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Reporte Anual - El Cid

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___________________________________________________________________________________________mexicana o extranjera. No obstante lo anterior, la proporción de participación de inversionistasextranjeros en el capital social estará sujeta en todo caso a lo previsto en las disposicioneslegales aplicables.Las acciones conferirán iguales derechos a sus tenedores, y en la Asamblea General deAccionistas, cada Accionista representará un voto por cada acción de su propiedad.<strong>El</strong> capital variable podrá aumentarse o disminuirse sin necesidad de modificar losEstatutos de la Sociedad, siempre y cuando dicho aumento o disminución sea acordado enAsamblea Ordinaria de Accionistas; en el entendido de que, el acta correspondiente deberá serprotocolizada ante fedatario público, sin necesidad de inscribir la escritura respectiva en elRegistro Público de Comercio. La Sociedad podrá emitir acciones no suscritas que seconserven en tesorería, para ser suscritas con posterioridad por el público, de conformidad conlo dispuesto por el artículo 53 de la Ley del Mercado de Valores.De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 132 de la Ley General de SociedadesMercantiles, pero sujeto a lo señalado en estos Estatutos y en la Ley del Mercado de Valores,los Accionistas tendrán derecho preferente en proporción al número de acciones de que seantitulares para suscribir las acciones que se emitan con motivo de cualquier aumento del capitalsocial. Dicho derecho deberá ejercitarse dentro de los quince (15) días siguientes a lapublicación de la resolución correspondiente de la Asamblea de Accionistas en el DiarioOficial de la Federación y en cualquier periódico de mayor circulación en el domicilio de laSociedad. Si transcurrido el plazo señalado no se hubieren suscrito la totalidad de las accionesemitidas con motivo del aumento decretado en el capital social, dichas acciones no suscritas sesuscribirán en la forma que haya dispuesto la Asamblea de Accionistas que decretó el aumentode capital de que se trate. Si todos los Accionistas renunciaren en la Asamblea de Accionistasa suscribir la proporción que les corresponda del aumento decretado por la misma Asamblea deAccionistas, no será necesaria ni la publicación del acuerdo respectivo ni el transcurso deltérmino de quince (15) días antes indicado.<strong>El</strong> derecho de suscripción preferente a que se refiere el artículo 132 de la Ley Generalde Sociedades Mercantiles, no será aplicable tratándose de aumentos de capital cuyas accionesse coloquen mediante ofertas públicas.OCTAVA. ACCIONES. Las acciones serán nominativas y serán representadas portítulos que reunirán los requisitos que menciona el artículo 125 de la Ley General deSociedades Mercantiles y además, llevarán inserto la Cláusula Segunda de estos Estatutos. Lostítulos que representen las acciones deberán ser autorizados con la firma del Presidente delConsejo de Administración, así como con la firma del Secretario. Mientras se expiden lostítulos definitivos, el Presidente del Consejo de Administración expedirá certificadosprovisionales que amparen una o varias acciones, los cuales deberán ser canjeados al entregarse_______________________________________________________________________________________Juan Carlos López González, Director de Administración y Finanzas, <strong>El</strong> <strong>Cid</strong> Resorts, jlopez@elcid.com.mx 114

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