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VI. ESTRUCTURA ACTUAL DE LA AUTORIDADELECTORAL<br />

ADMINISTRATIVA<br />

1. NATURALEZA JURÍDICA Y AUTONOMÍA<br />

De especial importancia, en relación con el Instituto Federal Electoral, es el<br />

apartado relativo a su naturaleza jurídica. El texto vigente del artículo 70 del<br />

Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales establece que se trata<br />

de “un organismo público autónomo de carácter permanente, independiente en sus<br />

decisiones y funcionamiento, con personalidad jurídica y patrimonio propios.” No<br />

obstante, como bien se ha advertido 15 , tanto la Ley Electoral de 1973 como la Ley<br />

Federal de Organizaciones Políticas y Procesos Electorales de 1977, en sus artículos<br />

42 y 77, respectivamente, ya habían conferido a la entonces Comisión Federal<br />

Electoral la naturaleza jurídica de organismo autónomo, de carácter permanente,<br />

con personalidad jurídica propia.<br />

El aspecto relativo a su autonomía también es de particular importancia. La reforma<br />

de 1990 al artículo 41 constitucional no establecía el concepto de autonomía como<br />

uno de los elementos esenciales del Instituto. Únicamente se estableció en relación<br />

al ámbito de las decisiones de éste, al disponer:<br />

La organización de las elecciones federales es una función estatal que se ejerce<br />

por los Poderes Legislativo y Ejecutivo de la Unión, con la participación de los<br />

partidos políticos nacionales y de los ciudadanos según lo disponga la Ley. Esta<br />

función se realizará a través de un organismo público dotado de personalidad<br />

jurídica y patrimonio propios...El organismo público será autoridad en la<br />

materia, profesional en su desempeño y autónomo en sus decisiones...<br />

Tal fue la base del marco normativo del Instituto Federal Electoral durante los<br />

primeros cuatro años de su existencia. La reforma constitucional de 1994 a ese<br />

dispositivo, terminaría por adoptar dicho concepto, al establecer: “La organización<br />

de las elecciones federales es una función estatal que se realiza a través de un<br />

organismo público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio<br />

propios”.<br />

Con dichos antecedentes, la reforma de 1996 consolidaría la autoridad plena del<br />

Instituto Federal Electoral, lo cual, incluso, ha llevado a algunos a sostener que es<br />

necesario replantear la teoría tradicional de la división de poderes, para concebirla

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