Contraportada - AMVAC
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veterindustria<br />
2.- Obligaciones en materia de<br />
prescripción y farmacovigilancia<br />
de medicamentos veterinarios en<br />
animales de compañía.<br />
Al igual que la autorización de un medicamento se encuentra<br />
estrictamente regulada por la normativa legal<br />
comunitaria y nacional, la prescripción, uso y farmacovigilancia<br />
de los medicamentos veterinarios se regula por<br />
una serie de obligaciones legales perfectamente tipificadas<br />
que rigen la actuación del profesional veterinario.<br />
Sin querer hacer un repaso exhaustivo de la normativa<br />
en la materia, sí que conviene recordar a efectos de<br />
referencia las normas legales de aplicación en este terreno;<br />
a nivel comunitario la Directiva 2001/82/CE (modificada<br />
por la Directiva 2004/28) y a nivel nacional, la Ley<br />
29/2006, de garantías y uso racional de los medicamentos<br />
y productos sanitarios, el RD 1246/2008 por el que se<br />
regula el procedimiento de autorización, registro y farmacovigilancia<br />
de los medicamentos veterinarios fabricados<br />
industrialmente, así como parte del Real Decreto 109/95<br />
a la espera de que se publique un nuevo RD en materia<br />
distribución, prescripción, dispensación y uso de medicamentos<br />
de uso veterinario.<br />
2.1.- Prescripción de medicamentos<br />
veterinarios en animales de compañía.<br />
No cabe duda de que el veterinario es el principal nexo<br />
de unión entre el medicamento veterinario y el animal<br />
de compañía. De su criterio, experiencia y buen hacer depende<br />
en gran medida del éxito del tratamiento realizado<br />
y el correspondiente beneficio para el animal y satisfacción<br />
para su propietario.<br />
La propia normativa de autorización de un medicamento<br />
suele fijar, en función de sus características, la<br />
necesidad de un preciso diagnóstico o de los riesgos asociados<br />
a su uso, si ese medicamento debe dispensarse<br />
únicamente bajo prescripción veterinaria (es decir, con<br />
receta). En estos casos, la participación del veterinario<br />
clínico resulta crítica, ya que en nuestro país la normativa<br />
establece que los profesionales veterinarios son los<br />
únicos que están capacitados para prescribir medicamentos<br />
en animales.