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decreto supremo n° 0181 - Ministerio de Salud y Deportes

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I. Una vez recibido el recurso y los antece<strong>de</strong>ntes <strong>de</strong>l proceso, la MAE instruirá lacomunicación <strong>de</strong>l mismo en el plazo <strong>de</strong> dos (2) días, <strong>de</strong> la siguiente forma:a) Contra la Resolución que aprueba el DBC. Por fax y/o correo electrónico a losinteresados que hubieran registrado esta información en la Reunión <strong>de</strong> Aclaración.Los interesados podrán presentar los argumentos, consi<strong>de</strong>raciones u observaciones<strong>de</strong>bidamente justificados y fundamentados;b) Contra la Resolución Administrativa <strong>de</strong> Adjudicación o <strong>de</strong> DeclaratoriaDesierta. Por fax y/o correo electrónico a los proponentes, quienes podránpresentar los argumentos, consi<strong>de</strong>raciones u observaciones <strong>de</strong>bidamentejustificados y fundamentados.II. La MAE <strong>de</strong>berá pronunciarse en forma expresa en un plazo máximo <strong>de</strong> cinco (5)días, computables a partir <strong>de</strong> la recepción <strong>de</strong>l Recurso Administrativo <strong>de</strong> Impugnación.III. La Resolución que resuelve el Recurso Administrativo <strong>de</strong> Impugnación emitida porla MAE no admite Recurso Administrativo ulterior, abriéndose la vía judicialcorrespondiente.ARTÍCULO 98.- (CARACTERISITICAS DE LARESOLUCIÓN QUE RESUELVE EL RECURSO ADMINISTRATIVO DEIMPUGNACIÓN). La Resolución que resuelva el Recurso Administrativo <strong>de</strong>Impugnación cumplirá las siguientes características:a) Expresa: Deberá estar referida únicamente a los aspectos mencionados en el o losRecursos Administrativos <strong>de</strong> Impugnación;b) Motivada y fundamentada: Exponiendo aspectos <strong>de</strong> hecho y <strong>de</strong> <strong>de</strong>recho en losque se basa la <strong>de</strong>cisión y los informes técnico y legal emitidos;c) Única: En caso <strong>de</strong> presentarse varios Recursos Administrativos <strong>de</strong> Impugnacióncontra una misma Resolución, la MAE los resolverá en forma simultánea yconjunta, mediante la emisión <strong>de</strong> la Resolución correspondiente.ARTÍCULO 99.- (FORMAS DE RESOLUCIÓN Y SUSEFECTOS). La MAE <strong>de</strong> la entidad resolverá el Recurso Administrativo <strong>de</strong> Impugnación,en las siguientes formas y surtirá los siguientes efectos:a) Confirmando la Resolución Impugnada: La Resolución que confirme laResolución <strong>de</strong> Aprobación <strong>de</strong>l DBC o la Resolución <strong>de</strong> Adjudicación, tendrá comoefecto la continuación <strong>de</strong>l proceso <strong>de</strong> contratación. En caso <strong>de</strong> confirmarse laResolución <strong>de</strong> Declaratoria Desierta, <strong>de</strong>terminará el llamamiento a la siguienteConvocatoria;b) Revocando la Resolución Impugnada: Invalidará la Resolución Impugnada,resolviendo según los siguientes casos:i. Revocatoria <strong>de</strong> la Resolución que aprueba el DBC: Deberá ser pronunciadaprevio análisis <strong>de</strong>l DBC por los responsables <strong>de</strong> su elaboración, anulandoobrados hasta el vicio más antiguo; señalará expresamente el o los vicios porlos cuales se proce<strong>de</strong> a la anulación <strong>de</strong> obrados e instruirá a la autoridad queemitió la Resolución, reanudar el proceso <strong>de</strong> contratación;ii. Revocatoria <strong>de</strong> la Resolución <strong>de</strong> Adjudicación o <strong>de</strong> DeclaratoriaDesierta: Deberá ser pronunciada previo análisis <strong>de</strong> las propuestas y <strong>de</strong>lInforme <strong>de</strong> Evaluación y Recomendación, anulando obrados hasta el vicio másantiguo; señalará expresamente el o los vicios por los cuales se proce<strong>de</strong> a la

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