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20141222-Auto-apertura-juicio-oral-Nóos

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participando de esta forma de los efectos de los delitos contra la Hacienda<br />

Pública objeto de acusación (artículo 122 del CP).<br />

Otrosí primero dice que procede acordar las oportunas fianzas para<br />

asegurar las cantidades pecuniarias reclamadas como responsabilidad civil y<br />

multas, incrementado en un tercio conforme prevé el artículo 589 de la Ley de<br />

Enjuiciamiento Criminal.<br />

Otrosí segundo dice que se dé traslado de este escrito de acusación a<br />

los responsables civiles a los efectos legales oportunos.<br />

NOVENO.- La Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes<br />

Balears solicita la <strong>apertura</strong> del <strong>juicio</strong> <strong>oral</strong> ante la Iltma. Audiencia Provincial<br />

contra Don Jaume Matas Palou, Don José Luis Ballester Tuliesa, Don Iñaki<br />

Urdangarín Liebaert, Don Diego Torres Pérez, Don Gonzalo Bernal García, Don<br />

Juan Carlos Joaquín Alía Pino, Don Miguel Ángel Bonet Fiol y Don Marco<br />

Antonio Tejeiro Losada.<br />

La descripción de los hechos que constituyen la fundamentación<br />

fáctica de sus imputaciones se encuentra en el Apartado Primero de su escrito,<br />

que se da por reproducido, a su vez subclasificado en los epígrafes A.- LA<br />

OFICINA DE PROYECTO VINCULADA AL PATROCINIO DEL EQUIPO<br />

CICLISTA ILLES BALEARS; B.- LA CONTRATACIÓN DEL<br />

SEGUIMIENTO DEL EQUIPO CICLISTA BANESTO-ILLES BALEARS y<br />

C.- LOS CONVENIOS PARA LOS EVENTOS ILLES BALEARS FORUM,<br />

éste último a su vez dividido en C.1- PRIMER CONVENIO DE<br />

COLABORACIÓN y C.2.- SEGUNDO CONVENIO DE COLABORACIÓN,<br />

calificándolos como sigue:<br />

Los del Apartado A) como constitutivos de un delito de<br />

prevaricación del artículo 404 del CP, un delito de malversación de caudales<br />

públicos del artículo 432 del Código Penal, un delito de fraude a la<br />

Administración del artículo 436 del CP, y un delito de falsedad documental por<br />

funcionario público del artículo 390.1, 1°, 2° y 4° del Código Penal.<br />

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