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Mujeres

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28 • Un recorrido histórico por la revolución... Patricia Galeana • 29<br />

de las mujeres, que no podía haber democracia si más de la mitad de<br />

la población no era siquiera ciudadana. Nuestro país fue de los últimos<br />

seis 30 en dar este paso dentro de Latinoamérica. Trece naciones<br />

de esta región reconocieron la ciudadanía plena de sus mujeres<br />

antes que México. 31 Esto tuvo un efecto negativo en el desarrollo<br />

de nuestra democracia.<br />

Después vino la larga lucha para ser votadas. El 7 de septiembre<br />

de 1954, Aurora Jiménez de Palacios se convirtió en la<br />

primera diputada federal, por el primer Distrito del estado de<br />

Baja California, después de un proceso de elecciones extraordinarias.<br />

En las primeras elecciones que votaron las mujeres, el 3 de<br />

julio de 1955, resultaron electas Remedios Albertina Ezeta, por<br />

el estado de México; Margarita García Flores, por Nuevo León;<br />

Guadalupe Ursúa Flores, por Jalisco; y Marcelina Galindo Arce,<br />

por Chiapas. María Lavalle Urbina y Alicia Arellano Tapia fueron<br />

las primeras senadoras de la República (1964-1967 y 1967-1970).<br />

Tuvo que pasar más de un cuarto de siglo para que se eligiera a<br />

la primera gobernadora de la historia de México. Griselda Álvarez,<br />

pese a los obstáculos que tuvo que enfrentar por su condición de<br />

mujer, desarrolló una gestión ejemplar al frente de la gubernatura<br />

de Colima.<br />

Para romper las inercias excluyentes, el 14 de noviembre de<br />

1996, se aprobó una adición a la fracción xxii transitoria del artículo<br />

1º del Código Federal de Instituciones y Procedimientos<br />

Electorales, señalando que “los partidos políticos nacionales considerarán<br />

en sus estatutos que las candidaturas a diputados y senadores<br />

no excedan del 70 por ciento para un mismo género”.<br />

Como tal norma no se cumplía, 25 de junio de 2002 se publicaron<br />

en el Diario Oficial de la Federación las reformas al Cofipe<br />

para obligar a los partidos políticos a inscribir por lo menos 30%<br />

de las candidaturas femeninas en las listas a puestos de elección<br />

30<br />

Colombia (1954); Honduras, Nicaragua y Perú (1955); Paraguay (1961).<br />

31<br />

Ecuador (1929); Brasil y Uruguay (1932); Cuba (1934); El Salvador (1939);<br />

República Dominicana (1942); Guatemala y Panamá (1945); Argentina y Venezuela<br />

(1947); Costa Rica y Chile (1949), y Bolivia (1952).<br />

popular, en calidad de propietarias. Se aplicarían sanciones a los partidos<br />

que no cumplieran con la cuota de género. Se establecieron<br />

también restricciones al orden de las listas de candidatos plurinominales,<br />

de modo que las mujeres aparecieran en por lo menos<br />

una de cada tres posiciones dentro de las primeras nueve de cada lista.<br />

Esta reforma fue aprobada por unanimidad en las dos cámaras; sin<br />

embargo, se exceptuó a las candidaturas de mayoría relativa que<br />

fueran resultado de un proceso de elección “mediante el voto directo”.<br />

En caso de incumplimiento con la cuota de género, el Instituto<br />

Federal Electoral (ife) sancionaría al partido con la negativa<br />

del registro de las candidaturas. 32 Esta reforma se aprobó sólo por<br />

mayoría, pues hubo siete votos en contra.<br />

La Ley Electoral se volvió a reformar en 2007 33 para establecer<br />

una cuota de género de al menos 40% de mujeres. Las listas plurinominales<br />

debían incluir al menos dos mujeres en cada segmento<br />

de cinco candidatos. Para evadir sanciones, los partidos políticos registraron<br />

a las mujeres que se comprometieran a renunciar después<br />

de ser electas. En las elecciones de 2009, un grupo de ocho diputadas<br />

federales de los partidos Revolucionario Institucional, de la<br />

Revolución Democrática y Verde Ecologista de México, solicitaron<br />

licencia para que sus esposos, hermanos o compañeros ocuparan<br />

su lugar en el Congreso.<br />

El 12 de octubre de 2013, el Presidente de la República, Enrique<br />

Peña Nieto, presentó una iniciativa de reforma para obligar<br />

a los partidos políticos a garantizar que 50% de las candidaturas<br />

locales y federales sean ocupadas por mujeres. En ningún caso se<br />

admitirán criterios que tengan como resultado que se les asigne exclusivamente<br />

a aquellos distritos en que los partidos políticos han<br />

obtenido resultados bajos. El 3 de diciembre de 2013, la iniciativa<br />

presidencial fue aprobada por el Senado de la República.<br />

Aunque se sigue argumentando que no hay suficientes mujeres<br />

preparadas para ocupar tales cargos, gracias a la acción afirmativa<br />

32<br />

Miguel Carbonell(2003), “La reforma al código federal de instituciones y<br />

procedimientos electorales en materia de cuotas electorales de género”.<br />

33<br />

Cofipe 2007, artículo 219.

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