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Estatuto profesoral - Instituto Tecnológico Pascual Bravo

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Acuerdo 00924Por medio del cual se adopta el <strong>Estatuto</strong> Profesoral de la Institución Universitaria <strong>Pascual</strong> <strong>Bravo</strong>- IUPB -conferencias dictadas por el profesor a nivel institucional, nacional ointernacional; trabajos presentados en eventos científicos nacionales ointernacionales; elaboración de material didáctico y ayudas educativas conespecialidad en la cual trabaja, así como la participación en actividades deextensión.e. Publicaciones. Publicación de artículos, publicación de libros o textos.ARTÍCULO 67. PARTICIPACIÓN. Serán fuentes válidas de información para laevaluación <strong>profesoral</strong>, las siguientes: El superior inmediato y los responsables de las dependencias o instancias queadministran las actividades de investigación y de extensión, quienessuministrarán la información del profesor en estos aspectos. Los estudiantes, mediante la evaluación del curso y del desempeño delprofesor. El propio profesor, mediante la presentación de informes acorde con el plan detrabajo, debidamente documentadas.PARÁGRAFO 1. Los estudiantes participan en la evaluación de los profesores através de encuestas institucionales y normalizadas, realizadas una vez porsemestre en los cursos que los profesores tengan a su cargo. El informe deresultados consolidado será presentado a la Comisión de Personal Profesoral.PARÁGRAFO 2. El Consejo Académico reglamentará mediante acuerdo todo lorelacionado con el proceso de evaluación: instrumentos, escalas de calificación,asignación de puntajes, informes de resultados y demás aspectos relevantes.ARTÍCULO 68. Corresponde al Decano, notificar el resultado de la evaluación alos profesores. Será notificado al profesor en los quince días siguientes a la fechade la sesión de la Comisión de Personal Profesoral. El profesor podrá solicitar aesta misma comisión, dentro de los cinco (5) días calendario siguiente a lanotificación, la revisión de la evaluación, en el evento en que no esté de acuerdo.La calificación de insuficiente podrá ser apelada ante el Consejo Académico.

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