12.07.2015 Views

BOLETÍN OFICIAL - Portal del comerciante

BOLETÍN OFICIAL - Portal del comerciante

BOLETÍN OFICIAL - Portal del comerciante

SHOW MORE
SHOW LESS
  • No tags were found...

Create successful ePaper yourself

Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.

oletín oficial de la provincia - alicante, 4 abril 2008 - n.º 64 48butlletí oficial de la província - alacant, 4 abril 2008 - n.º 64- Todas las Asociaciones o Entidades que recibansubvenciones por parte <strong>del</strong> Ayuntamiento de San Vicente <strong>del</strong>Raspeig, deberán organizar y/o colaborar en alguna actividadque anualmente se celebre en el Municipio.- Que se impliquen en los programas festeros municipales.- Hacer constar en la divulgación e información porcualquier medio que se realice sobre las actividades yprogramas, que están subvencionadas o patrocinadas por elAyuntamiento de San Vicente <strong>del</strong> Raspeig.- Comunicar cualquier eventualidad o modificación en eldesarrollo <strong>del</strong> programa subvencionado conforme se produzca.- Hacerse cargo <strong>del</strong> pago a la SGAE, u otra entidadgestora de derechos de autor, que corresponda a las actividadesque desarrolle.- Presentar, hasta el 31 de enero <strong>del</strong> ejercicio siguiente,memoria anual de las actividades y justificación <strong>del</strong> 100% <strong>del</strong>a subvención concedida.9ª Criterios de valoración, criterios de otorgamiento <strong>del</strong>as subvenciones y cuantía de las mismas.Se valorará:a) Implicación en los programas festeros municipales.b) Presentaciones que se ofrezcan al municipio: fomento<strong>del</strong> asociacionismo, promoción festera, etc.c) Colaboración en las actividades que se celebren enel municipio.d) Impacto social de la actividad.e) Beneficiarios directos, indirectos y/o parcialesf) Grado de autofinanciación de la entidad o asociaciónLas subvenciones se otorgarán por Acuerdo de la Juntade Gobierno Local, o en caso de urgencia por Decreto deAlcaldía a propuesta <strong>del</strong> Concejal de Fiestas.La cuantía de las concesiones vendrá determinada enfunción <strong>del</strong> número de solicitudes presentadas y la consignaciónpresupuestaria prevista a tal efecto.Las subvenciones se resolverán de acuerdo al presupuestototal de cada programa o actividad concreta.Si no recayera resolución expresa en el plazo de tresmeses deberá entenderse desestimada la solicitud.El acuerdo de resolución de las subvenciones seránotificado individualmente a cada Entidad o Asociación culturalsolicitante indicando la cuantía concedida y la finalidad.10ª JustificaciónEl pago se realizará en un único plazo.Le será de aplicación la Base 26 de las de Ejecución <strong>del</strong>Presupuesto, con las siguientes especificaciones:- Memoria o cuenta justificativa de los gastos subvencionados(Mo<strong>del</strong>o MJS1)- Memoria anual de las actividades realizadas en elejercicio.- Justificante <strong>del</strong> gasto relacionado con la actividad,acreditándolo con Facturas /documentos originales.- Ejemplares de cuanta publicidad escrita, gráfica, visualo sonora donde conste el patrocinio <strong>del</strong> Ayuntamiento.11ª Revocación de la subvención.El Ayuntamiento de San Vicente <strong>del</strong> Raspeig, podrárevocar, previa audiencia <strong>del</strong> interesado, total o parcialmentela subvención concedida cuando la actividad no se hayarealizado, las ayudas se hayan destinado a un fin diferente<strong>del</strong> previsto para la subvención, o se verifique un incumplimientode las obligaciones establecidas en la presenteconvocatoria, acordando en su caso el reintegro de lascantidades percibidas.12ª Normativa supletoria.En todo aquello no previsto en la convocatoria seaplicará la normativa vigente.Para cualquier información sobre estas bases consultaren la Oficina de Atención al Ciudadano (CIVIC) o en laConcejalía de Fiestas y se publica igualmente en la paginaweb: www.raspeig.org.San Vicente <strong>del</strong> Raspeig, 26 de marzo de 2008.La Alcaldesa, Luisa Pastor Lillo. El Secretario, JoséManuel Baeza Menchón.*0806697*EDICTOBases de la Convocatoria de subvenciones a EntidadesCulturales 2008.Aprobadas por la Junta de Gobierno Local el día 25 demarzo de 2007, se procede a la publicación de su textointegro, que a continuación se transcribe:1ª ÁmbitoEl Ayuntamiento de San Vicente <strong>del</strong> Raspeig, en uso <strong>del</strong>as atribuciones que tiene conferidas, está capacitado para eldesarrollo de aquellas competencias y obligaciones que enel ámbito cultural, la legislación vigente atribuye a las entidadeslocales, entre las que se encuentra la concesión desubvenciones a entidades culturales, para el fomento ypromoción de sus fines.2ª ObjetoEs objeto de la presente convocatoria el otorgamientode subvenciones a asociaciones o entidades culturales,radicadas en el término municipal de San Vicente <strong>del</strong> Raspeigque cumplan los requisitos recogidos en las presentes basesy para los fines siguientes:- Fomento de expresiones culturales, participativas y deasociacionismo.- Actividades concretas y puntuales que sean organizadasy desarrolladas por los peticionarios directamente.3ª SolicitantesPodrán solicitar subvenciones:- Las Asociaciones o entidades culturales legalmenteconstituidas cuyo domicilio social y ámbito de actuación secircunscriba al municipio de San Vicente <strong>del</strong> Raspeig.- Será imprescindible estar registrados sus estatutos enel Registro de Asociaciones <strong>del</strong> Ayuntamiento de San Vicente<strong>del</strong> Raspeig.4ª ExclusionesEstán excluidos de la convocatoria las asociaciones oentidades culturales que se encuentren en las siguientescircunstancias:a) Quienes no hayan justificado debidamente la subvenciónrecibida en el ejercicio anterior.b) Los deudores directos o subsidiarios a la HaciendaMunicipal.5ª Documentación que debe aportarse1. Instancia solicitando la subvención. Impreso facilitadopor el propio Ayuntamiento.2. Plan de actividades y servicios de la Asociación/Entidad <strong>del</strong> año en curso, con explicación de su financiación.3. Presupuesto general de ingresos y gastos de laAsociación o entidad <strong>del</strong> año en curso.4. Informe de Intervención relativo a que no tiene pendientejustificación ninguna de subvención recibida con anterioridad.5. Certificación acreditativa de estar inscrito en el RegistroMunicipal expedida por Secretaria Municipal.6. Memoria de las actividades ejecutadas en el añoanterior.7. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligacionestributarias con las Haciendas estatal, autonómica ylocal, aportando los correspondientes documentos emitidospor las entidades referidas. (Mo<strong>del</strong>o MSS7)8. Hallarse al corriente en el cumplimiento de susobligaciones con la Seguridad Social, mediante el correspondientedocumento emitido por esa entidad. (Mo<strong>del</strong>o MSS8)9. Declarar que no percibe subvención pública bajo otramodalidad o de otro organismo público para la realización desus actividades para este mismo fin o, en caso afirmativo,deberá indicar los importes, conceptos y entidad otorgante,mediante la presentación de declaración jurada para elprimer supuesto o certificación en el segundo caso. (Mo<strong>del</strong>osMSS9 y MSS10)10. Declarar que la contabilidad de la entidad se llevaconforme a las normas de adaptación <strong>del</strong> Plan General deContabilidad para las entidades sin fines lucrativos (RealDecreto 776/1998, de 30 de abril). (Mo<strong>del</strong>o MSS11)

Hooray! Your file is uploaded and ready to be published.

Saved successfully!

Ooh no, something went wrong!