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20141222-Auto-apertura-juicio-oral-Nóos

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Tejeiro Losada, a Don Marco Antonio Tejeiro Losada y a Don Miguel Tejeiro<br />

Losada fueren constitutivos de un delito de prevaricación administrativa, otro de<br />

malversación de caudales públicos, otro de fraude a la Administración y otro de<br />

tráfico de influencias, respectivamente previstos y penados en los artículos 404,<br />

432, 436 y 428 y ss. del Código Penal. 3º Continuar la tramitación de la presente<br />

Pieza Separada por los trámites del Procedimiento Abreviado por si los hechos<br />

imputados en los “Antecedentes de Hecho” Primero, Segundo, Apartado 2º del<br />

Tercero, Cuarto y Quinto” a Don José Luis Ballester Tuliesa, a Don Gonzalo<br />

Bernal García, a Don Iñaki Urdangarín Liebaert, a Don Diego Torres Pérez, a<br />

Doña Ana María Tejeiro Losada, a Don Marco Antonio Tejeiro Losada y a Don<br />

Miguel Tejeiro Losada fueren constitutivos de un delito de prevaricación<br />

administrativa, otro de fraude a la Administración y otro de tráfico de<br />

influencias, respectivamente previstos y penados en los artículos 404, 436 y 428<br />

y ss. del Código Penal. 4º Continuar la tramitación de la presente Pieza Separada<br />

por los trámites del Procedimiento Abreviado por si los hechos imputados en los<br />

“Antecedentes de Hecho” Primero, Segundo, Apartado 3º del Tercero, Cuarto y<br />

Quinto a Don Luis Lobón Martín, a Don José Manuel Aguilar Colás, a Don<br />

Jorge Vela Bargues, a Doña Elisa Maldonado Garrido, a Don Iñaki Urdangarín<br />

Liebaert, a Don Diego Torres Pérez, a Doña Ana María Tejeiro Losada, a Don<br />

Marco Antonio Tejeiro Losada y a Don Miguel Tejeiro Losada fueren<br />

constitutivos de un delito continuado de prevaricación administrativa, previsto y<br />

penado en el artículo 404 del Código Penal, otro también continuado de<br />

malversación de caudales públicos, previsto y penado en el artículo 432 del<br />

Código Penal, otro también continuado de fraude a la Administración, previsto y<br />

penado en el artículo 436 del Código Penal, otro también continuado de tráfico<br />

de influencias, previsto y penado en los artículos 428 y ss. del mismo Cuerpo<br />

Legal, todo en conjunción con el artículo 74, y otro de falsedad en documento<br />

oficial, previsto y penado en el artículo 390.1 del mismo Texto Legal.<br />

5º Continuar la tramitación de la presente Pieza Separada por los trámites del<br />

Procedimiento Abreviado por si los hechos imputados en los “Antecedentes de<br />

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