NIC N°19. Beneficios a los empleados
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<strong>NIC</strong> 19<br />
1222<br />
(b) descontar <strong>los</strong> anteriores beneficios utilizando el método de la unidad de crédito<br />
proyectada, a fin de determinar el valor presente de la obligación que suponen<br />
<strong>los</strong> beneficios definidos y el costo de <strong>los</strong> servicios del periodo corriente<br />
(véanse <strong>los</strong> párrafos 64 a 66);<br />
(c) determinar el valor razonable de cualesquiera activos del plan (véanse <strong>los</strong><br />
párrafos 102 a 104);<br />
(d) determinar el importe total de las ganancias o pérdidas actuariales, así como el<br />
importe de aquéllas ganancias o pérdidas a reconocer (véanse <strong>los</strong> párrafos 92 a<br />
95);<br />
(e) en el caso de que el plan haya sido introducido de nuevo o hayan cambiado las<br />
condiciones, determinar el correspondiente costo por servicios anteriores<br />
(véanse <strong>los</strong> párrafos 96 a 101); y<br />
(f) en el caso de que haya habido reducciones en el plan o liquidación del mismo,<br />
determinar la ganancia o pérdida correspondiente (véanse <strong>los</strong> párrafos 109 a<br />
115).<br />
Si la entidad mantiene más de un plan de beneficios definidos, habrá de aplicar el<br />
procedimiento señalado en <strong>los</strong> pasos anteriores por separado a cada uno de <strong>los</strong> planes<br />
significativamente distintos.<br />
51 En algunos casos, la utilización de estimaciones, promedios o métodos abreviados de<br />
cálculo pueden suministrar una aproximación fiable de <strong>los</strong> procedimientos ilustrados<br />
en esta Norma.<br />
Contabilización de las obligaciones implícitas<br />
52 La entidad contabilizará no sólo sus obligaciones legales, según <strong>los</strong> términos<br />
formales del plan de beneficios definidos, sino también las obligaciones<br />
implícitas que se deriven de las prácticas que, no estando formalizadas, son<br />
habitualmente seguidas por ella. Estas prácticas de carácter no formalizado dan<br />
lugar a obligaciones implícitas, siempre y cuando la entidad no tenga alternativa<br />
realista diferente de afrontar <strong>los</strong> pagos de <strong>los</strong> correspondientes beneficios a <strong>los</strong><br />
<strong>empleados</strong>. Un ejemplo de la existencia de una obligación implícita se da cuando<br />
un eventual cambio en las prácticas no formalizadas de la entidad puede causar<br />
un daño inaceptable en las relaciones con sus <strong>empleados</strong>.<br />
53 Los términos formales de un plan de beneficios definidos pueden permitir a la<br />
entidad retirarse del mismo sin hacer frente a sus obligaciones comprometidas. No<br />
obstante, resultará por lo general difícil para la entidad cancelar el plan si desea<br />
seguir reteniendo a sus <strong>empleados</strong>. Por tanto, en ausencia de evidencia en sentido<br />
contrario, en la contabilización de <strong>los</strong> beneficios post-empleo se asume que la<br />
entidad, que está prometiendo actualmente tales beneficios, continuará<br />
manteniéndolas durante el resto de la vida activa de sus <strong>empleados</strong>.<br />
Estado de situación financiera<br />
54 El importe reconocido como un pasivo por beneficios definidos será la suma neta<br />
total de <strong>los</strong> siguientes importes:<br />
(a) el valor presente de la obligación por beneficios definidos al final del<br />
periodo sobre el que se informa (véase el párrafo 64);<br />
(b) más cualquier ganancia actuarial (menos cualquier pérdida actuarial) no<br />
reconocida por causa del tratamiento contable establecido en <strong>los</strong> párrafos<br />
92 y 93;<br />
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