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<strong>WWW</strong>.<strong>DERECHOPENALENLARED</strong>.<strong>COM</strong><strong>ALDO</strong> <strong>ROJAS</strong>necesarias para verificar la sinceridad de ellas. A talefecto, permitirán a los funcionarios competentes lainspección de libros, cuentas bancarias, documentos,facturas, conocimientos y otros elementos que tiendan acomprobar el contenido de la declaración.Idéntica obligación tendrán los funcionarios o empleadospúblicos y de los particulares o personas jurídicas quetengan dichos documentos en su poder, quienes quedaránobligados a enviarlas a la Contraloría General de laRepública, dentro de los diez (10) días siguientes alrequerimiento de las mismas por parte del organismo, ysujetos a la sanción prevista en esta Ley en caso deincumplimiento de dicha obligación.La Contraloría General de la República podrá, ordenar acualquier organismo o entidad del sector público, lapráctica de actuaciones específicas con la finalidad deverificar el contenido de las declaraciones juradas depatrimonio.Artículo 28. El Ministerio Público y los tribunales de lajurisdicción penal podrán exigir la presentación de ladeclaración jurada de patrimonio a las personas indicadasen el artículo 3 de esta Ley o a otras personas, cuando delas investigaciones que estén conociendo surjan indiciosde la comisión de los delitos establecidos en esta Ley. Ladeclaración solicitada deberá ser presentada dentro delplazo que el Ministerio Público o el tribunalcorrespondiente determine, el cual no podrá ser menor dequince (15) días hábiles contados desde la fecha de larespectiva notificación, y una vez recibida será enviadacopia certificada de la misma a la Contraloría General dela República.Artículo 29. La Contraloría General de la República,recibida la declaración jurada de patrimonio, procederá averificar la veracidad de la misma y a cotejarla, de ser elcaso, con la declaración anterior.El Contralor General de la República podrá solicitardirectamente a las respectivas embajadas, atendiendo alos convenios y tratados internacionales sobre la materia,que le suministren los elementos probatorios que serequieran con motivo del procedimiento de verificación delas declaraciones juradas de patrimonio. Igualmente,podrá solicitar con ocasión a la verificación de ladeclaración jurada de patrimonio del funcionario que haya

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