2) Venta de local de negocio<br />

A ha vendido a Dx un local de negocio por 500.000€. El precio pactado es el habitual en la<br />

zona a locales de similares características.<br />

(Documentación soporte)<br />

Justificación de la información incluida en la Memoria. No definida por la norma contable.<br />

Documentación Fiscal A.<br />

Documentación del obligado tributario A<br />

Identificación de las partes vinculadas que realizan la operación incluido su domicilio ( A y Dx)<br />

Cualquier otra información relevante de que haya dispuesto el obligado tributario para valorar la<br />

operación<br />

Método elegido e intervalo de valores ( alquiler de local)<br />

Selección del método de valoración (al tratarse de transmisión de inmuebles)<br />

Razones de utilización<br />

Forma de aplicación<br />

Valor o intervalo de valores utilizado


Ejemplo supuesto de sanción


Supuesto 11 : Incumplimiento de la obligación de aportar la documentación del<br />

obligado tributario con ajuste valorativo<br />

Datos :<br />

o Los mismos que en el supuesto 8, donde decíamos que la sociedad S recibe un<br />

préstamo de una persona física que ostenta una participación en ella del 10 %,<br />

pero con la diferencia de que en vez de pactarse el préstamo a valor normal de<br />

mercado, se presta a un tipo de interés superior, de tal manera que la sociedad<br />

satisface intereses de a su socio por un importe que excede del que sería<br />

normal en el mercado en 10.000 €.<br />

o La sociedad es objeto de inspección y manifiesta no tener documentación por<br />

la operación vinculada<br />

Solución :<br />

o La infracción cometida es la prevista en el artículo 16.10 primer párrafo,<br />

consistente en no aportar la documentación, pero teniendo en cuenta, además,<br />

que va a ser necesario un ajuste valorativo.<br />

o A esta infracción le corresponde una multa porcentual del 15% del importe de<br />

la cantidad que resulta de la corrección valorativa, con un mínimo del doble de<br />

la sanción que correspondería en caso de que sólo hubiera existido el<br />

incumplimiento documental.<br />

o Además debe tenerse en cuenta que esa corrección valorativa se traducirá en<br />

un ajuste primario y secundario que igualmente tendrán incidencia en la otra<br />

parte contratante que en este caso es el<br />

o Documentación del grupo : no será necesaria, debido a que no existe grupo<br />

o Documentación del obligado tributario : sí será necesaria como vimos en la<br />

solución al supuesto 8, al cual nos remitimos.<br />

o Ajuste primario : minoración del gasto deducido por la sociedad S en 10.000<br />

€. Se trata de un ajuste con incidencia en la base imponible, que determinará<br />

un ajuste correlativo en el socio. No obstante, y tal y como se deduce de los<br />

artículos 16.9 TRLIS y 21 RIS, el ajuste a dicho socio se hará, generalmente,<br />

una vez que la liquidación provisional de la sociedad adquiera firmeza.<br />

o Ajuste secundario :<br />

Los 10.000 € transferidos al socio sin que responda a una verdadera<br />

contraprestación será calificado en la entidad de retribución a los fondos<br />

propios que por supuesto no tendrá la consideración de gasto deducible.<br />

Paralelamente y por lo que se refiere al socio, cuando se le haga el ajuste<br />

correlativo del primario, también se le regularizará por su correspondiente<br />

ajuste secundario, calificando la transferencia efectuada en un 10 % de<br />

10.000 (1.000 €), como participación en beneficios con derecho a la


exención de 1.500 € prevista en la LIRPF y en el restante 90 % (9.000 €),<br />

como utilidad por la condición de socio sin derecho a exención.<br />

o Sanción fija que correspondería por la falta de aportación de la<br />

documentación del obligado tributario --------------------------------------------<br />

---------------- 33.000 €<br />

(con el detalle igualmente indicado en el supuesto 8)<br />

o Sanción porcentual : 15 % 10.000 € --------------------------------------------<br />

1.500 €<br />

o Mínimo a aplicar : doble de la sanción fija que correspondería -------------<br />

66.000 €<br />

o Sanción procedente ----------------------------------------------------------------<br />

66.000 €<br />

Crítica a esta sanción<br />

o Como acabamos de ver, resulta llamativo que un ajuste valorativo de 10.000 €,<br />

determinante de una sanción porcentual de 1.500 € provoque un efecto como<br />

el que acabamos de describir, provocando que se duplique el importe de la<br />

sanción fija, ya que ese resultado parece ser poco compatible con el principio<br />

de proporcionalidad que debe presidir todo régimen sancionador.<br />

o En ese sentido, y tal y como se expuso al analizar la sanción porcentual, la<br />

necesidad de aplicar el mínimo del doble de la sanción fija parece una solución<br />

poco coherente con la situación de concurso real de infracciones que se da en<br />

este tipo de casos y que quizá sería más justo haber resuelto imponiendo una<br />

sanción que fuera la suma de todas las que corresponderían por cada conducta<br />

infractora cometida.<br />

o Esa solución habría supuesto en este caso una sanción de 34.500 € (33.000 € +<br />

1.500 €), en lugar de 66.000 €, lo que obviamente parece responder mejor al<br />

principio de proporcionalidad.

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