SSN Digest - Species Survival Network
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ESPECIES/PROPONENTE/<br />
PROPUESTA<br />
Prop. 48<br />
Raya motoro<br />
Potamotrygon motoro<br />
Raya guacamaya<br />
Potamotrygon shroederi<br />
Colombia y Ecuador<br />
Inclusión en Apéndice II con la<br />
siguiente anotación:<br />
La entrada en vigor de la<br />
inclusión de Potamotrygon<br />
motoro y Potamotrygon<br />
schroederi en el Apéndice II de la<br />
CITES se aplazará 18 meses<br />
para permitir a las Partes resolver<br />
las cuestiones técnicas y<br />
administrativas conexas<br />
Prop. 49<br />
Mariposa cola de golondrina de<br />
Corsican<br />
Papilio hospiton<br />
Dinamarca a nombre de la UE<br />
SITUACION ACTUAL DE LA ESPECIE<br />
Distribución: P. motoro: Argentina, Bolivia, Brasil, Colombia, Ecuador,<br />
Guyana Francesa, Guyana, Paraguay, Perú, Surinam, Uruguay,<br />
Venezuela; P. schroederi: Brasil, Colombia, Venezuela; agua dulce.<br />
Población: Datos Deficientes (UICN 2005 (P. motoro), 2009 (P.<br />
schroederi)); clasificada en Colombia como amenazada; rápida<br />
reducción en el tamaño de la población 30%; P. motoro y P. schroederi<br />
ampliamente distribuida; reducción en el tamaño de la población debido<br />
a sobre-explotación; ambas spp. tienen baja fecundidad, largos periodos<br />
de gestación, lento crecimiento.<br />
Amenazas: Degradación del hábitat; pesquerías comercial, artesanal, y<br />
ornamental.<br />
Comercio: Comercio de acuarios; Colombia exportó más de 500,000<br />
rayas de agua dulce (las especies no identificadas) 1995-2012,<br />
incluyendo 81,109 P. motoro (1999-2002 y 2004-2009) y 1,049 P.<br />
schroederi (2007-2011); Brasil exportó más de 36,000 entre 2003-2005.<br />
Distribución: Córsica (Francia), Sardinia (Italia).<br />
Población: de Menor Preocupación (UICN 2010); poblaciones<br />
incrementándose.<br />
Amenazas: Sobrepastoreo y los incendios controlados reducen las<br />
plantas de las que se alimenta esta especie.<br />
Comercio: Un total de tres especímenes silvestres (cuerpos; no pre-<br />
31<br />
OPINIÓN DEL <strong>SSN</strong><br />
internacionalmente• se puede inferir o prever que la<br />
regulación del comercio con esta especie es necesaria<br />
para asegurar que la colecta de especímenes silvestres<br />
no reduzca a las poblaciones silvestres en un nivel en el<br />
cual su supervivencia se vea amenazada por la continua<br />
colecta u otras influencias<br />
APOYAR<br />
De acuerdo a UICN, los brasileños en las fronteras de<br />
Colombia y Perú alegan que las rayas exportadas por esos<br />
dos países fueron capturadas y exportadas ilegalmente<br />
Brasil.<br />
Su inclusión le permitirá a las Autoridades CITES, regular<br />
las exportaciones de estas especies.<br />
Sin la inclusión en el Apéndice II, el presunto tráfico ilegal<br />
puede continuar y amenazar la sobrevivencia de las<br />
poblaciones silvestres.<br />
Sitios web internacionales ofrecen a la venta a estas<br />
especies; los principales importadores de juveniles para el<br />
comercio ornamental incluyen a Alemania, USA, Japón,<br />
Malasia, China y los importadores para el comercio de<br />
alimento incluye a Brasil, Corea y Japón.<br />
El Panel de Expertos de la FAO que se reunió en 2012<br />
(FAO 2013) concluyó que, debido a la falta de información<br />
disponible, no les fue posible determinar si las especies<br />
cumplen con los criterios de inclusión para el Apéndice II.<br />
<strong>SSN</strong> urge a las Partes que apliquen el principio precautorio<br />
para esta propuesta de inclusión.<br />
■ Cumple los criterios para Apéndice II (RC 9.24 (Rev.<br />
CoP15), Anexo 2a B)): comercializado<br />
internacionalmente• se puede inferir o prever que la<br />
regulación del comercio con esta especie es necesaria<br />
para asegurar que la colecta de especímenes silvestres<br />
no reduzca a las poblaciones silvestres en un nivel en el<br />
cual su supervivencia se vea amenazada por la continua<br />
colecta u otras influencias<br />
APOYAR<br />
El AC apoyó esta propuesta por procedimiento postal<br />
después del AC26 como parte del Examen Periódico de los<br />
Apéndices (RC 14.8).<br />
Antes buscada por coleccionistas y traficadas ilegalmente.<br />
<strong>SSN</strong> recomienda que la especie no se suprima en el futuro.