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14 GACETA OFICIAL <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>CIUDAD</strong> <strong>DE</strong> <strong>MÉXICO</strong> 28 de Octubre de 2016<br />
Interesados: Persona física o moral titular de uno o varios Laboratorio(s) Ambiental(es) interesada en obtener un registro o<br />
la renovación del mismo para ser reconocido por la Secretaría y formar parte del PAD<strong>LA</strong>.<br />
Laboratorio Ambiental: Persona física o moral con capacidad técnica, material y humana para realizar análisis, muestreos<br />
y mediciones de contaminantes a las fuentes fijas de jurisdicción del Gobierno de la Ciudad de México de conformidad con<br />
la normatividad ambiental aplicable.<br />
<strong>LA</strong>UDF: Licencia Ambiental Única para el Distrito Federal.<br />
Ley: Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal.<br />
Lineamientos. Los presentes LINEAMIENTOS APLICABLES A <strong>LA</strong>S PERSONAS F<strong>Í</strong>SICAS Y MORALES<br />
TITU<strong>LA</strong>RES <strong>DE</strong> <strong>LA</strong>BORATORIOS AMBIENTALES INTERESADOS EN OBTENER <strong>LA</strong> AUTORIZACIÓN PARA<br />
FORMAR PARTE <strong>DE</strong>L PADRÓN <strong>DE</strong> <strong>LA</strong>BORATORIOS AMBIENTALES, AS<strong>Í</strong> COMO PARA AQUELLOS QUE LO<br />
INTEGRAN Y QUE HAN SIDO RECONOCIDOS POR EL GOBIERNO <strong>DE</strong> <strong>LA</strong> <strong>CIUDAD</strong> <strong>DE</strong> <strong>MÉXICO</strong>, A TRAVÉS <strong>DE</strong><br />
<strong>LA</strong> SECRETAR<strong>Í</strong>A <strong>DE</strong>L MEDIO AMBIENTE.<br />
PAD<strong>LA</strong>: Listado de Laboratorios Ambientales reconocidos por el Gobierno de la Ciudad de México a través de la<br />
Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México.<br />
Página web del PAD<strong>LA</strong>: www.sedema.cdmx.gob.mx/padla/<br />
Registro: Documento emitido por la Secretaría del Medio Ambiente a través de la DGRA mediante el cual se establece al<br />
titular del Laboratorio Ambiental, un código alfanumérico para formar parte del PAD<strong>LA</strong> y se autoriza el inicio de su<br />
actividad en dicho padrón.<br />
Reglas: Claves, conceptos, unidades de medida y cuotas que se aplicarán durante la vigencia de las “Reglas para la<br />
Autorización, Control y Manejo de Ingresos de Aplicación Automática” en los Centros Generadores de la Secretaría del<br />
Medio Ambiente, vigentes.<br />
Renovación: Acto mediante el cual las personas físicas y morales titulares de Laboratorios Ambientales, solicitan a la<br />
Secretaría del Medio Ambiente la autorización para continuar con su actividad en el PAD<strong>LA</strong>, mediante la ampliación de la<br />
vigencia del registro emitido por la Secretaría, previamente solicitado conforme a las formalidades establecidas en los<br />
presentes Lineamientos, Bases y demás disposiciones aplicables.<br />
Reporte Técnico: Documento que se desprende de la realización de una visita de reconocimiento técnico realizada por la<br />
DGRA, que describe los elementos técnicos y la información complementaría que permita evaluar y comprobar lo que el<br />
titular del Laboratorio Ambiental manifestó, a través de la solicitud de inscripción o renovación del registro, así como para<br />
la solicitud de alta de personal y equipo.<br />
Reporte Bimestral: Documento a través del cual el titular de uno o varios laboratorios ambientales, en cumplimiento a los<br />
presentes Lineamientos, informa a la Secretaría respecto de los estudios, mediciones y análisis de contaminantes realizados<br />
a las fuentes fijas de jurisdicción del Gobierno de la Ciudad de México, en cada una de las materias en que se encuentre<br />
registrado.<br />
Secretaría: Secretaría del Medio Ambiente del Gobierno de la Ciudad de México.<br />
Titular: Persona física o moral dueño, poseedor, propietario, representante o apoderado legal de uno o varios Laboratorio(s)<br />
Ambiental(s).<br />
Visita de reconocimiento técnico: Acto por medio del cual la DGRA de considerarlo necesario podrá a través de los<br />
servidores públicos designados realizar una visita de reconocimiento técnico, con el objeto de comprobar lo manifestado por<br />
el titular, en su solicitud de inclusión o renovación del registro.<br />
SÉPTIMO. Referencias.<br />
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de febrero de<br />
1917, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 7 de julio de 2014.<br />
Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el día<br />
28 de enero de 1988, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 16 de enero de 2014.<br />
Ley General para la Prevención y Gestión Integral de los Residuos. Publicada en el Diario Oficial de la Federación el<br />
día 8 de octubre de 2003, última reforma publicada en el Diario Oficial de la Federación el día 5 de diciembre de 2014.<br />
Ley de Procedimiento Administrativo del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 21<br />
de diciembre de 1995, última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 5 de abril de 2012.<br />
Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el<br />
día 29 de diciembre de 1998, última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 14 de julio de 2014.<br />
Ley Ambiental de Protección a la Tierra en el Distrito Federal. Publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día<br />
13 de enero de 2000, última reforma publicada en la Gaceta Oficial del Distrito Federal el día 18 de diciembre de 2014.