20141222-Auto-apertura-juicio-oral-Nóos
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de los delitos reflejados excepto de los de falsedad en documento mercantil.<br />
DON DIEGO TORRES PÉREZ en concepto de cooperador<br />
necesario de todos los hechos delictivos referidos y autor de los de malversación<br />
y falsedad en documento mercantil.<br />
DON IÑAKI URDANGARÍN LIEBAERT en concepto de<br />
cooperador necesario de todos los hechos delictivos referidos y autor de los de<br />
malversación y falsedad en documento mercantil.<br />
DON MARCO ANTONIO TEJEIRO LOSADA en concepto de<br />
cómplice (artículo 29 del Código Penal) de los delitos de malversación de<br />
caudales públicos y falsedad en documento mercantil.<br />
I.- De los hechos relatados en el Título B, Apartado XVI v Títulos<br />
C, D y E. Relativo a la Comunidad Autónoma de Valencia, entiende que son<br />
responsables:<br />
DON DIEGO TORRES PÉREZ en concepto de autor de todos los<br />
hechos delictivos referidos.<br />
DON IÑAKI URDANGARÍN LIEBAERT en concepto de autor de<br />
todos los hechos delictivos referidos.<br />
DON MARCO ANTONIO TEJEIRO LOSADA en concepto de<br />
cooperador necesario de todos los hechos delictivos referidos.<br />
J.- De los hechos relatados en el Título F. y Títulos C, D y E,<br />
relativos a la Fundación Madrid 16, son responsables:<br />
DON DIEGO TORRES PÉREZ en concepto de cooperador<br />
necesario de todos los hechos delictivos referidos y autor de los de malversación<br />
y falsedad en documento mercantil.<br />
DON IÑAKI URDANGARÍN LIEBAERT en concepto de<br />
cooperador necesario de todos los hechos delictivos referidos en la conclusión<br />
anterior y autor de los de malversación y falsedad en documento mercantil.<br />
DOÑA MERCEDES COGHEN ALBERDINGK-THIJM en<br />
concepto de autora de todos los hechos delictivos referidos en la conclusión<br />
anterior, excepto el delito continuado de falsedad en documento mercantil.<br />
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