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resumen - Defensor del Pueblo

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Al propio tiempo, un ciudadano se dirigió a laInstitución, después <strong>del</strong> 11 de marzo, expresandosu preocupación por las medidas de seguridadexistentes en la línea férrea que uneMadrid capital con las poblaciones <strong>del</strong> norestede la comunidad, recabándose informe <strong>del</strong>a Delegación <strong>del</strong> Gobierno en Madrid y de laPresidencia de Renfe.Asimismo, el <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> se ha interesadopor las víctimas españolas de atentadosterroristas producidos en el extranjeroantes <strong>del</strong> 1 de septiembre de 2001, que no recibenayudas conforme a la Ley de Solidaridadcon las Víctimas <strong>del</strong> Terrorismo ni pensionesextraordinarias.Finalmente, en este ámbito, es preciso manifestarque se ha rechazado la recomendaciónformulada por el <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> para quese condecore a las víctimas <strong>del</strong> incendio <strong>del</strong> hotelCorona de Aragón producido en Zaragozaen julio de 1979, al considerar la Administraciónque no ha quedado acreditado judicialmenteel carácter terrorista de aquel suceso. El<strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> fundó su recomendaciónen que las víctimas de este caso han obtenidolas indemnizaciones y pensiones propias de lasvíctimas <strong>del</strong> terrorismo en virtud, respectivamente,de un antiguo dictamen <strong>del</strong> Consejo deEstado y de una ley <strong>del</strong> año 2003.TráficoÁREA DE DEFENSA E INTERIORUno de los trenes de los atentados <strong>del</strong> 11 demarzo de 2004, es revisado por miembros <strong>del</strong>a Policía, después de retirarlo de la estaciónde Atocha. (Foto Manos Blancas.org).Son muy numerosas las quejas que se recibenen materia de tráfico de vehículos, sobretodo en lo que se refiere a las garantíasen el procedimiento sancionador. Recientemente,resolviendo un recurso presentado poruna asociación, el Tribunal Supremo, mediantesentencia de la Sala Tercera de 27 deoctubre de 2004, ha dicho que de lo dispuestoen el artículo 77.2 de la Ley de SeguridadVial no se desprende que la reacción <strong>del</strong> denunciado,formulando alegaciones en el procedimientoo interponiendo recurso contra laresolución que le ponga fin, le haga perder elderecho a la reducción <strong>del</strong> 30% de la cuantíade la multa correctamente impuesta por lainfracción cometida.Esto significa que el Tribunal Supremoavala una tesis tradicionalmente sostenidapor el <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> en numerosas actuacionesde tráfico: que quien abona unamulta de tráfico con reducción <strong>del</strong> 30% desu cuantía por el pago inmediato, tiene derechoa recurrir la sanción sin temor a perderesa reducción, siempre, claro está, quela cuantía impuesta fuese correcta en relacióna la infracción cometida.La Institución ha formulado diversas sugerenciasen este ejercicio en relación a cuestionesde tráfico, como la identificación porel propietario <strong>del</strong> vehículo de la persona quelo conducía en el momento de cometerse unainfracción; la inclusión íntegra de los textosde las denuncias en las notificaciones; la obtenciónde distintivo de residente en orden alaparcamiento en zonas reguladas; la identificaciónprecisa <strong>del</strong> lugar en que se ha cometidouna infracción, etcétera.EmergenciasLa Institución ha formulado tres recomendacionesa los Ministerios <strong>del</strong> Interior y de Fomentoen relación con el rescate de los náufragosde las pateras que pretenden arribar alterritorio nacional, de modo que puedan atendersecon prontitud y eficacia las situaciones deemergencia marítima que en estos casos, conlamentable reiteración, se producen en las proximidadesde las costas españolas.Administración militarEn este ejercicio se ha recibido información<strong>del</strong> Ministerio de Defensa en relación alas quejas relativas al accidente <strong>del</strong> avión Yakolev-42,estrellado en Turquía en mayo de2003, dándose cuenta por el citado Ministeriode diversas conclusiones sobre los hechosy <strong>del</strong> elenco de medidas de todo orden que sehabían adoptado para reparar, en la medidaen que esto es posible, a los familiares de lasvíctimas.Asimismo, la Institución se ha interesadopor el posible rescate <strong>del</strong> submarino C-3, hundidoen las aguas de Málaga en diciembre de1936, durante la guerra civil española; por laposible reparación de los perjuicios sufridospor un ciudadano en el marco de la ComisiónInterministerial para el Estudio de la Situaciónde las Víctimas de la Guerra Civil y <strong>del</strong>Franquismo, creada por Real Decreto1891/2004, de 10 de septiembre; y, finalmente,por la situación <strong>del</strong> campo de tiro militarde Camposoto en San Fernando (Cádiz).Fuerzas y Cuerposde SeguridadLa Institución ha continuado su línea deactuación en el sentido de promover la incoaciónde expedientes gubernativos o disciplinariosa los miembros de las Fuerzasy Cuerpos de Seguridad imputados de algún<strong>del</strong>ito o falta, sin perjuicio de la suspensiónde la tramitación <strong>del</strong> expediente hasta queexista sentencia firme, formulando, cuandoha sido necesario, la sugerencia pertinente ala Administración que correspondiera.Se ha iniciado una investigación ante laSecretaría de Estado de Seguridad en relacióncon las previsiones o planes quepudieran existir para la mejora de las condicionesde seguridad, higiene y habitabilidadde los calabozos de la Policía yde la Guardia Civil.La presentación de denuncias por partede los ciudadanos de la comisión de algún<strong>del</strong>ito es un derecho básico y expresión primaria<strong>del</strong> derecho a la tutela judicial efectiva(artículo 24.1 de la Constitución) en elámbito penal. Por ello, es necesario removercuantos obstáculos pudieran impedir elejercicio de este derecho. En relación a esteasunto, la Institución se ha interesadopor el funcionamiento de la Oficina Virtualde Denuncias de la página web de la DirecciónGeneral de la Policía.El <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> ha recomendado alos ministerios de Interior y Fomento queaumenten los medios para atender a losinmigrantes de las pateras que naufragan.En la foto, un inmigrante atendido porSalvamento Marítimo.Ley de Seguridad CiudadanaComo norma básica para el mantenimiento<strong>del</strong> orden público, la Ley de SeguridadCiudadana debe ser aplicada con estrictorespeto a los principios de seguridadjurídica, de tal manera que el mantenimiento<strong>del</strong> orden no signifique la lesión de los derechosde los ciudadanos. En este ejercicio,la Institución ha sugerido que por parte <strong>del</strong>Ministerio <strong>del</strong> Interior se revocasen a unosciudadanos las sanciones que se les habíanimpuesto al amparo de la Ley Orgánica deProtección de la Seguridad Ciudadana, alconsiderarse que sus acciones no encajabandebidamente en el tipo de infracción de lamencionada ley que se les había aplicado.32 El <strong>Defensor</strong> <strong>del</strong> <strong>Pueblo</strong> • Resumen <strong>del</strong> informe de 2004

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