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hacia la unidad del orden jurídico mundial1 - IILJ

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El surgimiento <strong>del</strong> Derecho Administrativo Global<br />

todavía como formado primordialmente por <strong>la</strong> acción de los Estados y, por lo<br />

tanto, no incorpora <strong>del</strong> todo, por el momento, <strong>la</strong> práctica relevante de los actores<br />

no-estatales, como los órganos administrativos globales. Finalmente, el uso de<br />

los “principios generales de derecho” como fuente <strong>del</strong> derecho internacional, ha<br />

estado limitado principalmente a <strong>la</strong>s necesidades internas de <strong>la</strong>s instituciones<br />

internacionales o a normas sobre <strong>la</strong>s cuales hay un alto grado de convergencia<br />

mundial. La aceptación de los principios generales en <strong>la</strong> práctica <strong>del</strong> derecho<br />

internacional formal ha sido baja y no es probable que se extienda rápidamente<br />

a los diversos y fragmentados contextos de <strong>la</strong> administración global.<br />

Un mejor reflejo de <strong>la</strong>s fuentes legales de <strong>la</strong>s prácticas normativas existentes<br />

en <strong>la</strong> administración global podría basarse en una versión revitalizada<br />

<strong>del</strong> ius gentium que englobaría normas que emergen entre una gran variedad<br />

de actores y en escenarios muy diversos, en lugar de depender de un ius inter<br />

gentes construido sobre acuerdos entre Estados. 40 Este enfoque reflejaría, hasta<br />

cierto punto, los procedimientos de redacción de normas en otras ramas <strong>del</strong><br />

derecho más allá <strong>del</strong> Estado, como <strong>la</strong> lex mercatoria, basada en <strong>la</strong>s prácticas<br />

de los actores comerciales a lo <strong>la</strong>rgo <strong>del</strong> mundo. 41 Sin embargo, <strong>la</strong>s bases para<br />

un posible desarrollo de un ius gentium de <strong>la</strong> administración global son todavía<br />

dudosas. Si el propósito es que refleje no un enfoque de derecho natural sino<br />

uno basado en <strong>la</strong> práctica, esta incertidumbre constituye <strong>la</strong> base para determinar<br />

dichas normas y su status jurídico. El hecho de que los principios generales<br />

de derecho requieran una convergencia tan elevada de los sistemas jurídicos<br />

refleja un fuerte compromiso de integración y sirve para prevenir que un grupo<br />

de Estados se imponga por sobre otro. El ius gentium, por más atractivo que<br />

sea como categoría para el derecho administrativo global, también deberá<br />

enfrentar este desafío.<br />

Sin embargo, incluso entre <strong>la</strong>s fuentes tradicionales <strong>del</strong> derecho internacional<br />

público puede llegar a haber lugar para el desarrollo de normas relevantes<br />

al derecho administrativo global. En el caso <strong>del</strong> derecho de los tratados, podría<br />

adoptarse el enfoque desarrol<strong>la</strong>do por <strong>la</strong> Corte Europea de Derechos Humanos<br />

(CtEDH), <strong>la</strong> cual tuvo que enfrentar el problema de que <strong>la</strong> Convención Europea<br />

de Derechos Humanos (CEDH) no vincu<strong>la</strong> formalmente a <strong>la</strong>s organizaciones<br />

internacionales o a <strong>la</strong> Unión Europea. La CtEDH exigió a los Estados miembros<br />

que aseguren que <strong>la</strong>s instituciones a <strong>la</strong>s cuales confieren poderes provean un<br />

nivel de protección equivalente a <strong>la</strong> protección otorgada por <strong>la</strong> CEDH. Si se<br />

aplicara dicho enfoque más ampliamente, se podrían proporcionar por lo menos<br />

una serie de estándares básicos para los órganos administrativos globales, pero<br />

40<br />

Kingsbury, Benedict, “The Administrative Law Frontier in Global Governance,” Proceedings<br />

of the American Society of International Law, 99:2005.<br />

41<br />

Ver, e.g., Teubner, Gunther, Global Law Without a State, Dartmouth, Aldershot, 1997.<br />

40

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