escenas laborales - AELE
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ANÁLISIS LEGAL<br />
de trabajo. Su duración será la que resulte necesaria según<br />
las circunstancias.<br />
En tal caso, el empleador deberá reservar el puesto a su<br />
titular, quien conserva su derecho de readmisión en la<br />
empresa, operando con su reincorporación oportuna la<br />
extinción del contrato de suplencia.<br />
En esta modalidad de contrato se encuentran comprendidas<br />
las coberturas de puestos de trabajo estable, cuyo<br />
titular, por razones de orden administrativo, debe desarrollar<br />
temporalmente otras labores en el mismo centro<br />
de trabajo.<br />
• Contrato de Emergencia<br />
El contrato de emergencia es aquel que se celebra para<br />
cubrir las necesidades promovidas por caso fortuito o<br />
fuerza mayor. Su duración coincide con la de la emergencia.<br />
• Contrato para Obra Determinada o Servicio Específico<br />
Los contratos para obra determinada o servicio específico<br />
son aquellos celebrados entre un empleador y un trabajador,<br />
con un objeto previamente establecido y de duración<br />
determinada. Su duración será la que resulte necesaria.<br />
En este tipo de contratos podrán celebrarse las renovaciones<br />
que resulten necesarias para la conclusión o<br />
terminación de la obra o servicio objeto de la contratación.<br />
• Contrato Intermitente<br />
Los contratos de servicio intermitente son aquellos celebrados<br />
entre un empleador y un trabajador, para cubrir<br />
las necesidades de las actividades de la empresa<br />
que por su naturaleza son permanentes pero discontinuas.<br />
Estos contratos podrán efectuarse con el mismo trabajador,<br />
quien tendrá derecho preferencial en la contratación,<br />
pudiendo consignarse en el contrato primigenio tal<br />
derecho, el que operará en forma automática, sin necesidad<br />
de requerirse de nueva celebración de contrato o<br />
renovación.<br />
• Contrato de Temporada<br />
El contrato de temporada es aquel celebrado entre un<br />
empresario y un trabajador con el objeto de atender necesidades<br />
propias del giro de la empresa o establecimiento,<br />
que se cumplen sólo en determinadas épocas del año<br />
y que están sujetas a repetirse en períodos equivalentes<br />
en cada ciclo en función de la naturaleza de la actividad<br />
productiva.<br />
• Otros contratos de naturaleza temporal<br />
Cualquier otra clase de servicio sujeto a modalidad no<br />
contemplado específicamente en el Título bajo comentario<br />
podrá contratarse, siempre que su objeto sea de naturaleza<br />
temporal y por una duración adecuada al servicio<br />
que debe prestarse.<br />
5. DOCUMENTOS E INSTRUMENTOS LEGALES CON<br />
LOS QUE DEBEN CONTAR LAS EMPRESAS<br />
De todo lo expuesto se puede concluir que, en materia de contratación,<br />
las empresas deben contar con los documentos e<br />
instrumentos legales sobre los siguientes temas y medidas:<br />
– Justificación de hechos: Para acreditar el carácter excepcional<br />
de una contratación a plazo fijo, o bien el alcance<br />
temporal o accidental del servicio, se debe contar<br />
con informes técnicos, legales y estadísticos, planes de producción<br />
y cartera de clientes que acrediten en calidad o<br />
cantidad el requerimiento de mano de obra temporal.<br />
– Organigrama: Formalizar el carácter temporal de los puestos<br />
o vacantes existentes en organigramas, descripciones<br />
de puestos, selección de personal y otros instrumentos de<br />
contratación de personal. Los códigos de los puestos temporales<br />
o a plazo fijo deben ser distintos a los ordinarios.<br />
Señalar en forma clara y transparente el organigrama y plantilla<br />
considerada ordinaria en el centro de trabajo, con la<br />
finalidad de probar aquellos puestos de carácter temporal o<br />
sujetos a circunstancias transitorias. Un ejemplo de estos son<br />
el de Contador, Asistenta Social, Jefe de Almacén, etc.<br />
Debe tenerse en cuenta siempre que si se trata de una empresa<br />
que recién inicia actividades, puede mantener toda su<br />
plantilla sujeta a contratos temporales hasta por tres años.<br />
– Códigos: Indicar en los contratos los números de los informes<br />
legales, técnicos y otros que sustentan esta contratación<br />
a plazo fijo. No se trata de indicar sólo la calidad<br />
temporal de la contratación sino también los medios que<br />
la acreditan y sustentan.<br />
La codificación de los puestos y la temporalidad de los<br />
organigramas deben ser calificados como tales en los documentos<br />
pertinentes y en los acuerdos de directorio que<br />
sustentan esas contrataciones.<br />
– Causas: Una reflexión importante en esta materia es que<br />
las modalidades de contratación a plazo fijo están allí para<br />
ser utilizadas cuando se presenten las causas objetivas de<br />
su procedencia, mas no para no contratar personal a plazo<br />
indeterminado. Es por eso que las decisiones deben<br />
adoptarse con un alto concepto de lo que constituye seguridad<br />
jurídica.<br />
– Otras medidas que el empleador estime adecuadas, convenientes<br />
y necesarias para el puesto a cubrir o por la<br />
naturaleza de las actividades sectoriales a la cual corresponde<br />
su actividad empresarial.<br />
Es importante tener controlado el aspecto legal de esta<br />
materia en cuanto a la contratación, pues nos permitirá<br />
aplicar diversas modalidades de remuneraciones, conceptos<br />
no remunerativos e ingresos que proporcionarán ahorro<br />
y seguridad jurídica.<br />
Es, pues, necesario tener una visión clara de estos temas,<br />
sus efectos y la documentación que sustente la contratación<br />
a plazo fijo o determinado.<br />
ANÁLISIS LABORAL / NOVIEMBRE 2007 21