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<strong>WWW</strong>.<strong>DERECHOPENALENLARED</strong>.<strong>COM</strong><strong>ALDO</strong> <strong>ROJAS</strong>Artículo 8. Toda la información sobre la administración delpatrimonio público que corresponda a las personasindicadas en los artículos 4 y 5 de esta Ley, tendrácarácter público, salvo las excepciones que por razones deseguridad y defensa de la Nación expresamenteestablezca la ley.Artículo 9. A fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en elartículo anterior, los órganos y entes del Poder Público aque se refieren los artículos 4 y 5 de esta Ley, deberáninformar a los ciudadanos sobre la utilización de los bienesy el gasto de los recursos que integran el patrimoniopúblico cuya administración les corresponde. A tal efecto,publicarán trimestralmente y pondrán a la disposición decualquier persona en las oficinas de atención al público ode atención ciudadana que deberán crear un informedetallado de fácil manejo y comprensión sobre elpatrimonio que administran, con la descripción yjustificación de su utilización y gasto.El informe a que se refiere este artículo podrá efectuarsepor cualquier medio impreso, audiovisual, informático ocualquier otro que disponga el ente, de acuerdo con loprevisto en el ordenamiento vigente.Artículo 10. Los particulares tienen el derecho de solicitara los órganos y entes de las personas indicadas en losartículos 4 y 5 de esta Ley, cualquier información sobre laadministración y custodia del patrimonio público de dichosórganos y entes. Asimismo, podrán acceder y obtenercopia de los documentos y archivos correspondientes paraexaminar o verificar la información que se les suministre,de acuerdo con el ordenamiento jurídico vigente y salvolas excepciones que por razones de seguridad y dedefensa expresamente se encuentran establecidas en elartículo 8 de esta Ley.Artículo 11. El Ejecutivo Nacional deberá someter aconsulta pública el Proyecto de Ley del Marco Plurianualdel Presupuesto y el Proyecto de Ley de PresupuestoAnual, antes de su presentación a la Asamblea Nacional,de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de laAdministración Pública.Artículo 12.Los particulares y las organizaciones de lasociedad tienen derecho a participar en la formulación,evaluación y ejecución presupuestaria de acuerdo con elnivel político territorial correspondiente, de conformidad

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