Regimen Medico Legal I - Poder Judicial Tucumán
Regimen Medico Legal I - Poder Judicial Tucumán
Regimen Medico Legal I - Poder Judicial Tucumán
You also want an ePaper? Increase the reach of your titles
YUMPU automatically turns print PDFs into web optimized ePapers that Google loves.
Art. 208: PLAZO DEREMUNERACIÓN:Cada accidente o enfermedad inculpable que impida laprestación del servicio no afectará el derecho deltrabajador a percibir su remuneración durante un períodode 3 meses, si su antigüedad en el servicio fuera menor de5 años, y de 6 meses si fuera mayor. En los casos en que eltrabajador tuviera carga de familia y por las mismascircunstancias se encontrara impedido de concurrir altrabajo, los períodos durante los cuales tendrán derecho apercibir su remuneración se extenderán a 6 y 12 mesesrespectivamente, según si su antigüedad fuese inferior osuperior a 5 años.