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20141222-Auto-apertura-juicio-oral-Nóos

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de los delitos reflejados excepto de los de falsedad en documento mercantil.<br />

DON DIEGO TORRES PÉREZ en concepto de cooperador<br />

necesario de todos los hechos delictivos referidos y autor de los de malversación<br />

y falsedad en documento mercantil.<br />

DON IÑAKI URDANGARÍN LIEBAERT en concepto de<br />

cooperador necesario de todos los hechos delictivos referidos y autor de los de<br />

malversación y falsedad en documento mercantil.<br />

DON MARCO ANTONIO TEJEIRO LOSADA en concepto de<br />

cómplice (artículo 29 del Código Penal) de los delitos de malversación de<br />

caudales públicos y falsedad en documento mercantil.<br />

I.- De los hechos relatados en el Título B, Apartado XVI v Títulos<br />

C, D y E. Relativo a la Comunidad Autónoma de Valencia, entiende que son<br />

responsables:<br />

DON DIEGO TORRES PÉREZ en concepto de autor de todos los<br />

hechos delictivos referidos.<br />

DON IÑAKI URDANGARÍN LIEBAERT en concepto de autor de<br />

todos los hechos delictivos referidos.<br />

DON MARCO ANTONIO TEJEIRO LOSADA en concepto de<br />

cooperador necesario de todos los hechos delictivos referidos.<br />

J.- De los hechos relatados en el Título F. y Títulos C, D y E,<br />

relativos a la Fundación Madrid 16, son responsables:<br />

DON DIEGO TORRES PÉREZ en concepto de cooperador<br />

necesario de todos los hechos delictivos referidos y autor de los de malversación<br />

y falsedad en documento mercantil.<br />

DON IÑAKI URDANGARÍN LIEBAERT en concepto de<br />

cooperador necesario de todos los hechos delictivos referidos en la conclusión<br />

anterior y autor de los de malversación y falsedad en documento mercantil.<br />

DOÑA MERCEDES COGHEN ALBERDINGK-THIJM en<br />

concepto de autora de todos los hechos delictivos referidos en la conclusión<br />

anterior, excepto el delito continuado de falsedad en documento mercantil.<br />

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