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CÓMO SE ELABORA UN PROYECTO DE SENTENCIA ...

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<strong>CÓMO</strong> <strong>SE</strong> <strong>ELABORA</strong> <strong>UN</strong> <strong>PROYECTO</strong> <strong>DE</strong> <strong>SE</strong>NTENCIA RECOMENDACIONES<br />

METODOLÓGICAS Y TÉCNICAS<br />

de aquellos borradores que ya alcanzaron la categoría de sentencia (la<br />

tecnología es una herramienta auxiliar de la ciencia jurídica).<br />

7. Orientaciones concretas<br />

52<br />

a).- Leer los datos de la carátula del expediente.<br />

b).- Leer cuidadosamente la demanda, sobre todo las pretensiones, la<br />

causa de pedir, los hechos y los puntos petitorios.<br />

c).- Tener claro el fundamento legal que se aplicó en el auto de<br />

admisión de demanda, pues a menudo se confunden, por ejemplo, las<br />

acciones de nulidad de actos y contratos, con la nulidad de resoluciones<br />

dictadas por autoridades en materia agraria.<br />

d).- Verificar que el o los emplazamientos y las notificaciones se<br />

encuentren perfectamente realizados por la unidad de actuarios porque,<br />

de existir irregularidades en el emplazamiento, es preferible regularizar<br />

el procedimiento.<br />

e).- Leer con toda prudencia la contestación a la demanda, las excep-<br />

ciones, pues es posible que prospere una excepción perentoria, como por<br />

ejemplo la cosa juzgada, o bien, otra circunstancia cuyo estudio nos arro-<br />

je como resultado que el fondo del asunto ya fue resuelto, o que no hay<br />

materia de resolución.<br />

Ahí mismo, verificar si se promovió reconvención. De ser así, su lec-<br />

tura y la de su respuesta. Esto a efecto de ir preparando el cumpli-<br />

miento al principio de congruencia interna y externa que debe reunir<br />

toda sentencia.<br />

f).- Tomar nota por separado de cada uno de los medios de prueba.<br />

Ponderar su impacto en el problema planteado, es decir, su eficacia o<br />

ineficacia.<br />

g).- Una lectura general a los alegatos, si se formularan, así como a las<br />

objeciones de prueba, esto a efecto de tener claro si la objeción es funda-<br />

da o infundada y hasta dónde impacta esa objeción.<br />

ENERO-ABRIL 2006

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