INFORME DEFENSORIAL - Defensoría del Pueblo
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Solicitar a la Administración Municipal elaborar un censo <strong>del</strong><br />
barrio La Reliquia que permita hacer un corte transversal de la<br />
población beneficiaria <strong>del</strong> programa de legalización <strong>del</strong> barrio que,<br />
a su vez, permita identificar a los compradores de buena fe y a los<br />
presuntos propietarios de quienes no lo son.<br />
Recomendar a la Administración Municipal de Villavicencio que<br />
en aplicación de la Facultad de intervención a los urbanizadores<br />
piratas prevista en el artículo 313, numeral 7, de la Constitución<br />
Política, en la Ley 66 de 1968, en el Decreto 2610 de 1979, en el<br />
Decreto 078 de 1987 y el Artículo 52 de la Ley 9 de 1989, los<br />
obligue a cumplir con los compromisos que adquirieron cuando<br />
vendieron o realizar las cesiones obligatorias gratuitas de los<br />
terrenos necesarios para el uso público.<br />
Promover ante la Fiscalía General de la Nación las<br />
investigaciones que sean conducentes, de acuerdo con el artículo<br />
318 <strong>del</strong> Código Penal, para detectar y judicializar a los<br />
acaparadores de lotes en el barrio La Reliquia que han vendido<br />
fraudulentamente los lotes acaparados.<br />
Recomendar a la Alcaldía Municipal a<strong>del</strong>antar un proceso de<br />
concertación con propietarios y ocupantes <strong>del</strong> barrio La Reliquia<br />
para su eventual reubicación en los predios LA ARGENTINA y LA<br />
UNIÓN. En especial dar prioridad, en este proceso, a las<br />
personas que se encuentran ubicadas en zonas verdes, rondas<br />
de caño y vías de acceso, a las que no tengan vivienda y a la<br />
población desplazada por la violencia.<br />
Exhortar a las autoridades judiciales aplicar con eficacia la<br />
legislación penal contra los urbanizadores ilegales, con el fin de<br />
que se quiebre la tolerancia y aquiescencia de algunas<br />
autoridades <strong>del</strong> Estado ante la generalización en ese fenómeno.<br />
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