12.07.2015 Views

BOLETÍN OFICIAL - Portal del comerciante

BOLETÍN OFICIAL - Portal del comerciante

BOLETÍN OFICIAL - Portal del comerciante

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

oletín oficial de la provincia - alicante, 4 abril 2008 - n.º 64 84butlletí oficial de la província - alacant, 4 abril 2008 - n.º 64EDICTODoña Carmen López Rodríguez, Secretaria <strong>del</strong> Juzgadode lo Social Número Dos de Alicante.Hago saber: que en este Juzgado y con el númeroprocedimiento social ordinario 203/2008 se sigue procedimientoen reclamación de cantidades a instancia HenryAlexander Alvarado Becerra contra Pivimi Alicante, S.L. encuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugar elacto de juicio, el juicio el 19 de mayo de 2008 a las 10.00horas e ignorándose el actual paradero de la empresa PivimiAlicante, S.L. cuyo último domicilio conocido fue en Alicantefrancisco Carratalá Cernuda número 32 3C, Alicante, por elpresente se le cita para dicho día y hora, advirtiéndole quedeberá comparecer al mismo con los medios de prueba deque intente valerse, con la prevención de que si nocompareciere, le pararán los perjuicios a que hubiera lugaren derecho, pudiéndosele tener por confeso en la sentenciay con advertencia de que las siguientes comunicaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia, o se trate de emplazamiento.Alicante, 13 de marzo de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.*0806738*EDICTODoña Carmen López Rodríguez, Secretaria <strong>del</strong> Juzgadode lo Social Número Dos de Alicante.Hago saber: que en este Juzgado y con el númerodespidos 197/2008 se sigue procedimiento en reclamaciónde despidos a instancia José Albert Romá contra AsesoríaInmobiliaria Rustika, S.L. y Fondo de Garantía Salarial encuyas actuaciones se ha señalado para que tenga lugar elacto de juicio, el juicio el día 9 de mayo de 2008 a las 10.30horas e ignorándose el actual paradero de la empresaAsesoría Inmobiliaria Rustika, S.L. y Fondo de GarantíaSalarial cuyo último domicilio conocido fue en Alicante calleSan Nicolás número 47, Alcoy, C.P. 03801, por el presentese le cita para dicho día y hora, advirtiéndole que deberácomparecer al mismo con los medios de prueba de queintente valerse, con la prevención de que si no compareciere,le pararán los perjuicios a que hubiera lugar en derecho,pudiéndosele tener por confeso en la sentencia y con advertenciade que las siguientes comunicaciones se harán enestrados, salvo las que deban revestir forma de auto osentencia, o se trate de emplazamiento.Alicante, 10 de marzo de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.*0806739*EDICTODoña Carmen López Rodríguez, Secretaria <strong>del</strong> Juzgadode lo Social Número Dos de Alicante.Hago saber: que en este Juzgado y con el númerodespidos 193/2008 se sigue procedimiento en reclamaciónde despidos a instancia María Nieves Bastán Arias contra DeCasa Tiendas Multiprecio, S.L. en cuyas actuaciones se haseñalado para que tenga lugar el acto de juicio, el juicio el día9 de mayo de 2008 a las 10.20 horas e ignorándose el actualparadero de la empresa De Casa Tiendas Multiprecio, S.L.cuyo último domicilio conocido fue en Alicante, calle GabrielMiró número 70, Aspe, C.P. 03680, por el presente se le citapara dicho día y hora, advirtiéndole que deberá compareceral mismo con los medios de prueba de que intente valerse,con la prevención de que si no compareciere, le pararán losperjuicios a que hubiera lugar en derecho, pudiéndoseletener por confeso en la sentencia y con advertencia de quelas siguientes comunicaciones se harán en estrados, salvolas que deban revestir forma de auto o sentencia, o se tratede emplazamiento.Alicante, 11 de marzo de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.EDICTO*0806740*Doña Carmen López Rodríguez, Secretaria <strong>del</strong> Juzgadode lo Social Número Dos de Alicante.Hago saber: que en este Juzgado y con el númerodespidos 48/2008 se sigue procedimiento en reclamación dedespidos a instancia Daniel Sikarev contra Seguralia 2006Servicios Auxiliares, S.L. y Fondo Garantía Salarial en cuyasactuaciones se ha señalado para que tenga lugar el acto dejuicio, el 15 de abril de 2008 a las 11.10 horas e ignorándoseel actual paradero de la empresa Seguralia 2006 ServiciosAuxiliares, S.L. cuyo último domicilio conocido fue en Alicante,Camino Fondo 2 escalera 12, 1 A, El Campello, por elpresente se le cita para dicho día y hora, advirtiéndole quedeberá comparecer al mismo con los medios de prueba deque intente valerse, con la prevención de que si nocompareciere, le pararán los perjuicios a que hubiera lugaren derecho, pudiéndosele tener por confeso en la sentenciay con advertencia de que las siguientes comunicaciones seharán en estrados, salvo las que deban revestir forma deauto o sentencia, o se trate de emplazamiento.Alicante, 26 de marzo de 2008.La Secretaria Judicial. Rubricado.EDICTO*0806742*Doña Carmen López Rodríguez, Secretaria <strong>del</strong> Juzgadode lo Social Número Dos de los de Alicante.Hago saber: que en este Juzgado se siguen autos connúmero de ejecución 79/2008 a instancias de María CarmenQuirós Marco contra Pinoso Artesanos, S.L. en la que el día17-03-08 se ha dictado auto de ejecución cuya partedispositiva dice:Se acuerda la ejecución de la sentencia de fecha 4-02-08 dictada por este Juzgado de lo Social por cuantía de9.030,80 euros de principal adeudados por Pinoso Artesanos,S.L. más 1.264 euros presupuestados provisionalmentepara intereses y costas, sin perjuicio de su liquidación ytasación definitivas. Para su efectividad, practíquense lassiguientes diligencias:Primero.- Requiérase al deudor para que efectúe manifestaciónacerca de los bienes o derechos de que sea titular,con la precisión necesaria. Deberá, en su caso, indicar laspersonas que ostentan derechos sobre sus bienes y si éstosestán sujetos a otro proceso, concretar los extremos de ésteque puedan interesar a la ejecución. En el caso de que losbienes estén gravados con cargas reales, deberá asimismomanifestar el importe <strong>del</strong> crédito garantizado y, en su caso,la parte pendiente de pago. Si se trata de bienes inmuebles,deberá expresar si están ocupados, por qué personas y conqué título. Adviértase al deudor que, de no atender al requerimiento,podrá imponérsele un apremio pecuniario por cadadía de atraso, en las condiciones establecidas en el artículo239 de la Ley de Procedimiento Laboral. Segundo.-Practíquese diligencia de embargo sobre bienes o derechos<strong>del</strong> deudor en cuantía suficiente para cubrir el importe de loadeudado, siguiéndose el orden establecido en el artículo592.2 de la L.E.C. y depositándose los bienes embargadosconforme a Derecho, sirviendo la presente resolución demandamiento en forma para la Comisión Judicial que hayade practicar el embargo, la cual queda facultada para entraren el local de negocios o vivienda particular y para requerir,en su caso, el auxilio de la Fuerza Pública. Tercero.- Sin

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!