O.T. 5811 Forro CHB 56 Páginas GRAPA 4x0 21.5x28 cms. 07/Nov/12
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los Comités de reciente creación, y cuando dentro de la institución no se logre reunir a las personas adecuadas,<br />
el titular respectivo, con el presidente del Comité designado, podrán solicitar apoyo y asesoría de los Comités<br />
constituidos en el nivel de atención inmediato superior, de su propia institución o de otras instituciones del sector,<br />
a condición de que se reúnan los requisitos mencionados. Los establecimientos que no tengan un <strong>CHB</strong>, deberán<br />
contactar con la institución más cercana a su área geográfica que cuente con un <strong>CHB</strong> y, en caso de no ser posible,<br />
contactar a la Comisión Nacional de Bioética para la asignación de un Comité adecuado para la revisión del problema<br />
bioético en cuestión.<br />
El Comité deberá establecer sus reglas de funcionamiento, que precisen las funciones de sus miembros, así como<br />
los mecanismos y procedimientos internos de operación en las sesiones. El Comité promoverá, con el titular del<br />
hospital, la difusión, elaboración e implementación de lineamientos y guías bioéticas institucionales para la atención<br />
y docencia médica. Asimismo, promoverá la educación bioética permanente de sus miembros y del personal<br />
del hospital.<br />
La Comisión Nacional de Bioética, a través de las Comisiones Estatales de Bioética, podrá solicitar en todo momento<br />
a los hospitales, información relativa a la integración y funcionamiento de los Comités. El <strong>CHB</strong> deberá presentar<br />
un informe anual a la dirección de la institución y a la Comisión Estatal de Bioética, de no contar con ella,<br />
a la Secretaría Estatal de Salud correspondiente, quienes a su vez informarán a la Comisión Nacional de Bioética<br />
sobre el número de problemas o dilemas bioéticos evaluados, el resultado de la evaluación y los datos relevantes<br />
de seguimiento.<br />
Apoyo para miembros<br />
Es importante que los miembros del Comité reciban apoyo por parte de las autoridades de la institución, se considera<br />
de manera mínima la observación de lo siguiente:<br />
I. Tiempo para participar en las sesiones ordinarias y extraordinarias del Comité.<br />
II. Reconocimientos académicos o laborales por el desempeño en el Comité.<br />
III. Apoyo para actividades constantes de capacitación bioética, dentro y fuera de la institución.<br />
IV. Espacio físico fijo para la sede del Comité Hospitalario de Bioética.<br />
V. Ayuda administrativa, ya que se requiere un registro formal de consultas hechas al Comité.<br />
VI. Apoyos necesarios de orden material para su adecuado desempeño.<br />
VII. Capacitación de los miembros, el acceso a estas actividades es muy recomendable.<br />
VIII. Retribución de gastos de transporte -en el caso del representante de la comunidad o de los pacientes, dependiendo<br />
el caso- y de alguna recompensa adicional, si su participación le implicara pérdidas económicas<br />
significativas, al descuidar, diferir o suspender alguna actividad remunerada.<br />
IX. Los gastos de operación del <strong>CHB</strong> deberán financiarse por las autoridades de la institución. Esto no se debe<br />
traducir en conflictos de interés entre la fuente de financiamiento y las funciones del Comité.<br />
Guía nacional para la integración y el funcionamiento de los Comités Hospitalarios de Bioética 27