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oletín oficial de la provincia - alicante, 4 abril 2008 - n.º 64 41butlletí oficial de la província - alacant, 4 abril 2008 - n.º 64AYUNTAMIENTO DE ORIHUELAEDICTOEl Excmo. Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada eldía veintiséis de febrero de dos mil ocho, adoptó, entre otros,el siguiente acuerdo:Primero: aprobar el proyecto relativo al Plan de ReformaInterior Modificativo de la Unidad de actuación número 1 deArneva y sus correspondientes Proyecto de Urbanización yProyecto de Reparcelación.Segundo: aprobar la cesión de la condición de urbanizadorde la unidad de actuación número 1 de Arneva a favorde don José Antonio Rodríguez Belmonte, en representaciónde la mercantil Promociones Eurohouse 2010, S.L.,subrogándose la citada mercantil en todos los derechos ydeberes adquiridos por Agrogir, S.A.Tercero: requerir a la citada Mercantil Eurohouse 2010,S.L. a que presente en este Ayuntamiento fianza por importe<strong>del</strong> 10 % de las obras de urbanización.Cuarto: notificar el presente acuerdo a las mercantilesAgrogir, S.A.; Eurohouse 2010, S.L., al Servicio de Patrimoniode este Ayuntamiento y al resto de interesados en elexpediente.Quinto: publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficialde la Provincia.Contra la presente resolución, puede interponerpotestativamente recurso de Reposición, en el plazo de un(1) mes; y agotada la vía administrativa, podrá interponerrecurso Contencioso-Administrativo, ante el órgano <strong>del</strong> ordenjurisdiccional contencioso-administrativo competente,en el plazo de dos (2) meses, contados a partir <strong>del</strong> díasiguiente al de la notificación.Todo ello, sin perjuicio de poder ejercitar cualquier otrorecurso que estime oportuno.NORMAS URBANÍSTICAS:2.1.- Disposiciones generales2.1.1.- Objeto y ámbito de aplicación.2.1.2.- Vigencia.2.1.3.- Terminología de conceptos.2.2.- Régimen urbanístico <strong>del</strong> suelo2.2.1.- Clasificación <strong>del</strong> Suelo2.2.2.- Plazos2.2.3.- Usos <strong>del</strong> Suelo2.2.4.- Delimitación de Unidades de Ejecución2.2.5.- Parcelaciones2.2.6.- Proyecto de Urbanización2.3.- Disposiciones generales a todo tipo de edificación2.4.- Normas de edificación2.4.1.- Condiciones Técnicas en Relación con las VíasPúblicas2.4.2.- Definiciones y Terminología de conceptos2.4.3.- Normas Generales2.5.- Ordenanzas reguladoras.2.5.1.- Edificación en manzana cerrada y edificaciónabierta2.5.2.- Uso terciario2.5.3.- Uso espacios libres2. NORMAS URBANÍSTICASA continuación se detallan las determinaciones coneficacia normativa que regulan la ordenación pormenorizada<strong>del</strong> ámbito de la Unidad de Actuación número 1 de Arneva,<strong>del</strong> Plan General de Ordenación Urbana de Orihuela, usosespecíficos y tipologías, ordenanzas reguladoras de cadazona y uso.2.1. DISPOSICIONES GENERALES2.1.1. Objeto y ámbito de aplicación.Las presentes Normas Urbanísticas tienen por objeto laregulación de las actividades de edificación y uso <strong>del</strong> suelodentro <strong>del</strong> ámbito <strong>del</strong> presente P.R.I.En todo lo no dispuesto en ellas, se estará a lo establecidoen el Plan General de Ordenación Urbana de Orihuela,así como las Ordenanzas Municipales o disposiciones que elExcmo. Ayuntamiento de Orihuela determine de aplicación,sin perjuicio de que para las determinaciones en cuanto atipología, alturas, usos, dimensiones mínimas, alineacionesy retranqueos, vuelos y ocupación se establezcan parámetrosdistintos a los establecidos en el artículo 91 de las NormasUrbanísticas, pues con el presente P.R.I. se pretende sumodificación.2.1.2. Vigencia.Las presentes Normas tendrán vigencia indefinida, hastatanto en cuanto no sean revisadas por una modificación<strong>del</strong> propio P.R.I. cuando aparecieran circunstancias que loaconsejaran, o para adaptarlo a un futuro planeamientosuperior. En ningún caso, este último podrá exigir la alteraciónde las determinaciones contenidas en estas Normas, entanto no se incumplan los plazos que para la urbanización yedificación están previstos en ellas.2.1.3. Terminología de conceptos.Las definiciones y terminologías de conceptos <strong>del</strong> presenteP.R.I., se remiten a las establecidas en las NormasUrbanísticas <strong>del</strong> Plan General de Orihuela. En la medida quelos que les son de aplicación, se reproducen, adaptándolasy completándolas.2.2. RÉGIMEN URBANÍSTICO DEL SUELO2.2.1. Clasificación <strong>del</strong> Suelo.El P.G.O.U. de Orihuela clasifica el suelo comprendidoen su término, dentro de la categoría definida por la vigenteL.U.V., como suelo urbano no consolidado.El presente Sector se encuentra clasificado por el vigenteP.G.O.U. y según se establece en el artículo 91 de lasNormas Urbanísticas de planeamiento, se prevé para él unuso fundamentalmente residencial y el compatible con él,siendo este el uso terciario2.2.2. Plazos.Para la adquisición gradual de facultades urbanísticas,se tendrán en consideración los plazos que se establezcanen la Proposición Jurídico-Económica para el desarrollo <strong>del</strong>a Actuación Integrada.Se podrán conceder licencias de edificación simultáneamentea la ejecución de las obras de urbanización,siempre que se cumplan los requisitos establecidos en elartículo 73.2 de la L.R.A.U.Los plazos para la ejecución de edificación serán losque se establezcan en las Ordenanzas Municipales.2.2.3. Usos <strong>del</strong> Suelo.Los usos <strong>del</strong> suelo no podrán apartarse de los previstosen las ordenanzas particulares para cada una de las zonascorrespondientes, pudiendo también autorizarse los usosseñalados como compatibles.2.2.4. Delimitación de Unidades de Ejecución.El Sector se desarrollará mediante una única Unidad deEjecución, desarrollada a través de una única alternativatécnica mediante el correspondiente Programa de ActuaciónIntegrada.2.2.5. Parcelaciones.Se considera parcelación urbanística la división simultáneao sucesiva de terrenos en dos o más lotes.Se considerará ilegal a efectos urbanísticos toda parcelaciónque sea contraria a lo establecido en el presenteP.R.I..Se considerarán indivisibles las parcelas en que concurranlas circunstancias señaladas en el artículo 83 de laL.R.A.U.Toda parcelación urbanística estará sujeta a licencia.2.2.6. Proyecto de Urbanización.Las obras de urbanización se llevarán a cabo mediantelas determinaciones señaladas en los correspondientes proyectosde urbanización.2.3. DISPOSICIONES GENERALES A TODO TIPO DE EDIFI-CACIÓN.Las características a que habrá de sujetarse la edificaciónsobre las parcelas aptas para ello, de este P.R.I., seránlas específicas de las Ordenanzas Particulares para cadauna de las zonas.A efectos de interpretación de las presentes Ordenanzas,cuando se empleen términos como solar, alineaciones,edificabilidades, alturas, etc. tendrán el significado concreto

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