GUIA-DEL-INVERSIONISTA-FINAL DE PROBARRANQUILLA
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Guía del Inversionista 2013<br />
Figuras tributarias<br />
Impuesto avisos y tableros<br />
Sujeto Pasivo<br />
Los contribuyentes del impuesto de industria y comercio que realicen cualquiera de<br />
los hechos generadores del impuesto.<br />
Hecho Generador<br />
1. La colocación de vallas, avisos, tableros y emblemas en la vía pública, en lugares<br />
públicos o privados visibles desde el espacio público.<br />
2. La colocación de avisos en cualquier clase de vehículos.<br />
Base gravable y tarifa<br />
Exenciones Impuesto Industria y Comercio - Barranquilla<br />
Condiciones y contribuyentes Monto Duración Observaciones<br />
Establecimientos comerciales cuya<br />
actividad esté clasificada como uso<br />
atípico, que decidan relocalizarse a<br />
zonas legalmente establecidas, antes<br />
de la mitad del plazo establecido en<br />
el POT.<br />
60%<br />
3 Primeros<br />
años<br />
Para los 3 años siguientes,<br />
una exención del 40%.<br />
Establecimentos que prestan servicios de alto impacto socio-sicológicos, que decidan voluntariamente<br />
relocalizarse a zonas legalmente permitidas:<br />
2.-<br />
1.-<br />
La relocalización debe causarse en la<br />
mitad del tiempo máximo establecido<br />
en el POT.<br />
100%<br />
3 Primeros<br />
años<br />
50% durante los 3 años<br />
restantes.<br />
Se liquidará como complemento del impuesto de industria y comercio, tomando<br />
como base el impuesto a cargo total de industria y comercio a la cual se aplicará una<br />
tarifa fija del 15%. Esta tarifa aplica a los siguientes municipios: Barranquilla, Soledad,<br />
Malambo, Puerto Colombia, Sabanagrande y Galapa.<br />
2.-<br />
Si la relocalizacion ocurre por fuera<br />
del tiempo máximo establecido en el<br />
POT.<br />
50%<br />
3 Primeros<br />
años<br />
25% durante los 3 años<br />
restantes.<br />
Fuente: Estatutos tributarios. Elaboración Fundesarrollo.<br />
6.3.2. Incentivos tributarios a la inversión en el Área Metropolitana de<br />
Barranquilla<br />
A continuación se presentan los incentivos tributarios a la inversión vigentes en<br />
Barranquilla y en los municipios que conforman su área metropolitana, ya que en<br />
estos se concentra más del 80% de la población del departamento del Atlántico<br />
de acuerdo con el último Censo realizado por el Departamento Administrativo<br />
Nacional de Estadísticas (DANE). En caso de necesitar información adicional<br />
concerniente a los demás municipios del Departamento del Atlántico, puede<br />
contactarse con nosotros.<br />
Exenciones Impuesto Industria y Comercio - Barranquilla<br />
Los inmuebles en los que se<br />
construyan edificaciones de 2 o más<br />
pisos y se les de uso exclusivo de<br />
estacionamientos públicos.<br />
100%<br />
9 años a<br />
partir del<br />
siguiente a<br />
la entrega<br />
de la obra<br />
Si es de un solo piso<br />
construidas como<br />
establecimiento público,<br />
la exención será de 3 años<br />
desde el año siguiente a la<br />
entrega de la obra.<br />
Las nuevas empresas industriales, que se radiquen en el Distrito Especial, Industrial y Portuario de<br />
Barranquilla desde el 1 de enero del 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2014 y que:<br />
3.-<br />
1.-<br />
Generen más de cuarenta (40)<br />
empleos directos de carácter<br />
permanente.<br />
100%<br />
2 Primeros<br />
años<br />
75% durante el tercer año<br />
y 50% para los dos años<br />
siguientes.<br />
Las pequeñas y medianas empresas industriales, que se radiquen en Distrito Especial, Industrial y<br />
Portuario de Barranquilla desde el 1 de enero del 2010 y hasta el 31 de diciembre de 2014 y que:<br />
1.-<br />
Condiciones y contribuyentes Monto Duración Observaciones<br />
Contribuyentes dedicados<br />
exclusivamente a la edición,<br />
distribución o venta de libros, revistas,<br />
folletos coleccionables seriados de<br />
carácter cientifico, o cultural.<br />
70%<br />
1.-<br />
Generen respectivamente entre diez<br />
(10) y veinte (20) o más empleos<br />
nuevos directos permanentes.<br />
Fuente: Decreto 0924 de 2011. Elaboración Fundesarrollo<br />
100%<br />
2 Primeros<br />
años<br />
75% durante el tercer año<br />
y 50% para los dos años<br />
siguientes.<br />
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