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GUIA-DEL-INVERSIONISTA-FINAL DE PROBARRANQUILLA

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Guía del Inversionista 2013<br />

Figuras tributarias<br />

Impuestos de destinación específiva<br />

Impuestos Sujeto pasivo Hecho generador Base gravable y tarifa Fecha de pago<br />

La estampilla se causa en los momentos<br />

previstos sobre las siguientes bases:<br />

Estampilla Pro-<br />

Hospitales de<br />

primer y segundo<br />

nivel de atención<br />

Es sujeto pasivo de la<br />

obligación tributaria<br />

y de las sanciones e<br />

intereses, según el<br />

hecho generador de<br />

que se trate:<br />

a. Contratos y facturas:<br />

el contratista y/o<br />

quien expida la<br />

factura.<br />

b. Paz y salvo,<br />

estado de cuenta<br />

o documento que<br />

acredite el pago<br />

del impuesto<br />

predial: las personas<br />

naturales, jurídicas,<br />

uniones temporales,<br />

consorcios o<br />

sociedades de hecho<br />

para acreditar el<br />

pago del impuesto<br />

predial en los<br />

municipios ubicados<br />

en jurisdicción del<br />

Departamento, con<br />

exclusión del Distrito<br />

de Barranquilla.<br />

Constituye hecho generador de la obligación de<br />

pagar la Estampilla Pro-Hospitales de Primer y<br />

Segundo nivel de atención:<br />

a. Todos los contratos con o sin formalidades<br />

plenas, suscritos por el Departamento,<br />

sus entidades descentralizadas, unidades<br />

administrativas especiales y demás entidades<br />

del orden departamental, con o sin personería<br />

jurídica, incluida la Contraloría y la Asamblea<br />

Departamental.<br />

b. Todos los contratos con o sin formalidades<br />

plenas, suscritos en el Departamento por<br />

los municipios del departamento, así como<br />

todas las entidades descentralizadas, unidades<br />

administrativas especiales y demás entidades<br />

del orden municipal, con o sin personería<br />

jurídica, en las cuales los anteriores actúen como<br />

contratantes.<br />

c. Toda presentación de facturas ante los entes<br />

territoriales y entidades señaladas en los ítems a<br />

y b.<br />

d. Todos los contratos de cuantía indeterminada<br />

que se suscriban por los entes territoriales y<br />

entidades señaladas en los ítems a y b.<br />

e. La expedición del paz y salvo, estado de cuenta<br />

o documento que acredite el pago del impuesto<br />

predial para efectos de la protocolización de<br />

actos u operaciones sobre bienes inmuebles que<br />

impliquen la transferencia de dominio.<br />

La base gravable está constituida por el valor total del<br />

contrato o su modificación o de la factura, según el caso.<br />

En los contratos para el suministro de combustible<br />

(gasolina extra y corriente, ACPM) sometidos al control<br />

oficial de precios, se causa el impuesto sobre los márgenes<br />

de comercialización establecidos por el Ministerio de<br />

Minas y Energía incorporadas en el contrato.<br />

Tarifa: los sujetos pasivos de la estampilla Pro-Hospitales<br />

del Primer y Segundo Nivel de Atención en el<br />

Departamento del Atlántico pagarán en estampillas el<br />

1.51% liquidado sobre la base gravable de cada hecho<br />

generados.<br />

a. Todos los contratos y sus<br />

modificaciones, con o sin formalidades<br />

plenas, suscritos por el Departamento,<br />

sus entidades descentralizadas,<br />

unidades administrativas especiales<br />

y demás entidades del orden<br />

departamental, con o sin personería<br />

jurídica, incluidas la Contraloría y la<br />

Asamblea Departamental.<br />

b. Todos los contratos y sus<br />

modificaciones, con sin formalidades<br />

plenas, que se suscriban en el<br />

Departamento, cualquiera sea el lugar<br />

de ejecución de sus obligaciones y los<br />

contratos que se suscriban fuera del<br />

Departamento, pero cuyas obligaciones<br />

se ejecuten o desarrollen total o<br />

parcialmente dentro del territorio.<br />

c. Todos los contratos y sus<br />

modificaciones, con o sin formalidades<br />

plenas, que se suscriban en el<br />

Departamento del Atlántico, cualquiera<br />

sea el lugar de ejecución de sus<br />

obligaciones y los contratos que se<br />

suscriban fuera del Departamento,<br />

pero cuyas obligaciones se ejecuten o<br />

desarrollen total o parcialmente dentro<br />

del territorio, suscritos por el Distrito<br />

de Barranquilla y los municipios del<br />

Departamento.<br />

d. Toda presentación de facturas y/o<br />

cuentas de cobro ante la Nación,<br />

entes territoriales y las entidades<br />

Nacionales, departamentales, distritales<br />

y municipales.<br />

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