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Reporte Anual - El Cid

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___________________________________________________________________________________________7. La autoridad demandada interpuso recurso de revisión en contra de la sentencia de 27de septiembre de 2007.8. <strong>El</strong> día 13 de Marzo de 2008 se dictó sentencia dando cumplimiento a la ejecutoriaemitida en el recurso de revisión. Sentencia.I. La parte actora probó su acción;II. Se declara la nulidad de la resolución impugnada, descrita en el Resultandoprimero delpresente fallo.III. Infórmese acerca del cumplimiento con la presente, a la ejecutoria emitida en elRecurso de Revisión Fiscal 99/2007.9. <strong>El</strong> día 21 de Abril de 2008 se acordó que se tuvo por interpuesto, por parte delAdministrador Local Jurídico de Culiacán, el recurso de revisión en contra de lasentencia de 13 de marzo de 2008.10. Sentencia de 1º de Octubre de 2008.I. La parte actora probó su acción,II. Se declara la nulidad de la resolución impugnada.11. <strong>El</strong> día 27 de Octubre de 2008 la autoridad demandada interpuso recurso de revisión encontra de la sentencia de 1o de octubre de 2008.Corporativo de Servicios el <strong>Cid</strong>, S.A. de C.V.Expediente 1385/09-03-01-8I. Monto total del crédito $14, 911,979.89II. Resolución impugnada 500-38-00-02-00-2009-01032III. <strong>El</strong> día 20 de mayo de 2009 se interpuso demanda de nulidad.Marina del Sábalo, S.A. de C.V.Expediente 854/06<strong>El</strong> día 31 de marzo del 2006, se DEMANDO LA NULIDAD del acta de notificación de 27de enero del 2006, por el que la demandada determina:a. Que los avisos de compensación registrados con el número de control 9604025550,9604025560, 9604025571, 9604025578, 9604025595, 9605031152, 9605031958,9605031960, 9605031962, 9605031964, 9605031965, 9605031966, 9605031967,9605031968, 9605031970 y 9605031972.b. Que no se configuran los saldos a favor por los que se efectuó la compensación9604025550, 9604025560 y, 9604025571.c. Determina que la parte actora es responsable solidaria del entero del impuesto alvalor agregado trasladado.d. Que la parte actora omitió los pagos de impuesto sobre la renta de los meses deagosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre de 2003; de los meses de abril,mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año2004._______________________________________________________________________________________Juan Carlos López González, Director de Administración y Finanzas, <strong>El</strong> <strong>Cid</strong> Resorts, jlopez@elcid.com.mx 46

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