Create successful ePaper yourself
Turn your PDF publications into a flip-book with our unique Google optimized e-Paper software.
44 • Sufragio femenino en el México posrevolucionario Gabriela Cano • 45<br />
voto, pero aseguraba que aún no estaban listas para obtener los<br />
derechos electorales.<br />
El momento más representativo de la paradoja que envolvió la<br />
cuestión del sufragio femenino fue la aprobación de la reforma a los<br />
artículos 35 y 115 de la Constitución en 1938, y su virtual cancelación<br />
poco antes de las elecciones de 1940. A pesar de ser completamente<br />
legal, la reforma no llegó a publicarse como era debido y, por tanto,<br />
no entró en vigor y las mujeres no adquirieron los derechos de ciudadanía<br />
en ese momento. 23 Semejante irregularidad se puede explicar<br />
porque, si bien el presidente Lázaro Cárdenas promovió el voto de las<br />
mujeres, acabó abandonando su postura a favor, pues cedió ante el<br />
temor de que las mujeres pudieran inclinar la balanza electoral en<br />
beneficio del candidato opositor, Juan Andreu Almazán, quien competía<br />
contra Manuel Ávila Camacho, candidato del pnr.<br />
En la víspera de las elecciones, Cárdenas rectificó su postura<br />
sufragista, que se sustentaba con un discurso radicalmente igualitario<br />
hasta entonces casi desconocido en el país (su antecedente<br />
único era la reforma de Chiapas). Según Salvador Novo, “a Cárdenas<br />
le parecía muy natural y muy justo que las mujeres votasen”;<br />
sin embargo, el presidente se convenció de que el voto femenino<br />
representaba un riesgo para la continuidad del régimen, por lo que<br />
es de suponerse que avaló la decisión de evitar la publicación, en el<br />
Diario oficial, de la reforma del sufragio femenino. 24 Almazán<br />
ganó las simpatías de algunas activistas urbanas, quizás porque<br />
incluyó este tema en su plataforma política, como antes lo había<br />
hecho Vasconcelos (y que años después lo haría Miguel Henríquez<br />
Guzmán, quien contendió como candidato a la presidencia contra<br />
Adolfo Ruiz Cortines). 25<br />
Para la década de los cincuenta, la mayor parte de los países de<br />
América Latina había establecido el sufragio universal femenino.<br />
México era signatario de la Carta de los Derechos Humanos que<br />
23<br />
Morton, Ward, Woman Suffrage in Mexico, pp. 17-38.<br />
24<br />
Novo, Salvador, La vida en México en el periodo presidencial de Lázaro<br />
Cárdenas, p. 72.<br />
25<br />
Skirius, John, José Vasconcelos y la Cruzada de 1929, pp. 110-125; Garciadiego,<br />
“Vasconcelos y el mito del fraude en la campaña electoral de 1929”, pp. 381-424.<br />
instituía de manera explícita la igualdad entre hombres y mujeres,<br />
por lo que era una flagrante inconsecuencia el haber reconocido el<br />
voto femenino sólo en el nivel municipal, así como mantenerlas al<br />
margen de los derechos electorales estatales y federales.<br />
El sufragio femenino fue una promesa de campaña de Adolfo<br />
Ruiz Cortines, candidato del PRI a la presidencia, lo que auguraba<br />
que la ciudadanía para las mujeres se volvería una realidad. Para<br />
ese momento, Amalia de Castillo Ledón era la figura más visible de<br />
un sufragismo moderno, femenino, sin estridencias y que exaltaba la<br />
dedicación maternal y hogareña como la mayor virtud femenina de<br />
las mujeres; al mismo tiempo, tenía la capacidad política para congregar<br />
fuerzas de apoyo al sufragio femenino, que era objeto de<br />
rechazo entre amplios sectores de la población.<br />
La efeméride del voto femenino podría conmemorarse el 6 de octubre,<br />
día en que el Congreso de la Unión declaró aprobada la reforma<br />
a los artículos 34 y 115 constitucionales; o el 13 de octubre, fecha<br />
en que el presidente Ruiz Cortines emitió el decreto correspondiente.<br />
Sin embargo, la data que se conmemora es la de la publicación en el<br />
Diario oficial: sábado 17 de octubre de 1953, con la que ya no hubo<br />
vuelta atrás en la legislación del sufragio femenino y universal.<br />
Referencias y Bibliografía<br />
ages, Archivo General del Estado de Sonora.<br />
ahslp, Archivo Histórico del Estado de San Luis Potosí.<br />
Siglas<br />
Referencias<br />
Cano, Gabriela, 1993, “Adelina Zendejas: arquitecta de su memoria, 1994”, en Debate<br />
feminista, México, núm. 8, septiembre, pp. 387-400.<br />
Diario Oficial de la Federación, Órgano del Gobierno Constitucional de los Estados<br />
Unidos Mexicanos<br />
Diccionario Enciclopédico del Estado de Guerrero, México, Guerrero Cultura s. xxi,<br />
Gobierno del Estado de Guerrero, 1999.<br />
Garciadiego, Javier, 2012. “Las elecciones de 1917 o la búsqueda de la legitimidad”,<br />
en José, Georgette (coord.), Candidatos, campañas o elecciones presidenciales en