• La información facilitada fue incompleta, inconclusa o no vigente, adicionalmente es inconsistente en todos los casos en los que permite comparación, generando que la misma sea catalogada como no confiable.
ANALISIS <strong>DE</strong>L MARCO LEGAL <strong>DE</strong> LA POLÍCIA NACIONAL EN MATERIA <strong>DE</strong> GESTIÓN <strong>DE</strong>L RECURSO HUMANO Bajo las disposiciones de la Ley General La Administración Publica, la cual tiene entre sus finalidades establecer las normas las pautas sobre las cuales toda entidad pública centralizada o no, debe de constituirse, bajo una Ley Orgánica aprobada por el Congreso Nacional de La Republica, que entre otros aspectos establece; la razón de ser y estructura de la institución o entidad pública, las funciones de los cargos principales, la normativa bajo la cual ingresa el personal a la organización, el reglamento, general o particular, que rige el actuar del personal en todas sus etapas, desde el ingreso de la carrera policial hasta su retiro. En este apartado se analiza el marco regulatorio de la Policía Nacional. Breve Reseña Histórica La Policía Nacional tiene sus orígenes en la Fuerzas Armadas de Honduras, siendo conformada en 1969, como la Fuerza de Seguridad Pública (FUSEP), una rama de esta entidad militar, siendo conocida como tal hasta 1993, cuando se propuso la separación de las funciones de investigación y Prevención, creando la Dirección General de Investigación Criminal (DGIC) bajo el Ministerio Público de reciente creación. El 17 de diciembre de 1996, el Congreso Nacional de Honduras, mediante Decreto No. 229-96 ordenó el traslado de la Policía al poder civil con la participación directa de una junta interventora creada para tal efecto. Producto de esta Junta el 28 de mayo de 1998, mediante el Decreto No. 156-98 se aprueba la Ley Orgánica de la Policía Nacional (LOPN) dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, de acuerdo con la ley General de la Administración Pública, es en este momento en que la Policía Nacional adquiere independencia de la Fuerzas Armadas y su histórica visión militar. Previo a su separación de la Fuerzas Armadas, ya se estaba trabajando en una formación especializada no militarizada con el establecimiento el 4 de enero de 1982 del Centro de Instrucción Policial Capitán José Santos Guardiola (CIP-CJSG), conocida en la actualidad como el Instituto Técnico Policial (ITP-CJSG); y en julio de 1984, de la Escuela de Capacitación para Oficiales de Policía (ECOP), la cual hoy en día se conoce como Instituto Superior de Educación Policial (ISEP). No obstante a su tardía separación, en la Constitución Nacional de la Republica, Artículo 293, por reforma mediante Decreto 136-1995, se define a la Policía Nacional como: “Una institución profesional permanente del Estado, apolítica en el sentido partidista, de naturaleza puramente civil, encargada de velar por la conservación del orden público, la prevención, control y combate al delito; proteger la seguridad de las personas y sus bienes; ejecutar las resoluciones, disposiciones, mandatos y decisiones legales de las autoridades y funcionarios públicos, todo con estricto respeto a los derechos humanos.”